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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Núm. 165634
Resolución del director general de Pesca y Medio Marino de 23 de marzo de 2022 por la que se prorroga la veda anual para la pesca recreativa desde tierra en la Reserva Marina de la Illa del Toro

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Texto

Antecedentes

1. El 22 de octubre de 2015, en el marco de la quinta reunión de la Comisión de Seguimiento de las Reservas Marinas de la Illa del Toro y de las Illes Malgrats, se puso de manifiesto la necesidad de limitar la pesca recreativa desde tierra, dada la masificación de esta práctica, las dificultades para controlarla, la degradación ambiental que provoca y el riesgo que implicaba para el buceo recreativo. Por ello, una vez oída la Comisión de Seguimiento y revisada la propuesta con los sectores afectados, se propuso la aprobación de una veda temporal.

2. En fecha 1 de diciembre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB nº 178) la Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino por la que se establecía una veda anual para la pesca recreativa de tierra, para el período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de septiembre a partir del año 2016 hasta el 2018.

3. A la vista de los resultados favorables del establecimiento de la veda, en particular la reducción sustancial de aparejos abandonados en el fondo y pegados a las rocas, el Servicio de Recursos Marinos propone prorrogarla para evitar la degradación ambiental que provocan y el riesgo que representan los hilos de nailon para el buceo recreativo.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 4 de la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 28 de mayo de 2004 por la que se establece la Reserva Marina de la Illa del Toro, comprendida entre es Clot des Moro, la Isla del Toro y Cala Rafalbeig, señala que la Dirección General de Pesca, actualmente Dirección General de Pesca y Medio Marino, podrá establecer períodos de veda para la pesca artesanal y recreativa y limitaciones de actividades para preservar los recursos marinos y pesqueros en función de los resultados del seguimiento científico.

2. El artículo 2.10.b) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación ejerce, entre otras, la competencia en materia de recursos marinos.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Prorrogar, por un período de tres años, del 2022 al 2024, la veda para la pesca marítima recreativa desde tierra en la Reserva Marina de la Illa del Toro, del 1 de abril al 30 de septiembre.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 23 de marzo de 2022

El director general de Pesca y Medio Marino Juan Mercant Terrasa