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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BANYALBUFAR

Núm. 180153
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del precio público para la realización de la actividad deportiva "Banyalbufar fa esport"

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Texto

En fecha 24 de enero de 2022, mediante acuerdo de plenario, se acordó aprobar la Ordenanza reguladora del precio público para la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar fa esport”.

No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, el acuerdo inicialmente adoptado se entiende definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso, de conformidad con los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril , Reguladora de las Bases del Régimen Local y 102.1.d) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares.

El texto íntegro de la Ordenanza reguladora del precio público para la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar fa esport” se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7 /1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA “BANYALBUFAR FA ESPORT”

CONCEPTO

Artículo 1.

De conformidad con el Artículo 117, en relación con el Artículo 41, ambos de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público para la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar fa esport” organizada por el Ayuntamiento de Banyalbufar que se regirá por la presente Ordenanza.

OBLIGACIÓN DE PAGO

Artículo 2.

Están obligados al pago del precio público las personas que participen o asistan a la actividad regulada por esta Ordenanza.

CANTIDAD

Artículo 3.

1. La cantidad del precio público será la propuesta para la actividad, por el o por la Teniente de Alcalde del área correspondiente, atendiendo al estudio económico que se efectuará respecto de la actividad a realizar. A estos efectos, una vez elaborado el estudio económico por el personal técnico responsable, se elevará propuesta al ola Teniente de Alcalde por la determinación del precio público, dando cuenta del mismo a la Junta de Gobierno Local para su aprobación definitiva.

2. El precio público para la realización de la actividad deportiva “Banyalbufar fa esport” organizado por el Departamento de Cultura (donde se incluyen las actividades deportivas), que se realizará en las instalaciones deportivas de Banyalbufar, queda determinado en la siguiente tarifa:

PRECIO

Actividad física mensual de 2 horas semanales 15€

Sobre esta cuantía se aplicará un 50% de descuento a participantes con discapacidad psíquica, física, sensorial o pluridiscapacitados; así como las personas en situación de larga duración sin alguna prestación económica.

 

NORMAS DE GESTIÓN Y PAGO DE CUOTAS

Artículo 4.

1. La inscripción a la actividad “Banyalbufar fa esport” se llevará a cabo, exclusivamente, en el Ayuntamiento de Banyalbufar.

2. Las plazas son limitadas (20 personas) y en las solicitudes se priorizarán los residentes en el municipio de Banyalbufar, abriendo una lista de espera si es necesario.

3. El pago del precio público se efectuará entre día 1 y día 5 de cada mes en las oficinas del Ayuntamiento de Banyalbufar, en horario de oficina (de 9 a 14 hrs, de lunes a viernes) o por transferencia bancaria en la cuenta corriente que indicará el ayuntamiento. El Consistorio llevará el control para que los participantes cumplan con el pago. En caso de que no se realice el pago, se dará de baja automáticamente y la plaza pasará a la primera persona de la lista de espera (si es el caso que hay lista de espera).

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza ha sido aprobada por plenario en fecha 24 de enero de 2022, y previa publicación en el BOIB, entrará en vigor en el plazo de quince días hábiles contados a partir de dicha publicación, y continuará vigente hasta su derogación o modificación.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Banyalbufar, 11 de marzo de 2022

El alcalde

Mateo Ferrà Bestard