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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 151555
Anuncio suspensión de licencias y suspensión de expedientes de expropiación - Aprobación inicial PG y POD

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Texto

Se hace público que en fecha 9 de marzo de 2022 el Pleno del Ayuntamiento de Alaior acordó, entre otros, aprobar inicialmente de manera conjunta los documentos integrantes de la revisión del plan general de ordenación urbana de Alaior en dos documentos plenamente diferenciados: el Plan General y el Plan de Ordenación Detallada. Dichos documentos se sometieron al trámite de información pública, por un plazo de 45 días, mediante anuncio insertado en fecha 17 de marzo de 2022 al BOIB n.º 38, en el Diario Menorca, en el tablón de anuncios ubicado en el Ayuntamiento, en el tablón de anuncios de la sede electrónica y en el Portal de Transparencia municipal.

Así mismo el Pleno del día 9 de marzo de 2022, acordó suspender la tramitación y la concesión de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión urbanística, así como de la concesión de toda clase de licencias urbanísticas, autorizaciones y la posibilidad de presentar comunicaciones previas en el término municipal que sean incompatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, por un plazo de dos años, prorrogables a un año más si se repite el trámite de información pública, y otro año más con la aprobación provisional, hasta un máximo de cuatro años, de acuerdo con el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares (LUIB).

Señalar como áreas afectadas por la suspensión del punto anterior, a todas las del término municipal que resulten afectadas por las determinaciones del nuevo planeamiento y que supongan modificaciones del régimen urbanístico vigente, de conformidad con el artículo 51.2 de la LUIB. La suspensión alcanza todas las áreas o elementos sujetos a expropiación que aparecen relacionados y valorados en el cuadro de evaluación económica anexo al documento de la Agenda y Estudio económico financiero, así como las unidades de actuación urbanística y sectores de suelo urbanizable que suponen una modificación expresa del régimen urbanístico por cambio de uso global o aumento de edificabilidad y los que, todo y manteniendo el uso global y la edificabilidad, suponen una nueva delimitación o la inclusión de determinados ajustes en las calificaciones urbanísticas. Son las que se relacionan a continuación:

- Unidades de actuación:

  • UA-01AL (antigua Ua1-2). Ajuste en les calificaciones urbanísticas
  • UA-03AL. Nueva Unidad de actuación en relació al PGOU de 1994.
  • UA-04AL. Nueva Unidad de actuación en relació al PGOU de 1994.
  • UA-05AL. Nueva Unidad de actuaciónen relación al PGOU de 1994.
  • UA-06AL. Nueva Unidad de actuación en relación al PGOU de 1994.
  • UA-07AL (antigua Ub1-1 i Uc 1-2). Nueva delimitación.
  • UA-08AL (antingua Ub1-4). Nueva delimitación.
  • UA-10A (antigua Ub1-6). Nueva delimitación.
  • UA-11AL (antigua Ub1-7). Nueva delimitación con aumento de edificabilidad.
  • UA-12AL (l'antiga Ub1-6 i Nub-1). Nueva delimitación.
  • UA-01CP
  • UA-03SV

- Sectores de suelo urbanizable:

  • SUNOD-01AL i SUNOD-02AL (antiguo Pa-1-1). Nueva delimitación.
  • SUNOD-03AL (antiguo NP1-1). Nueva delimitación.
  • SUNOD-04AL (antiguo Nub-4). Nueva delimitación con aumento de edificabilidad.
  • SUNOD-05AL. Nuevo sector en relación al PGOU de 1994.
  • SUNOD-06AL. Nueva delimitación con aumento de edificabilidad.
  • SUNOD-ART-04
  • SUNOD-ART-05

Se podrán conceder licencias de acuerdo con el régimen urbanístico vigente en el resto del término municipal (es decir, exceptuando las áreas y elementos sujetos a expropiación y las unidades y sectores de suelo urbanizable relacionados en este apartado), siempre que también se respeten las determinaciones y parámetros urbanísticos del nuevo planeamiento aprobado inicialmente.

A su vez se acordó suspender los expedientes de expropiación, en todos aquellos ámbitos del término municipal en que la nueva ordenación derivada de la aprobación inicial de los nuevos Plan General y Plano de Ordenación Detallada de Alaior, suponga la supresión de la determinación que implica la expropiación de los terrenos que, de acuerdo con el PGOU en vigor, están destinados a dotaciones públicas (equipaciones, espacios libres, sistema viario, etc.), en conformidad con el artículo 142.3 de la LUIB. En concreto se suspenden, por ministerio de la Ley:

• La advertencia de iniciar el expediente de justo precio.

• La presentación de la hoja de aprecio de los terrenos a expropiar.

• El plazo para dirigirse al Jurado Provincial de Expropiación de las personas que hayan presentado la hoja de aprecio y haya transcurrido el plazo de tres meses sin que la administración municipal la haya aceptado.

• Los procedimientos de aprecio instados ante el Jurado Provincial de Expropiación pendientes de resolver de forma definitiva en esta instancia.

La duración de la suspensión es de dos años o hasta el acuerdo de aprobación provisional del Plan General.

Firmado por mi,

Alaior, documento firmado electrónicamente (17 de marzo de 2022)

El alcalde José Luis Benejam Saura