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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 141057
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre el proyecto de nueva subestación San Jorge 132 kV y actuaciones asociadas, TM Sant Josep de sa Talaia (114A/2021)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 17 de febrero de 2022,

Declaración de Impacto Ambiental

Según se establece en las letras a) y b) del artículo 13.1 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares, aprobado por Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, tienen que ser objeto de evaluación de impacto ambiental ordinaria los proyectos en que así lo exija la normativa básica estatal sobre evaluación ambiental, o los proyectos que figuren en el anexo 1 de esta ley.

Entre los proyectos incluidos en el anexo 1, «el proyecto de nueva subestación San Jorge y actuaciones asociadas», por sus características se incluye en el Grupo 3. Energía. Puntos 6 y 8:

6. Subestaciones de transformación de energía eléctrica a partir de 10 MW en suelo rústico.

8. Líneas de transmisión de energía eléctrica de tensión igual o superior a 66 kV a partir de 500 m de longitud.

Por lo tanto, el proyecto se tiene que tramitar como una Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria y seguir la tramitación ambiental establecida en el título II, capítulo II, sección 1ª de la Ley 21/2013, de 9 diciembre, de evaluación ambiental. Además, se tienen que cumplir las prescripciones del artículo 21 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares, aprobado por Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, que le sean de aplicación.

1.Información del proyecto: objeto, ubicación y descripción

El conjunto del proyecto se realiza con el fin de poder atender a los incrementos de demanda y para mejorar la fiabilidad de la red, incrementando el grado de interconexionados. Las instalaciones incluidas en el proyecto pertenecen al paso de 66 kV a 132 Kv de la red de transporte del sur de Ibiza. Se proporcionará una mejora muy sustancial en la seguridad del conjunto del sistema eléctrico de Ibiza y Formentera.

Las actuaciones concretas del proyecto son las siguientes:

- Ejecución de cambio topológico y construcción de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 66 kV simple circuito Ibiza-23 (antigua Bossa).

- Construcción de nueva línea subterránea de transporte de energía eléctrica a 132 kV, de Bossa-San Jorge 1-2.

- Construcción de nueva subestación eléctrica San Jorge 132 Kv.

- Modificación del parque de la SE San Jorge 66 kV a configuración doble barra, ampliación en dos posiciones de transporte 66 kV y adecuación de las posiciones de línea Sant Antoni–San Jorge e Ibiza-23 (antigua Bossa).

-Modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica de simple circuito a 66 kV Sant Antoni - San Jorge.

Estas actuaciones están incluidas en el documento "Planificación Energética. Plan de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica 2015-2020" aprobado por el Consejo de Ministros de 16 de octubre de 2015 (B.O.E. n.º 254 de 23 de octubre de 2015), contemplada en el Anexo I.2 con previsión de ejecución para 2020 (de máxima prioridad dos de ellas), así como en el Plan Director Sectorial Energético (PDSE) de las Islas Baleares, considerando el artículo 19 del Decreto Ley 3/2014, de 5 de diciembre, de medidas urgentes destinadas a potenciar la calidad, la competitividad y la desestacionalización turística en las Islas Baleares, que modifica la disposición adicional segunda del Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del PDSE. Esta disposición adicional segunda establece que las obras e instalaciones previstas en la planificación estatal obligatoria de las redes de transporte de electricidad y de gas, como también las modificaciones en las subestaciones de distribución de energía eléctrica existentes o planificadas, desarrolladas de acuerdo con las leyes del sector eléctrico y de hidrocarburos, quedan automáticamente incluidas en las determinaciones del Plan Director Sectorial Energético de las Islas Baleares especialmente, en cuanto a los efectos de declaración de utilidad pública energética.

El proyecto se ejecuta en las parcelas 243, 244 y 9006 del Polígono 7 del TM de Sant Josep de sa Talaia, en la zona norte del núcleo de población de San Jorge de ses Salines. La nueva subestación se ubicará junto a la actual subestación SAN JORGE 66 kV, en el camino sin nombre que parte de la calle Pica-Soques a la altura del número 73. El acceso se realizará a través de la carretera PM-803 de Ibiza en Sant Josep, a la altura del p.k. 2, calle Tudó y Calle Sant Jordi, antes de desembocar al camino sin nombre.

