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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 147002
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

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Texto

Hechos

1.Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2.Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3.La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, o bien han comprobado que la declaración responsable está correctamente cumplimentada.

4.El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en la partida presupuestaría 12801.413G01.47000.00, de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2022.

6.En fecha 27 de noviembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 164, la modificación de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomos afectados directamente por la COVID-19, según la cual se ampliaba esta convocatoria por un importe de 400.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 12801/G/413G01/47000/00 de fondo propios de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. 7. En relación con el expediente AUT 7210/2020, el beneficiario del mismo solicitó la ayuda por un importe de 3.000 €. Dado que el importe remanente de la convocatoria es de 2.960,78 €, este último importe será el que se le asigne al beneficiario del expediente antes citado.

Fundamentos de derecho

1.El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2.El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3.El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4.La Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

5.Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6.La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

7.De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva.

Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

 

Resolución

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

2. Autorizar y disponer un gasto global de 160.460'78 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2022, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

Partida

Import (euros)

12801.413G01.47000.00

160.460'78 €

TOTAL 12801.413G01.47000.00

160.460'78 €

3.Reconocer la obligación y proponer el pago global de 160.460'78 a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2022, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior .

4.Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

5.Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

6.Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

7.Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

8.Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica ( 16 de marzo de 2022)

El director general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular

Manuel Porras Romero

(Por delegación del consejero de Modelo económico,

Turismo y Trabajo BOIB núm.97 de 2019 )

 

ANEXO

 

Con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

 

Número de expediente

Número de registro

NIF/CIF del beneficiario

Importe de la ayuda

[AUT 10987/2020]

L99E189468/2020

49482010V

3.000,00

[AUT 10145/2020]

L99E115569/2020

37339995R

2.000,00

[AUT 9939/2020]

L99E115121/2020

43049768R

2.000,00

[AUT 9873/2020]

L99E114940/2020

X3319376Q

2.500,00

[AUT 9709/2020]

L99E114674/2020

X6668593L

2.000,00

[AUT 9610/2020]

L99E114523/2020

41518613W

2.000,00

[AUT 9257/2020]

L99E113826/2020

42979566H

2.000,00

[AUT 9216/2020]

L99E113767/2020

41743733K

3.000,00

[AUT 8824/2020]

L99E112947/2020

41448826C

3.000,00

[AUT 8741/2020]

L99E112793/2020

X7501253X

3.000,00

[AUT 8691/2020]

L99E112725/2020

18219793K

2.500,00

[AUT 8602/2020]

L99E112548/2020

52598475M

2.000,00

[AUT 8462/2020]

L99E112340/2020

41437777B

2.500,00

[AUT 8458/2020]

L99E112334/2020

X1726148K

2.500,00

[AUT 8453/2020]

L99E112324/2020

41440971P

2.000,00

[AUT 8437/2020]

L99E112304/2020

50325933R

2.000,00

[AUT 8435/2020]

L99E112301/2020

X5941058C

2.000,00

[AUT 8414/2020]

L99E111894/2020

43116070V

2.000,00

[AUT 8358/2020]

L99E111971/2020

41440819V

3.000,00

[AUT 8345/2020]

L99E111994/2020

Y3137566N

2.000,00

[AUT 8307/2020]

L99E112082/2020

43101814K

2.500,00

[AUT 8283/2020]

L99E112145/2020

43057291A

2.000,00

[AUT 8279/2020]

L99E112151/2020

43008357J

2.500,00

[AUT 8258/2020]

L99E112188/2020

X8169983S

3.000,00

[AUT 8249/2020]

L99E112234/2020

43097154F

2.000,00

[AUT 8246/2020]

L99E112229/2020

46953547J

2.500,00

[AUT 8238/2020]

L99E112200/2020

43005303H

2.000,00

[AUT 8237/2020]

L99E112198/2020

X9761562V

2.000,00

[AUT 8218/2020]

L99E111853/2020

43483434W

2.500,00

[AUT 8210/2020]

L99E111835/2020

42963553J

2.000,00

[AUT 8180/2020]

L99E111782/2020

78208241F

2.000,00

[AUT 8120/2020]

L99E111577/2020

43030452M

2.500,00

[AUT 8081/2020]

L99E111638/2020

43054605P

3.000,00

[AUT 8053/2020]

L99E111672/2020

43072403G

2.000,00

[AUT 7954/2020]

L99E111345/2020

78201669J

2.000,00

[AUT 7921/2020]

L99E111394/2020

43507214T

2.000,00

[AUT 7914/2020]

L99E111404/2020

X1319519D

2.000,00

[AUT 7909/2020]

L99E111412/2020

X5088467Q

2.000,00

[AUT 7832/2020]

L99E111530/2020

X6697978X

2.000,00

[AUT 7821/2020]

L99E111026/2020

37335831T

2.000,00

[AUT 7814/2020]

L99E111034/2020

24101769T

2.000,00

[AUT 7798/2020]

L99E111060/2020

X2323929D

2.000,00

[AUT 7760/2020]

L99E111119/2020

43051499F

2.000,00

[AUT 7706/2020]

L99E111206/2020

X2406458Z

2.000,00

[AUT 7673/2020]

L99E110939/2020

41524032Q

2.000,00

[AUT 7661/2020]

L99E110955/2020

08771523J

2.000,00

[AUT 7658/2020]

L99E110959/2020

X6919145D

2.500,00

[AUT 7655/2020]

L99E110963/2020

43063267E

2.000,00

[AUT 7598/2020]

L99E110859/2020

78201397V

2.500,00

[AUT 7586/2020]

L99E110875/2020

43100813D

2.500,00

[AUT 7573/2020]

L99E110893/2020

42980736S

2.500,00

[AUT 7571/2020]

L99E110896/2020

42981627D

2.000,00

[AUT 7560/2020]

L99E110809/2020

43005983P

2.500,00

[AUT 7515/2020]

L99E110772/2020

X2646986P

3.000,00

[AUT 7479/2020]

L99E110722/2020

43133083X

2.000,00

[AUT 7476/2020]

L99E110720/2020

41508204N

3.000,00

[AUT 7408/2020]

L99E110587/2020

41521834A

2.000,00

[AUT 7360/2020]

L99E110389/2020

Y1803899T

2.000,00

[AUT 7347/2020]

L99E110407/2020

43463033W

2.000,00

[AUT 7346/2020]

L99E110408/2020

78210639J

2.500,00

[AUT 7340/2020]

L99E110415/2020

78202756L

2.000,00

[AUT 7338/2020]

L99E110420/2020

X8711425Z

2.000,00

[AUT 7331/2020]

L99E110430/2020

X7003746Q

2.000,00

[AUT 7311/2020]

L99E110469/2020

43115615E

2.500,00

[AUT 7229/2020]

L99E110257/2020

41495286C

2.000,00

[AUT 7210/2020]

L99E110282/2020

41502304T

2.960,78

[AUT 7209/2020]

L99E110284/2020

X6961976Z

2.000,00

[AUT 7193/2020]

L99E110309/2020

78214393H

2.000,00

[AUT 7180/2020]

L99E110328/2020

42982148R

2.000,00

[AUT 7161/2020]

L99E110355/2020

41538005M

2.500,00

[AUT 7043/2020]

L99E110069/2020

41503148Q

2.000,00

TOTAL

160.460,78 €