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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 183293
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la modificación n.º 1 del Plan especial ordenación y protección “Ruta de Pedra en Sec”, Mallorca (215E/2016)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 17 de febrero de 2022,

Declaración ambiental estratégica

El art. 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental establece los planes o programas que son objeto de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) ordinaria.

1. Antecedentes

El Plan Especial de la “Ruta de Pedra en Sec” (PERPS) fue aprobado definitivamente por el Pleno del Consell de Mallorca de 21 de mayo de 2015 (BOIB n.º 93, de 25 de junio de 2015).

2. Objeto de la modificación n.º 1 del Plan Especial

La “Ruta de Pedra en Sec” (GR-221) es un sendero de gran recorrido que atraviesa la Sierra de Tramuntana, desde el Puerto de Andratx hasta después de Formentor.

El uso principal de la ruta es el senderista; no obstante, también se permite la circulación a caballo, en bicicleta y vehículos a motor (en tramos donde actualmente ya circulan vehículos). El objetivo de la Modificación n.º 1 es mejorar el PERPS aprobado en 2015, tanto en lo que hace referencia al texto normativo, como en lo que hace referencia al trazado de la ruta que incrementa su longitud y se introducen correcciones y variaciones, así como en relación a los refugios vinculados previstos.

 

Ruta del Plan Especial aprobado

Ruta de la modificación del Plan Especial

Longitud

299,56 km

356,65 km

Etapas y variantes

8 etapas (170,74 km)

8 variantes (128,82 km)

8 etapas (169,31 km)

16 variantes (187,34 km)

Municipios

Andratx, Calvià, Puigpunyent, Estellencs, Banyalbufar, Esporles, Valldemossa, Fornalutx, Bunyola, Alaró, Mancor de la Vall, Deià, Sóller, Escorca y Pollença.

Andratx, Calvià, Puigpunyent, Estellencs, Banyalbufar, Esporles, Palma, Valldemossa, Bunyola, Alaró, Santa Maria del Camí, Mancor de la Vall, Lloseta, Deià, Sóller, Fornalutx, Escorca y Pollença.

El itinerario de la Modificación n.º 1 del Plan Especial se estructura en 8 etapas y 16 variantes (itinerarios complementarios a la Ruta que dan acceso a lugares o poblaciones considerados de interés o que le aportan un valor añadido). Los nuevos trazados previstos en la Modificación discurren principalmente por caminos existentes.

Las modificaciones propuestas tienen la siguiente finalidad:

1. Mejorar el trazado de la "Ruta de Pedra en Sec" para aumentar la seguridad de los usuarios, la viabilidad y el interés patrimonial y paisajístico del recorrido.

2. Dar respuesta a las peticiones de inclusión de nuevas variantes de determinados ayuntamientos (que suponen más de 70 km nuevos) y recorridos que enlazan con pueblos o lugares de interés.

3. Mejorar la Normativa, revisando la zona de protección, los artículos de redacción deficientes y aspectos considerados necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Ruta.

4. Adecuar la compatibilidad de usos para asegurar la máxima conectividad posible para los diferentes colectivos de usuarios.

Además del trazado, en el ámbito de la ruta (vigente y modificada) se incluyen:

- Las infraestructuras de servicios y equipaciones complementarias a la Ruta, que consisten en instalaciones, aparcamientos, puentes, pasarelas, barandillas y elementos de señalización, entre otros, así como refugios y otros hospedajes.

- Una zona de protección de 3 m a ambos lados del límite exterior de los caminos que conforman la Ruta, que garantice la calidad paisajística del itinerario y sus valores patrimoniales y naturales.

Además, la Modificación del Plan Especial ha previsto la necesidad y posibilidad de crear nuevos refugios que darán servicio, entre otros, a los usuarios de la Ruta. La incorporación de la previsión de nuevos refugios en el Plan solo tiene carácter orientativo, no implica reservas de territorio ni desarrollo de obligaciones ni restricciones.

En el Plan Especial también se identifican los elementos del patrimonio natural, histórico, artístico y etnológico, que se encuentran próximos al recorrido de la ruta y que le proporcionan un valor añadido.

El programa de actuaciones, las medidas ambientales (destinadas a corregir y minimizar los impactos negativos) y el Programa de seguimiento ambiental del Plan Especial vigente no se modifican.

3. Análisis de alternativas

Para cada nuevo tramo o modificación de tramo se ha realizado un estudio de alternativas y se han descrito los motivos del trazado seleccionado; en algunos casos no se han propuesto alternativas por considerar que la modificación en sí misma ya es una mejora ambiental.

4. Elementos ambientales significativos afectados por el Plan

La Ruta (aprobada y modificada) discurre por el Paraje Natural de la Sierra de Tramuntana, por espacios de la Red Natura 2000 y por espacios protegidos por la Ley de Espacios Naturales (ANEI, ARIP, AAPI y encinares); en ningún caso se ha previsto la apertura de nuevos caminos en el ámbito del Paraje Natural de la Sierra de Tramuntana.

5. Modificaciones propuestas y sus efectos ambientales

5.1. Modificaciones a la Normativa

De forma genérica se puede decir que los cambios introducidos mejoran el redactado (sin efectos ambientales) e incrementan el grado de protección del patrimonio, del paisaje y de la avifauna (efectos ambientales positivos).

5.2. Modificaciones introducidas al trazado

De manera general se ha optado por caminos existentes que ya presentan uso recreativo al aire libre en modalidad de senderismo; para pequeños tramos que interconectan itinerarios se han tenido en cuenta las posibles conexiones viables y se han previsto medidas para minimizar efectos ambientales desfavorables.