Las obras consistirán en la construcción de una nueva subestación eléctrica "San Jorge" 132 kV junto a la actual subestación San Jorge de 66 kV, con una superficie de 6.843 m², después de la construcción de la nueva SE San Jorge 132 kV, la superficie total ocupada será de 13.724 m²; el alcance de la nueva subestación San Jorge 132 kV, de 6.881 m², es el siguiente:

Parque de 132 kV, en configuración de interruptor y medio, tecnología GIS:

- Dos posiciones de línea por circuitos en Bossa 1 y 2.

- Dos posiciones de transformador de potencia 132/66/24 kV 80/80/30 MVAs.

- Tres posiciones de interruptor central.

Se instalarán dos transformadores de potencia de 132/66/24 kV y 80/80/30 MVAs.

Complementariamente, se instalará un nuevo tramo de línea aérea de transporte de simple circuito a 66kV con una longitud de 23 metros que conectará el apoyo T-12bis de la actual línea aérea-subterránea a 66 kV Bossa-Ibiza "cambio topológico de la línea aérea Ibiza - San Jorge 66 kV" y un nuevo tramo de línea subterránea de doble circuito de 109 metros, que completará la unión entre las subestaciones Bossa y San Jorge. Además se realizará una adecuación de las instalaciones de la actual SE San Jorge 66 kV y se modifica la línea aérea de transporte de energía eléctrica, de simple circuito, a 66 kV, Sant Antoni-San Jorge, desmontando un tramo de 24 metros de longitud, y ejecutando una variante con una longitud de 34 metros, entre el nuevo apoyo T-24 de la línea Sant Antoni-San Jorge y la subestación de San Jorge.

Se realizará un cierre de toda la subestación de al menos 2,30 metros de altura de valla metálica de acero galvanizado reforzado.

El nuevo tramo de línea subterránea discurrirá por la calle Pica-Soques asfaltado por lo que no afectará terrenos naturales. El trazado de la nueva línea tendrá un total de 109 metros. La zanja tipo tendrá 1,4 metros de anchura y 1,3 de profundidad. Una vez dispuesto el material proyectado se hormigonará y se rellenará la parte superior con capas compactadas de no más de 0,25 metros, con tierra procedente de la excavación, arena o «zahorra». Finalmente, se procederá a la reposición del pavimento o firme preexistente.

La nueva subestación proyectada afecta a terrenos agrícolas con vegetación arvense y casi no existe vegetación natural y mantiene poco potencial por asentamiento faunístico.

Por el contrario, en la zona donde se proyecta una adecuación de las instalaciones de la actual SE San Jorge 66 kV con el cambio topológico de la línea aérea Ibiza - San Jorge 66 kV, ubicado en la otra parte de la calle asfaltada y que requiere actuaciones de tala y poda en la zona forestal que se encuentra entre los apoyos T-11 bis y T-12 bis para garantizar las distancias reglamentarias de arbolado, está formada por un sistema forestal de pinar savinar aclarado.

2. Elementos ambientales significativos del entorno al proyecto

Diagnóstico territorial

El ámbito afectado por la actuación es el siguiente: suelo rústico común en régimen general (SRC-SRG) y puntualmente en suelo rústico protegido área de prevención de riesgos (SRP-APR) de incendios, según el Plan Territorial Insular de Ibiza y Formentera (PTI) publicado en el BOIB n.º 50 de 31-03-2005 y su modificación n.º 1 (BOIB n.º 67 de 18.05.2019).

El proyecto queda fuera del ámbito de los espacios naturales protegidos por la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO) y por la Ley 1/1991, de 30 de enero, de espacios naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Islas Baleares (LEN). Tampoco forma parte de Red Natura 2000.

La vulnerabilidad por contaminación de acuíferos es moderada y no se encuentra en zona inundable o potencialmente inundable.

No se encuentra en una zona de protección por colisión o electrocución por avifauna.

Parte del ámbito de actuación está clasificado con un riesgo de incendio muy alto, según el mapa de riesgo de incendios forestales del IV Plan General de Defensa Contraincendios Forestales de las Islas Baleares (2015-2024).

