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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 191686
Resolución de corrección de errores en la remisión para la publicación del Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día 10 de febrero de 2022 relativo a la aprobación del expediente administrativo núm. 12/2021 de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

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Texto

Antecedentes

En la sesión del Pleno de esta Corporación, celebrada el día 10 de febrero de 2022, se aprobó la propuesta de acuerdo de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de modificación de la Relación de Lugares de Trabajo (RLF) del IMAS (expediente administrativo n.º 12/2021).

En el mencionado acuerdo, publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 29, de 24 de febrero de 2022, se han detectado errores materiales a la versión catalana y a la versión castellana del Anexo del acuerdo, en el cual se transcriben los lugares de la RLLT que se modifican o se crean. Los errores se han detectado en relación a los código de puesto de nueva creación del área de Inclusión Social, Sección de Prestaciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas establece que: «Las administraciones públicas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritmético existentes en sus actos».

2. La Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales es el órgano competente, de acuerdo con aquello que dispone el artículo 7 de los Estatutos del IMAS, aprobado por el Pleno del Consejo de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Primero.- Rectificar el error material observado a la versión catalana del Anexo del acuerdo de 10 de febrero de 2022, por la cual se aprobó la propuesta de acuerdo de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de modificación de la Relación de Lugares de Trabajo (RLF) del IMAS (expediente administrativo n.º 12/2021), publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB n.º 29, de 24 de febrero de 2022).

Donde dice

CÓDIGO PUESTO

PUESTO DE TRABAJO

DESTINACIÓN

NL

TL

CD

CE

FP

ADM

GR

TH

ESCALAS

ESCALA/ESP.

REQUISITOS

N.CAT

RD

OBS

F0026005S

TÉCNICO/A SUPERIOR

PALMA

1

G

23

34

C

A1

A1

01

3056

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A SUPERIOR/--

 

B2

 

 

F0029007Q

TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

PALMA

1

G

20

31

C

A1

A2

01

3057

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A MEDIO/--

CARNET DE CONDUCIR

B2

 

 

F0029007R

TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

INCA

1

G

20

31

C

A1

A2

01

3057

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A MEDIO/--

CARNET DE CONDUCIR

B2

 

 

F0029007S

TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

MANACOR

2

G

20

31

C

A1

A2

01

3057

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A MEDIO/--

CARNET DE CONDUCIR

B2

 

 

F0068017M

TRABAJADOR/A SOCIAL

INCA

2

G

20

31

C

A1

A2

01

3057

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A MEDIO/DIPLOMATURA EN TRABAJO SOCIAL

CARNET DE CONDUCIR

B2

 

 

 

​​​​​​​tiene que decir

CÓDIGO PUESTO

PUESTO DE TRABAJO

DESTINACIÓN

NL

TL

CD

CE

FP

ADM

GR

TH

ESCALAS

ESCALA/ESP.

REQUISITOS

N.CAT

RD

OBS

F0026005X

TÉCNICO/A SUPERIOR

PALMA

1

G

23

34

C

A1

A1

01

3056

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A SUPERIOR/--

 

B2

 

 

F0029007S

TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

PALMA

1

G

20

31

C

A1

A2

01

3057

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A MEDIO/--

CARNET DE CONDUCIR

B2

 

 

F0029007T

TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

INCA

1

G

20

31

C

A1

A2

01

3057

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A MEDIO/--

CARNET DE CONDUCIR

B2

 

 

F0029007U

TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO

MANACOR

2

G

20

31

C

A1

A2

01

3057

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A MEDIO/--

CARNET DE CONDUCIR

B2

 

 

F0068017V

TRABAJADOR/A SOCIAL

INCA

2

G

20

31

C

A1

A2

01

3057

AE - TÉCNICA - TÉCNICO-A MEDIO/DIPLOMATURA EN TRABAJO SOCIAL

CARNET DE CONDUCIR

B2

 

 

Segundo.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en la Seu electrónica del Consell de Mallorca, y el anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados en fecha 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación exprés del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento (28 de marzo de 2022)

La consellera executiva de Drets Socials i presidenta de l'IMAS ​​​​​​​Sofia Alonso Biger