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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 173859
Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 23 de marzo de 2022 relativo a la convocatoria de subvenciones para fomentar el asociacionismo en el colectivo de las personas mayores

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 617427

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www .infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/617427)

1. Bases reguladoras

Esta convocatoria se efectúa en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, y modificada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión 14 de junio de 2018, BOIB nº. 96 de 4 de agosto de 2018.

2. Objeto de la convocatoria

2.1 El objeto de esta convocatoria es fijar las condiciones que regulan la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones, federaciones de asociaciones y entidades de personas mayores, sin ánimo de lucro, con el fin de garantizar la continuidad y el desarrollo, atendiéndose a la normativa contemplada en los Planes<A[Planes|Planos]> de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la Crisis Sanitaria ocasionada por la COVID-19 de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de las actividades que llevan de las asociaciones, federaciones de asociaciones y entidades de personas mayores.

2.2 Esta convocatoria pretende contribuir con la financiación de gastos siguientes:

LÍNEA 1: Alquiler de locales sociales para el periodo comprendido entre el día 1 de julio de 2021 y el día 30 de junio de 2022, ambos incluidos.

Asimismo, siempre que se dé el supuesto previsto en el punto decimosexto de esta convocatoria, se incluyen los gastos relativos al 2T del IRPF de 2021.

LÍNEA 2: Mantenimiento y actividades socioculturales para el periodo comprendido entre el día 1 de julio de 2021 y el día 30 de junio de 2022, ambos incluidos:

  • Gastos corrientes en bienes y servicios: consumo de electricidad, gas y agua, teléfono e internet, mantenimiento de equipos informáticos, gastos de comunidad de propietarios, material de oficina, prensa, seguros de responsabilidad civil y daños, limpieza, comunicaciones postales, tasas y tributos, siempre que el beneficiario de la subvención los abone de manera efectiva, gastos de imprenta para editar folletos, revistas, cartelería, pequeñas reparaciones de los locales y de los equipamientos de la asociación, siempre que no se incremente el valor del inmueble y supongan el mantenimiento del local, etc. En resumen, gastos corrientes en bienes y servicios necesarios par<A[por|para]>a el funcionamiento de la asociación y/o entidad. En el supuesto de que la solicitante sea una federación, también se incluye, dentro de los gastos corrientes en bienes y servicios, el carburante derivado de las tareas de representación y de asistencia a reuniones fuera de la sede de la federación, así como los gastos derivados de la contratación de personal para llevar a cabo tareas administrativas de la federación.
  • Gastos de naturaleza inventariable: adquisición de mobiliario, electrodomésticos, equipamiento musical, equipos informáticos, equipo de aire acondicionado, etc. En resumen, gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable necesarios par<A[por|para]>a el funcionamiento y el ejercicio de las actividades de la asociación y/o entidad, y susceptibles de inclusión en inventario.
  • Gastos para desplazamientos, entradas y visitas guiadas, de una duración máxima de un día, en actividades de cariz<A[cariz|canto]> sociocultural llevadas a cabo a la Isla de Mallorca.
  • Gastos para la realización de actividades y talleres, presenciales o en línea, dirigidos a las personas mayores:
    • Actividades relacionadas con la salud (actividades de gimnasia, baile, yoga, taichí, pilates, relajación, expresión corporal y psicomotricidad, actividades de estimulación de la memoria)
    • Talleres intergeneracionales
    • Talleres de nuevas tecnologías
    • Actividades de dibujo, pintura, fotografía, corales, talleres de teatro y aprendizaje musical
    • Conferencias de contenido diverso, cursos de idiomas y taller de manualidades

2.3 No se incluyen los gastos relacionados con los comestibles y comidas, y las actividades de rifas, sorteos y loterías.

2.4 Se pueden presentar y subvencionar, como máximo, dos proyectos (uno en relación a la Línea 1 y uno en relación a la Línea 2) por solicitante.

3. Finalidades

Los proyectos que se subvencionan tienen que tener como objetivo:

- Promover y facilitar el desarrollo de acciones dirigidas al desarrollo de un envejecimiento activo, saludable y satisfactorio.

- Estimular, promover y fomentar el asociacionismo, la integración y la participación social en el ámbito comunitario

- Proporcionar un espacio de ocio y de tiempo libre adecuado a sus intereses y expectativas.

4. Personas beneficiarias

4.1 Pueden obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención las asociaciones y/o entidades de personas mayores y las federaciones de asociaciones de personas mayores, sin ánimo de lucro, siempre que:

a) estén legalmente constituidas, adaptadas a la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, e inscritas de forma definitiva en el registro pertinente, el día que acabe el plazo de presentación de solicitudes.

b) el ámbito de actuación sea Mallorca.

c) incluyan entre sus finalidades actuaciones dirigidas a las personas mayores con el objetivo de mejorar la calidad de vida.

d) cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

4.2 En el supuesto de asociaciones y/o entidades que, por el nombre/objeto, no se identifican de forma expresa como asociaciones y/o entidades de tercera edad o de personas mayores, pero que, entre las finalidades, incluyen actuaciones dirigidas a este colectivo, pueden obtener la condición de persona beneficiaria. No obstante, el importe subvencionable es el que salga de aplicar el porcentaje de número de personas asociadas mayores de 60 años en relación con el total de personas asociadas a la cuantía que resulte de aplicar lo que se establece en el punto duodécimo de esta convocatoria.

4.3 No pueden obtener la condición de beneficiarias las personas o las entidades que se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:

a) Las asociaciones, las entidades y las federaciones de asociaciones que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

b) Las entidades asociativas con una finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar, los colegios profesionales, las asociaciones profesionales, las fundaciones y las cooperativas.

5. Crédito presupuestario

Se destina la cantidad de 1.780.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria que se financiarán con cargo al presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2022.

Las líneas objeto de subvención y el presupuesto inicial para cada una son las siguientes:

a) Alquiler de locales sociales (LÍNEA 1)

580.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900

b)  Mantenimiento y Actividades Socioculturales (LÍNEA 2)

- 1.140.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48901

- 60.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.78900

6. Presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles, contadores a partir del día siguiente de publicarse el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

La documentación que se ha de presentar para solicitar la subvención se relaciona en el punto 11 de la convocatoria.

Las entidades tienen que dirigir la documentación correspondiente a la Dirección Insular de Promoción Sociocultural del Departamento de Presidencia, identificado con el código DIR LA0009869, a través del Registro Electrónico del Consell de Mallorca.

7. Otros datos

El texto completo de la convocatoria y los anexos se pueden descargar en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca

(https:// seu.conselldemallorcat.net/).

 

Palma, en el dia de la firma electrónica (25 de marzo de 2022)

El consejero ejecutivo de Presidencia Javier de Juan Martín