Diagnóstico ambiental

Se ha realizado una caracterización de la zona, un inventario ambiental, donde se describe el medio abiótico (climatología, atmósfera, cambio climático, geomorfología y suelo, hidrología), biótico (vegetación, fauna, hábitats) y medio antrópico (paisaje, territorio, patrimonio, medio socioeconómico).

a) En relación con la topografía, la zona se encuentra en una área prácticamente plana con una ligera pendiente norte-sur.

b) En lo referente al suelo: el tramo de línea subterránea discurrirá por tramo asfaltado, la subestación proyectada afecta a terrenos agrícolas con vegetación arvense y casi sin vegetación natural, y el tramo que tiene que sufrir el cambio topológico está formado por un sistema forestal de pinar savinar aclarado.

c) En relación con el agua, el proyecto se desarrolla sobre la Masa de Agua Subterránea: MAS 2006M3 denominada Serra Grossa: es un acuífero profundo y la masa se encuentra en mal estado (mal estado cuantitativo y mal estado químico). La masa se encuentra en riesgo por cloruros y no es ZVCN.

El nivel de la vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos es moderado - alto y la zona está afectada por los perímetros de restricciones moderadas de 4 pozos de abastecimiento urbano (los pozos se encuentran a menos de 1000 m de la obra).

En cuanto a masas de agua superficial, en el ámbito del proyecto no hay afección de ninguna masa de agua superficial.

d) En cuanto a la vegetación, en la parte este del camino de acceso a la subestación encontramos una parcela cubierta por vegetación forestal formada principalmente por Pino carrasco «Pinus halepensis», acompañada de sabina «Juniperus phoenicea» y de vegetación arbustiva destaca la mata «Pistacia lentiscus». En la parte oeste encontramos parcelas agrícolas y en los márgenes de estas algunas especies de algarrobo «Ceratonia siliqua» y mata «Pistacia lentiscus».

e) En lo referente a la fauna, según fuente de la IDEIB, aparecen las siguientes especies amenazadas, en la cuadrícula de 5 x 5 con código 902, del Bioatlas:

-Tortuga mora "Testudo graeca subsp. graeca"

Y las siguientes especies catalogadas no amenazadas:

 

Nombre común (Especie)

Taxon (Especie)

Serpiente blanca

Zamenis scalaris

Erizo

Atelerix algirus

Dragón

Tarentola mauritanica

Sargantana de les Pitiüses

Podarcis pityusensis pityusensis

Murciélago de herradura pequeña

Rhinolophus hipposideros

Murciélago común

Pipistrellus pipistrellus

Ginestell eivissenc

Genista dorycnifolia subsp. dorycnifolia

Rusco

Ruscus aculeatus

Pino blanco

Pinus halepensis var. ceciliae

 

De acuerdo con los datos del servicio de protección de especies, en la zona donde se desarrolla el proyecto hay presencia de las siguientes especies protegidas:

Especies incluidas en el Listado de especies en Régimen de Protección Especial RD

139/2011 : erizo (Atelerix algirus), lagartija de las Pitiusas (Podarcis pityusensis pityusensis), Dragón (Tarentola mauritanica), y cernícalo (Falco tinnunculus).

Además, consta la presencia de nidos de rapaces en la zona a una distancia mayor de 1000 metros.

De acuerdo con el EsIA, en el ámbito del proyecto encontramos especies incluidas en el anexo I de la Directiva 2009/147/CE , de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres:

• Anthus campestris

• Burhinus oedicnemus

• Calandrella brachydactyla

• Caprimulgus europaeus

• Galerida theklae

f) En cuanto a los hábitats, A unos 300 metros hacia el Norte encontramos los siguientes hábitats: «Hypochoerido-Brachypodietum retosa», «Andropogonetum hirto-pubescentis», «Teucrio piifonti-Corydothymetum capitati» que corresponden al Hábitat 5330 Matorrales termomediterráneos y predesérticos y al hábitat Prioritario 6220 Prats y páramos mediterráneos con gramíneas y anuales, basófilos (Thero-Brachypodietea).

g) En cuanto al paisaje, el ámbito del proyecto se encuentra en una zona rural al pie de la Serra Grossa, con poca densidad de población, en la que predomina un paisaje de campos de cultivo y zonas forestales. A pesar de encontrarse en una zona rural, el área de actuación está altamente antropizada, por un lado, tenemos la presencia de la SE San Jorge y por la otra, la presencia de viviendas unifamiliares que corresponden a una zona residencial de baja densidad.

