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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 160602
Aprobación inicial del Estudio de detalle de las parcelas 34.1 a 34.30, isleta c, del proyecto de reparcelación del sector UP3, destinadas a viviendas de de precio tasado, Maó

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Texto

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Maó, en sesión del día 14 de marzo de 2022, acordó:

12. Estudio de detalle de las parcelas 34.1 a 34.30, isleta c, del proyecto de reparcelación del sector UP3, destinadas a viviendas de precio tasado, Maó. Expediente núm.: E04572021000001

PRIMERO.  Aprobar inicialmente el Estudio de detalle de las parcelas 34.1 a 34.30 del proyecto de reparcelación del sector UP3, destinadas a viviendas de precio tasado, Maó, de iniciativa municipal, redactado por el arquitecto Sr. Francesc Farrés Díaz-Meco, el 4 de diciembre de 2021.

SEGUNDO. De conformidad con el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB), someter el Estudio de detalle mencionado a información pública, durante el plazo de 30 días, mediante la publicación de un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en uno de los diarios de mayor difusión de la isla de Menorca y en la sede electrónica del Ayuntamiento (donde figurará la documentación completa), al efecto de que cualquier persona pueda presentar alegaciones al mismo. En los anuncios debe constar, de manera clara, el localizador uniforme de recursos de la sede electrónica para acceder a la documentación.

TERCERO. De conformidad con el artículo 55 de la LUIB, solicitar informe, durante el plazo de un mes, a las siguientes administraciones o entes cuyas competencias pueden verse afectadas:

1. Departamento de Economía y Territorio (Dirección Insular de Ordenación Territorial) del Consell Insular de Menorca, como  órgano con competencias urbanísticas a nivel insular, de conformidad con el artículo 55.3 de la LUIB.

2. Instituto Balear de la Mujer del Gobierno de las Illes Balears, en relación con el informe de impacto de género previsto en el artículo  5.3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad  de mujeres y hombres.          

CUARTO. Notificar personalmente el acuerdo de aprobación inicial a las personas propietarias y demás interesadas directamente afectadas, comprendidas en el ámbito territorial del Estudio de detalle. En la notificación se deberá comunicar que disponen de un plazo de treinta días para formular las alegaciones que consideren oportunas.

QUINTO. Suspender, de conformidad con el artículo 51 de la LUIB, la tramitación y aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias  urbanísticas y la posibilidad de presentar comunicaciones previas en el ámbito objecto del presente Estudio de detalle (parcelas 34.01 a 34.30), durante el plazo de dos años o hasta la  aprobación definitiva del Estudio de detalle. Todo ello sin perjuicio de que el plazo  de  suspensión  pueda  ampliarse,  conforme  al  régimen  previsto  en  el  artículo  51 mencionado, y con la condición de que, mientras dure la suspensión, se podrán tramitar los instrumentos y otorgar las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen vigente y que sean compatibles con las determinaciones del Estudio de detalle inicialmente aprobado.

El citado Estudio de detalle podrá consultarse en la siguiente página web del Ayuntamiento:

https://www.ajmao.org/tauler/edictes.aspx?TIPO=01.

 

Maó, 17 de marzo de 2022

La TA de Urbanismo, Actividades y Obra Pública

Dolores Antonio Florit