Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 183929
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 22 de marzo de 2022 por la que se emplaza a las personas interesadas en el procedimiento ordinario núm. 648/2021 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares
Hechos
1. La Procuradora Catalina Fuster Riera, en nombre y representación del Sindicato Médico de Baleares (SIMEBAL), interpuso un recurso contencioso administrativo (PO 648/2021, que se tramita en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares) contra la inactividad administrativa consistente en no convocar los procedimientos ordinarios de carrera profesional del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears desde el año 2018.
2. De manera directa o indirecta, esta impugnación puede resultar relevante para una pluralidad de personas que podrían tener la condición de interesadas en el procedimiento.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
2. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por todo ello dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Catalina Fuster Riera (PO 648/2021, que se tramita en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares), en nombre y representación del Sindicato Médico de Baleares (SIMEBAL), contra la inactividad administrativa consistente en no convocar los procedimientos ordinarios de carrera profesional del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears desde el año 2018, para que puedan personarse ante el citado órgano judicial en un plazo de nueve días.
2. Comunicar a les personas interesadas que, si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte (sin que por ello el procedimiento se deba retrotraer ni interrumpir) y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacerles ninguna otra notificación.
3. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 22 de marzo de 2022
El director general Julio Miguel Fuster Culebras