 

h) En lo referente al patrimonio, no se afecta ningún Bien de Interés Cultural, en el entorno se encuentra:

• Torre de cas Orvais

Elementos incluidos en el catálogo de patrimonio histórico del municipio próximo al proyecto:

• Can Pareta

• Can Tonió

Durante la ejecución del proyecto se afectará un muro de pared seca.

3.Resumen del proceso de evaluación

Fase de información pública y de consultas

En el BOE Núm 53 de 3 de marzo de 2021 y en el BOIB n.º 27 de 25 de febrero de 2021 se publicó el inicio del procedimiento de información pública relativo a la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la EIA Ordinaria de la nueva subestación San Jorge y actuaciones asociadas. Durante la IP han sido consultadas las siguientes administraciones:

-Infraestructuras Viarias del Consell Insular de Ibiza.

-Ordenación del Territorio del Consell Insular de Ibiza.

-Servicio de Patrimonio del Consell Insular de Ibiza.

-Área de Medio ambiente del Consell de Ibiza.

-Servicio de Salud Ambiental de la Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud y Consumo del Gobierno.

-Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia. Área de Urbanismo.

-Servicio de Gestión Forestal y Protección del Sol de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

-Servicio de Estudios y Planificación de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

-Servicio de Aguas Superficiales de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

-Servicio de Protección de Especies de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

-Dirección General de Residuos y Educación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

-Departamento de Emergencias de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consejería de Administraciones Públicas y Modernización.

-Servicio de Cambio Climático y Atmósfera de la dirección General de energía y Cambio Climático.

-Aqualia S.A.

-Abaqua.

-Telefónica de España SA.

-EDistribucion Redes Digitales SL.

-Redexis Gas SA.

-GOB.

-Amigos de la Tierra.

A día de hoy los informes que constan en el expediente que se han solicitado durante el periodo de exposición pública, son los siguientes:

- EDistribucion Redes Digitales SLU aporta informe favorable indicando los siguientes condicionantes:

«1. Si fuese necesario desplazar o modificar alguna de las instalaciones de media y baja tensión, el promotor tendrá que solicitarlo formalmente a EDistribucion Redes Digitales SLU., que realizará el estudio de viabilidad y el presupuesto de dicha modificación.

1. Antes del inicio de las obras se tendrá que solicitar a EDistribucion Redes Digitales SLU, un replanteo in situ, para evitar posibles daños, tanto a personas como a las instalaciones.».

- Servicio de Ordenación de Emergencias de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consejería de Administraciones Públicas y Modernización, informo de la innecesariedad de evaluar este tipo de actuación.

-Servicio de Cambio Climático y Atmósfera de la Dirección General de Energía y Cambio Climático en cuanto a la afección al cambio climático y la atmósfera. Como conclusiones indica:

«1. En la fase de construcción se tendrían que tener en cuenta buenas prácticas para prevenir la emisión de contaminantes a la atmósfera.

2. Recordar a los órganos encargados de desarrollar la red de distribución eléctrica, la Secretaría de Estado de Energía, y la Dirección General de Energía y Cambio Climático, de la necesidad de dar cumplimiento a la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, y más específicamente en los artículos 44 y 55.»

-Telefónica de España S.A. Indica en su informe:

«Habiendo analizado la documentación que acompaña vuestro escrito, os indicamos que Telefónica no tiene ninguna objeción a la ejecución del proyecto mencionado siempre y cuando se cumpla la normativa vigente en relación con los paralelismos y cruzamientos con líneas de telecomunicación y en particular los Reglamentos Electrotécnicos de Alta y Baja Tensión. Aun así, os recordamos que el cumplimiento de la normativa vigente tanto en fase de diseño como de ejecución, es responsabilidad de la empresa que promueve los trabajos contenidos en el proyecto.»

