Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CONSELL
Núm. 150161
Resolución de la convocatoria de subvenciones para empresas con local con atención al público, que desarrollan la actividad en el municipio de Consell, que han tenido que cesar su actividad más de quince días, por la situación de crisis sanitaria del COVID19, segunda convocatoria
BDNS (Código): 598781
Expediente: 139/2021
La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de fecha 15 de marzo de 2022 y de conformidad con aquello que se ha fijado en el artículo 21.1.f) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local acordó:
Primero.- Vista la documentación presentada por los/las solicitantes, de conformidad con el artículo 4.6 de las bases de la convocatoria y dado que la partida presupuestaria de la convocatoria es suficiente para atender a la totalidad de las solicitudes presentadas y admitidas, y existe un sobrante; se acuerda que cada ayuda se aumente hasta los 3.500,00 €. En consecuencia el importe de las ayudas es el siguiente:
* Cuantía máxima de disminución de ingresos acreditada entre el ejercicio 2020 y el 2019.
Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de conformidad con lo establecido en el artículo 7.3 de las bases reguladoras de la convocatoria.
Tercero.- Efectuar el pago de las ayudas concedidas una vez se haya publicado el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de conformidad con lo establecido en el artículo 7.7 de las bases reguladoras de la convocatoria.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio que pueda interponer Vè. cualquier otro recurso que pudiera estima
Consell, en fecha de la firma electrónica (18 de marzo de 2022)
El alcalde Andreu Isern Pol