Las modificaciones que pueden tener efectos potenciales sobre el medio ambiente son:

1. Correcciones por mejoras técnicas del trazado aprobado.

Se trata de una rectificación en la representación cartográfica del trazado de la etapa, para adaptarse a la realidad existente, sin preverse nuevos trazados ni nuevos usos.

2. Eliminación de tramos del trazado actualmente aprobado.

Se suprimen tramos aprobados que suponían la creación de nuevos caminos y la implantación de usos senderistas en espacios donde actualmente no se desarrollaban. Estos tramos que se eliminan son sustituidos por un trazado ambientalmente más adecuado, quedando garantizada la continuidad de la ruta.

3. Incorporación de nuevos trazados:

a. Nuevos trazados en itinerarios senderistas existentes abiertos y señalizados, o en caminos existentes donde se desarrollan usos senderistas.

Solo se han previsto actuaciones de señalización o sustitución de las señales existentes para adaptarlos a la imagen definida del Plan Especial.

La señalización se llevará a cabo con herramientas manuales; en general, la mayor parte de los trabajos se realizarán con una mínima utilización de maquinaria y serán puntuales, de corta duración y magnitud asumible.

b. Nuevos trazados en caminos existentes sin usos senderistas.

Son caminos donde se realizan usos de paseo recreativo a los que solo se ha previsto la señalización.

c. Habilitación de nuevos senderos.

En todos los casos se mantendrá el pavimento actual, se realizarán actuaciones de limpieza, delimitación y señalización. Estos nuevos trazados discurren mayoritariamente por el límite de fincas agrícolas o por la servidumbre de 3 metros de carreteras existentes.

Los nuevos trazados no afectan, en ningún caso, a hábitats de interés ni a elementos patrimoniales.

De forma temporal se prevé la emisión de polvo y ruido de baja magnitud.

5.3. Efectos sobre espacios RN 2000

Todos los nuevos trazados que discurren por RN 2000 discurren por caminos existentes; en ningún caso se prevé la creación y/o habilitación de nuevos caminos, ni transformación de los elementos con interés ambiental.

Las actuaciones que se llevarán a cabo en estos tramos consisten, principalmente, en señalización, conservación y mantenimiento de la ruta.

A pesar de que la incorporación de los caminos a la Ruta tiene un efecto de atracción de usuarios, existen instrumentos para gestionar la presión humana (actuaciones de protección y vigilancia).

Además, en los casos que se ha considerado, el Plan Especial ha introducido restricciones urbanísticas de los usos permitidos en la actualidad (circulación vehículos motorizados, bicicletas y caballos).

6. Resumen del proceso de evaluación

6.1. Fase Previa de Consultas

Tal como prevé el art. 19 de la Ley 21/2013, el órgano ambiental redactó el Documento de Alcance que fue enviado al Ayuntamiento el 31 de mayo de 2017, junto con copia de los informes recibidos de las administraciones afectadas.

6.2. Fase de información pública y de consultas

La versión inicial de la Modificación n.º 1 del Plan Especial de Protección y Ordenación de la “Ruta de Pedra en Sec” fue aprobado inicialmente en el Pleno del Consell de Mallorca de día 11 de abril de 2019 y se sometió al trámite de información pública durante un periodo de 45 días (BOIB n.º 57 de 30/4/2019); la documentación que forma parte de esta Modificación es la siguiente:

1. Documento 1. Memoria Justificativa y Anexos.

2. Documento 2. Normativa.

3. Documento 3. Estudio Económico y Financiero.

4. Documento 4. Anexo Cartográfico.

5. Estudio Ambiental Estratégico.

Durante el trámite de información pública se han recibido 6 informes de las administraciones consultadas y 9 alegaciones.

Las administraciones que han emitido informe son las siguientes:

- DG de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Servicio de Reforma y Desarrollo Agrario (9/8/2019).

- DG de Emergencias e Interior. Servicio de Planificación (2/9/2019) y Servicio de Ordenación de Emergencias (8/10/2019).

- Consell de Mallorca. Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística. Informe técnico de Patrimonio Etnológico (15/10/2019).

- DG de Espacios Naturales y Biodiversidad. Paraje Natural de la Sierra de Tramuntana (8/10/2019).

- Ayuntamiento de Palma (13/9/2019).

- Ayuntamiento de Valldemossa (7/10/2019)

Todos los informes son favorables, realizando algunas consideraciones y recordando la normativa de aplicación.

En la documentación enviada por el promotor consta un documento llamado tratamiento de las alegaciones y de los informes de las administraciones consultadas de junio de 2021; de este documento se destacan los siguientes aspectos:

1. Una vez leídos todos los informes/alegaciones recibidos se han extraído las solicitudes realizadas y se han organizado en función de las siguientes categorías:

- Que muestran conformidad.

- Que piden modificaciones a los usos de la ruta

- Que piden modificación de trazado.

- Etc.

2. Resolución de las solicitudes siguiendo criterios técnicos y jurídicos.

3. Incorporar los cambios a raíz del tratamiento de los informes y alegaciones.

También en el Documento Resumen se analizan los diferentes informes y las alegaciones, indicando si implica modificación en el Plan o en el EAE.

En el último apartado de este documento se detallan las modificaciones no sustanciales introducidas en la versión inicial del Plan (tanto el trazado como la normativa) a raíz del trámite de información pública.

7. Conclusiones

Por todo lo anterior, se formula la declaración ambiental estratégica favorable de la Modificación n.º 1 del Plan Especial de Protección y Ordenación de la "Ruta de Pedra en Sec".

 

Palma, 25 de febrero de 2022

El presidente de la CMAIB Antoni Alorda Vilarrubias