-Servicio de Protección de Especies de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio aporta informe favorable

- Informe favorable del Servicio de Infraestructuras Viarias del Consell Insular de Ibiza con prescripciones:

« 1. En caso de modificarse cualquiera de los proyectos mencionados en el informe, de forma que se pudiera afectar cualquier zona de afección de carreteras, será necesario obtener el informe favorable de esta modificación, mediante la previa solicitud al respecto, en este Servicio.

3. La tramitación administrativa del vehículo especial se hará desde la correspondiente oficina de la DGT.

4. Si se tiene que actuar en el entorno de las carreteras del CIE, se tendrá que hacer previsión de señalización y balizamiento, tanto diurno como nocturno, garantizando la seguridad de la circulación, siempre de acuerdo con la normativa 8.3-I.C de Señalización de obras de carretera y el Manual de ejemplos de señalización de obras.

5. Se tendrá que hacer previsión de ubicación de las provisiones y la basura, que no tendrán que ocupar la calzada, los arcenes o las cunetas y no se permitirá dificultar el tráfico de peatones con la ejecución de las obras, habilitando una alternativa al itinerario de peatones que se vea afectado.

6. De acuerdo con el artículo 33.2 de la Ley 5/90, las obras y las actividades solicitadas no podrán afectar la seguridad del tráfico y tendrán que mantener como mínimo las condiciones previas de visibilidad y geometría.

7. Las señales, los sistemas de contención de vehículos, balizas y otros elementos de la carretera, que para poder llevar a cabo la obra se tengan que retirar se llevarán a un almacén para, al acabar la obra, poder reposarlos en perfectas condiciones. Durante el periodo de obra, y una vez que se haya modificado la señalización existente, se tendrá que disponer la señalización provisional que sustituye la definitiva, hasta su final.

8. La autorización que se pueda desprender del presente informe, se entenderá exceptuando el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. En ningún caso, ni bajo ningún pretexto, el peticionario no adquirirá derecho de propiedad ni de posesión sobre el terreno del Consell Insular de Ibiza o de dominio público que se ocupe con la obra de la instalación solicitada. Este informe no supondrá la asunción por parte de esta Administración pública de ningún tipo de responsabilidad respecto del titular o de terceros.

9. La ejecución de las obras a que se refiere este informe será objeto de vigilancia por parte del personal del Consell Insular de Ibiza encargado la explotación de las carreteras, que podrá exigir la presentación de la correspondiente autorización. Para poder cumplir este requisito, la mencionada autorización tendrá que estar en la obra durante toda su duración.

10. Este informe se expide a los únicos efectos de lo que prevé la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la CAIB, y por tanto no exime de la obligación de obtener las licencias y las autorizaciones que la legislación vigente exija en virtud de las competencias concurrentes atribuidas a esta o a otras administraciones públicas.

11. La autorización que se pueda desprender del presente informe se tendrá que ejercitar en el plazo de un año a partir del día siguiente al de la fecha de recepción del presente escrito, y quedará sin efecto una vez haya transcurrido el mencionado plazo de un año.

-Resolución n.º 2021000312 del consejero ejecutivo del Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación turística y Lucha contra el Intrusismo del informe anterior.

- Informe del Servicio de Ordenación del Territorio del Consell Insular de Ibiza que concluye:

«Dado que las instalaciones previstas se encuentran recogidas en:

- El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la Revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Islas Baleares (BOIB n.º 143 de 27.09.2005).

- En la «Modificación de aspectos puntuales de la Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía eléctrica 2015-2020», aprobada por el Consejo de Ministros de 27 de julio de 2018.

Considerando el artículo 24.2 (transcrito) de Ley 6/1997, de 8 de julio del Suelo Rústico de las Islas Baleares.

Por lo tanto, no es exigible la previa declaración de interés general, en cuanto a la parte del proyecto que transcurre por suelo rústico.

Este informe se emite sin perjuicio otros informes y/o autorizaciones oportunas.»

-Informe del Servicio de Patrimonio del Consell Insular de Ibiza que indica:

«A nivel de patrimonio histórico, la única referencia en los documentos presentados es esta :

2.2.4 Patrimonio cultural

Si durante la ejecución de las obras apareciesen restos arqueológicos y/o paleontológicos, se informará a las autoridades competentes y se pararán los trabajos hasta la adopción de las medidas oportunas.

