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AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 150970
Extracto de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para clubes deportivos locales 2022, para acciones realizadas durante la temporada 2021/2022 o 2022
En sesión ordinaria celebrada día 24 de febrero de 2022, el Plenario del Ayuntamiento de Inca ha aprobado las bases de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para clubes deportivos locales 2022, por acciones hechas durante la temporada 2021/2022 o 2022.
De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones, por medio del presente edicto se publican las referidas bases.
Inca, 7 de marzo de 2022
El alcalde
Virgilio Moreno Sarrió
CONVOCATORIA PARA LA CONCESSIÓN DE SUBVENCIONES PARA CLUBES DEPORTIVES LOCALES 2022
BDNS: 613038
De conformidad con el que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar a la base de datos nacional de subvenciones.
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/613038
El texto íntegro de la convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y justificación de las subvenciones se puede encontrar en el enlace https://incaciutat.com/tramits/subvencions
PROGRAMA A
1. Finalidad de la convocatoria.
El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades deportivas locales (clubes), sin finalidad de lucro y que tienen la finalidad de fomentar la práctica deportiva entre todos los grupos de edad posibles.
La finalidad de estas subvenciones es ayudar a hacer frente a una parte de los gastos de la temporada 2021-2022 o bien 2022, inherentes al desarrollo de las actividades deportivas.
2. Beneficiarios y requisitos.
Pueden acogerse a esta convocatoria quien cumpla los siguientes requisitos:
Los clubes y entidades o asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro, que estén administrativamente y legalmente constituidos y debidamente inscritos al Registro de Clubes y Asociaciones Deportivas de la CAIB y al registro municipal de entidades jurídicas ciudadanas del Ayuntamiento de Inca que desarrollen su actividad a Inca con su sede social, o delegación permanente al término municipal de Inca y aquellas que, sin tener su domicilio en el término municipal de Inca, lleven a cabo sus actividades en el término o resulten beneficiarios de las mismas los ciudadanos de Inca.
Para obtener la condición de beneficiarios/aries de las subvenciones los solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones que se relacionan a continuación.
Requisitos generales:
- No haber solicitado o recibida subvención del Ayuntamiento de Inca por la misma actuación o proyecto.
- Haber justificado las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Inca y no encontrarse sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo.
- No incurrir en ningún supuesto contemplado al arte. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Cumplir con todas las condiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 6.º de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca.
Requisitos técnicos:
- Acreditar una antigüedad mínima de dos años , desarrollando su actividad deportiva de manera «continuada» durando este tiempo, en el municipio de Inca.
Restan excluidos expresamente de esta convocatoria:
- Las entidades deportivas (clubes) que reciban una subvención directa nominativa y que su convenio regulador especifique la imposibilidad de acogerse a las convocatorias de subvenciones durante la vigencia de este.
- Las entidades deportivas en las cuales concurre alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8, apartado 2.º de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca.
- Las sociedades anónimas deportivas (SAD).
- Los clubes sancionados o condenados mediante resolución administrativa o sentencia judicial, para ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
3. Bases reguladoras.
Las bases específicas reguladoras de la presente convocatoria son las aprobadas por el Pleno municipal del 29 de octubre de 2020. En todo aquello no previsto en las bases y en esta convocatoria, será de aplicación lo establecido a la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento y al resto de normativa aplicable.
4. Crédito y partida presupuestaria.
La dotación presupuestaria total para la convocatoria de las subvenciones para el desarrollo de
las actividades ordinarias es de 37.000,00 €.
Esta subvención irá con cargo a la aplicación presupuestaria 2022/34100/4830001.
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas destinadas a la misma actuación, pero, en cualquier caso, conjuntamente con las otras ayudas, las cantidades otorgadas no podrán exceder el coste total de la actuación.
El importe de la subvención, junto con el de las subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras entidades públicas o privadas, no puede ultrapasar el coste de la actividad.
5. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes finalizará quince (15) días hábiles después de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB. Las solicitudes tendrán que incluir todos los documentos relacionados en la base 7a. Cualquier solicitud presentada fuera de ese plazo no será admitida a trámite. El plazo de ejecución de las acciones: será entre el 1 de agosto del ejercicio presupuestario anterior al de la convocatoria y el 30 de junio del ejercicio presupuestario de la convocatoria. Plazo de justificación: Las entidades deben presentar la documentación justificativa descrita en esta base en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de finalización de la ejecución de las actuaciones objeto de subvención (30 de junio ).
6. Información y asesoramiento
Os podéis dirigir al servicio de Deportes a la dirección de correo electrónico serveidesports@ajinca.net o bien a las oficinas del servicio de Deportes, ubicadas a las Piscinas Municipales de Inca-Catalina Corró Llorente, calle de Gabriel Alomar, 3, teléfono 971 504 216.
Inca, febrero de 2022
El alcalde
Virgilio Moreno Sarrió