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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 183710
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp: PB18-0001. Aprobar inicialmente, con prescripción, la Modificación n.º 1 del Plan Especial del Puerto de Palma
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de día 16 de marzo de 2022, se resolvió aprobar inicialmente con prescripción la Modificación n.º 1 del Plan Especial del Puerto de Palma. El objeto de la presente Modificación del Plan Especial del Puerto es el cambio de calificación de las parcelas 3.3.03 y 3.3.04 para su destino a espacios libres de edificación, y traslado de la edificabilidad permitida en estas a la nueva parcela 5.3.13, así como la modificación de la definición y regulación de las parcelas 5.2.04,5.3.08, 5.3.05, 5.3.04, 5.3.07, 5.2.01 y 5.2.05.
Cumpliendo el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se somete el mencionado proyecto, a información pública durante TREINTA DÍAS. Visto el art. 21.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (RLOUS), el plazo de información pública se computa desde la última publicación obligatoria.
Quienes se consideren afectados pueden examinar el proyecto:
https:// ajtpalma.sharepoint.com/:b:/s/Planejament/ETnBv83uulBPqH4v06lExUEBSynPdIOV0pkB8cQ0IjAsbg?e=zwpOWw
https:// www.palma.cat/portal/PALMA/contenedor1.jsp?
seccion=s_fdes_d4_v2.jsp&contenido=131705&tipo=6&nivel=1400&codResi=1&language=ca en el correo electrónico guia2014@palma.cat o llamando al teléfono 971225900 extensión 8153
y presentar las alegaciones que estimen pertinentes dentro del mencionado plazo. Estas alegaciones deberán presentarse, si se trata de una persona jurídica, obligatoriamente a través de la sede electrónica de la web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de lo que se trata y el número de expediente; y si se trata de una persona física, podrá utilizar la mencionada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualquiera de las Oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las cuales se puede consultar en la web www. palma.cat, o en las dependencias a las que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Así mismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.
Palma, en el día de la firma electrónica (28 de marzo de 2022)
El cap del Departament
p.d. Decret de batlia núm 3000/2014, de 26/02/2014
(BOIB núm. 30 de 4-03-2014)
Jaume Horrach Font