Por otro lado, y en relación al tema de referencia, se observa que el proyecto comporta numerosos movimientos de tierra en sectores muy ricos a nivel arqueológico, como han demostrado tantas intervenciones preventivas.»

Y concluye:

«En conclusión se tendrá que prever un control arqueológico, a pie de obra, de los movimientos de tierra por parte de técnico cualificado, puesto que la propuesta mencionada no es ni eficaz, ni operativa, al ser casi imposible de apreciar los dichos restos desde las máquinas pesadas que se emplean actualmente.

No se hacen otras objeciones u observaciones desde el punto de vista del Patrimonio.

-Informe y segundo informe del área de Medio ambiente del Consell de Ibiza concluye:

«se considera que la correcta diagnosis ambiental y adecuada valoración de impactos determinan que con la aplicación de las pertinentes medidas preventivas el proyecto se considere ambientalmente viable.»

-Informe favorable con condicionantes del Servicio de Salud Ambiental de la Dirección General de Salud Pública y Participación:

«1. Cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras indicadas en el Estudio de Impacto Ambiental de referencia.

2. Los riegos de caminos y limpieza de zona de obra se hará con agua regenerada, evitando así el consumo innecesario de agua de consumo humano.

3. El EIA indica que los valores de campos electromagnéticos generados por el cable no son significativos. Se considera necesario realizar un seguimiento de estos valores durante la vida útil de la instalación para evitar afecciones en la población.»

-Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo de la D.G. de Espacios Naturales y Biodiversidad indica:

Considerando los elementos del entorno, las características del proyecto y la documentación aportada, el Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo en cuanto al riesgo de incendio forestal, la gestión forestal y protección del suelo, dentro del trámite de consulta a las administraciones públicas afectadas:

1. Época de peligro de incendios forestales: se cumplirán las medidas de prevención durante la época de peligro de incendios forestales establecidas en la Directiva 98/37/CE, de 22 de junio, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre máquinas, en cuanto a las determinaciones con relación al riesgo de incendio y al art. 8.2.c del Decreto 125/2007. Este artículo hace referencia a la utilización de maquinaria y equipos, en terreno forestal y áreas contiguas de prevención, que puedan generar deflagración, chispas o descargas eléctricas susceptibles de provocar incendios forestales, en estos casos se tiene que disponer, para uso inmediato, de extintores de mochila cargados y de las herramientas adecuadas que permitan sofocar cualquier conato que se pudiera provocar. Así mismo, las obras se realizarán preferentemente fuera de la época de riesgo de incendios, es decir, por norma general entre el 16 de octubre y el 30 de abril, quedando en todo caso paralizadas los días de máximo riesgo de incendio.

2. Franja de prevención de incendios forestales: dado que se trata de una edificación limítrofe a zona forestal, de acuerdo con el decreto ley 1/2016, el Código Técnico de Edificación (CTE), el art. 11 del Decreto 125/2007 y el punto 4.3 de la norma 9 del Plan Territorial Insular de Ibiza y Formentera habrá que cumplir las siguientes condiciones para las instalaciones:

Anchura y características de la franja: tiene que haber una franja de 30 metros de anchura separando la zona edificada de la forestal, con baja carga de combustible vegetal, así como un camino perimetral de 5 metros, que podrá estar incluido en esta. Esta franja, que es a partir del límite construido, se hará según concrete sobre el terreno el Agente de medio ambiente y se recomienda, a efectos de prevención y de autoprotección de incendios forestales, que tenga las siguientes características:

a. Arbolado: distancia entre copas mínimo 3 m, podados a un mínimo de 3 m de altura.

b. Matorrales: fracción de cabida cubierta por matorrales inferior al 30%. Los matorrales tendrán una distancia entre ellos de un mínimo de 3 m. en todos los casos se respetarán las especies vegetales amenazadas especificadas en la normativa vigente. Se tiene que romper la continuidad entre las especies arbustivas y las arbóreas.

c. Restos vegetales: se tendrán que retirar o tratar los restos vegetales en un plazo máximo de 20 días desde su generación.

