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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 187374
Extracto de la aprobación, por parte del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa de día 21 de marzo de 2022, de la convocatoria de ayudas para el mantenimiento y gestión de las bibliotecas de la Xarxa de Biblioteques del Consell Insular d'Eivissa entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.: 618251)

De conformidad con lo que establecen los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE n.º 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas para el mantenimiento y gestión de las bibliotecas de la Xarxa de Biblioteques del Consell Insular d'Eivissa entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022:

Primero. Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas para el mantenimiento y la gestión de las bibliotecas integradas en la Xarxa de Biblioteques del Consell Insular d'Eivissa entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022 con la intención de lograr los siguientes objetivos:

  • Crear servicios bibliotecarios en pueblos y barrios que no tienen.
  • Mantener actualizado el fondo bibliográfico y audiovisual de las bibliotecas.
  • Dotar de mobiliario adecuado a los servicios bibliotecarios.
  • Permitir el acceso a la información sea cual sea su soporte, promoviendo la existencia de los medios de reproducción audiovisual y multimedia que garantizan el acceso al fondo de las bibliotecas.
  • Impulsar la presencia de las nuevas tecnologías en las bibliotecas como punto de acceso a la información.
  • Fomentar hábitos culturales, entre los cuales, y sobre todo, el de la lectura.
  • Proporcionar a la ciudadanía un recurso de información, formación y ocio.

Son subvencionables los gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada:

Los gastos corrientes ocasionados por el funcionamiento del servicio bibliotecario:

  • pago del personal bibliotecario
  • liquidaciones ante la Seguridad Social por el personal bibliotecario
  • liquidaciones ante la Agencia Tributaria por el IRPF
  • gestoría y asesoramiento jurídico
  • material fungible y de oficina
  • telecomunicaciones
  • prensa y revistas
  • mantenimiento del equipamiento y de las instalaciones
  • actividades de animación y difusión
  • seguros
  • cumplimiento de la legislación en materia laboral (prevención de riesgos laborales)

Y los gastos inventariables ocasionados por la mejora del servicio bibliotecario:

  • la adquisición de fondo bibliográfico y/o audiovisual
  • la adquisición de mobiliario
  • la adquisición de equipos informáticos y de reproducción audiovisual y multimedia

No son gastos subvencionables:

  • los gastos bancarios
  • los intereses deudores de cuentas bancarias
  • los intereses, recargos y sanciones administrativas
  • los provocados por procedimientos judiciales
  • los derivados del pagos de impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación

Segundo. Entidades beneficiarias

Podrán solicitar estas ayudas económicas las entidades locales de la isla de Eivissa y las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas en Eivissa, bien sean de madres y padres de alumnos, vecinos o culturales, que cumplan los requisitos establecidos en las bases.

Tercero. Presentación de solicitudes

Las solicitudes de subvención, las formulará el representante legal de la entidad local o de la asociación y se formalizarán mediante instancia, según el modelo que figura al anexo 1 de estas bases.

Las solicitudes y toda la documentación indicada a continuación se tendrán que presentar, dentro del plazo establecido en la convocatoria, por medios electrónicos en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es), de acuerdo con lo que establece el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Cuarto. Créditos presupuestarios y cuantía de las ayudas

Estas ayudas están dotadas económicamente en el presupuesto general de esta corporación para el ejercicio 2022 con una cantidad máxima de 167.787,44 €, con la siguiente distribución por modalidades:

- Modalidad A: Bibliotecas ya integradas en la Xarxa de Biblioteques del Consell Insular d'Eivissa. Con un importe máximo de 130.000 €, de los cuales: 105.000 € (de la aplicación presupuestaria 3321.4890000) destinados a subvencionar los gastos corrientes y 25.000 € (de la aplicación presupuestaria 3321.78900) destinados a subvencionar los gastos inventariables.

- Modalidad B: Bibliotecas de nueva creación, para integrarlas en la Xarxa de Biblioteques del Consell Insular d'Eivissa con un importe máximo de 37.787.44 €, de los cuales: 18.054,99 € (de la aplicación presupuestaria 3321.4890000) destinados a subvencionar los gastos corrientes y 19.732,45 € (de la aplicación presupuestaria 3321.78900) destinados a subvencionar los gastos inventariables.

En el caso que la concesión de las ayudas de cualquier modalidad no agote las cantidades que se han destinado, el sobrante del importe podrá incorporarse a la otra modalidad. Asimismo, en el caso de que la concesión de las ayudas no agote las cantidades que se han destinado en su aplicación presupuestaria, el sobrante de esta aplicación podrá incorporarse al resto de aplicaciones presupuestarias.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes y publicidad de la convocatoria

Se establece un plazo de presentación de las solicitudes de diez (10) días hábiles que se inicia el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

 

Ibiza, 31 de marzo de 2022

El jefe de Sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio José V. Garibo Redolat