3. Los tramos de red aérea que atraviesa terreno forestal, se adecuará una franja en su corredor de 5 metros a cada lado de este y cobertura arbórea y arbustiva máxima del 50% de fracción de cabida cubierta. En los casos de presencia de pies arbóreos que comporten un peligro de contacto con los conductores, tendrán que ser talados en conformidad con la reglamentación sectorial vigente.

4. Mantenimiento de las medidas de prevención: todas las actuaciones silvícolas tendrán que tener un mantenimiento periódico para garantizar el cumplimiento de sus funciones preventivas.

5. Las obras de mantenimiento temporal se realizarán preferentemente fuera de la época de riesgo de incendios, es decir, entre el 16 de octubre y el 30 de abril y se adoptarán en todo caso las medidas preventivas necesarias para la eliminación de cualquier riesgo de incendios, extremando el cumplimiento de las normas de prevención de incendios y, en especial, se tomarán las medidas establecidas en el artículo 8.2.c del Decreto 125/2007.

6. Los operarios participantes en las obras serán instruidos en la existencia de riesgo de incendio forestal, en las medidas de prevención a adoptar, en las actuaciones inmediatas a efectuar ante un conato de incendio y conocerán el número telefónico de comunicación en caso de incendios forestal (112).

En cualquier can, os recordamos la responsabilidad de los propietarios del desempeño de la legislación adecuada según el tipo de instalación o construcción y del uso responsable de los medios o de los daños que un incendio forestal pueda causar.

-Informe favorable con condicionantes del Servicio de Estudios y Planificación de la Dirección General de Recursos Hídricos:

« En relación a las aguas residuales, el depósito estanco de acumulación tendrá que cumplir con las condiciones y con lo establecido en el artículo 80 y el Anexo 3 del PHIB 2019:

«Los depósitos estancos de vaciado periódico tienen que estar homologados y disponer de marcado CE. Los sistemas prefabricados tienen que cumplir el conjunto de normas UN E-EN 12566».

Dado que la zona presenta un nivel de la vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos moderado - alto, se atenderá a lo que dispone el art. 2 punto 1 c) del Decreto Ley 1 /2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística:

«Durante la ejecución de las obras, se tienen que adoptar las máximas precauciones para evitar el vertido de sustancias contaminantes, incluidas las derivadas del mantenimiento de las maquinarias»

-Alegaciones:

- Nieves Tur Torres, como titular de varias parcelas afectadas, presenta alegaciones al trámite de información pública de los proyectos.

- Ramon Baradat Fontanet, como representante de José Mayans Marí, Emilia Mayans Marí, Bartolomé Mayans Marí y Carmen Mayans Marinos, titulares de varias parcelas afectadas, presenta alegaciones al trámite de información pública de los proyectos.

En relación a las respuestas de REE a las alegaciones de los particulares, estas se remiten a los mismos en fecha 14 de mayo de 2021. Ramon Baradat, recibió escrito de respuesta en fecha 18 de mayo, por lo tanto, ha finalizado el plazo para alegar. Nieves Tur Torres presenta un nuevo escrito de alegaciones el 24 de mayo de 2021, indicando que se opone a la aprobación de todos los expedientes en exposición pública, solicitando entre otros, información adicional de los planos de afección a sus parcelas. Por este motivo, se da traslado nuevamente al promotor el 01/06/21 de este escrito de alegaciones para que puedan aportar la documentación solicitada por la interesada. En fecha 23 de julio aportan nuevamente informe de respuesta a las alegaciones, que se remiten a Nieves Tur Torres en fecha 26/07/21. Como respuesta, esta aporta un tercer escrito de alegaciones en fecha 03/08/21, indicando la necesidad de disponer de planos exactos, mediciones y concreciones de las actuaciones a sus parcelas.

 

Evaluación de impacto ambiental

Alternativas

Las alternativas presentadas de acuerdo con la viabilidad técnica, económica, social y ambiental:

Alternativa 0: La no ejecución del proyecto, se descarta. Para descartarla, indican que la no ejecución del proyecto impediría obtener los objetivos del proyecto, tal como, la estabilidad del sistema eléctrico de la isla y reforzar la garantía del suministro en distribución.

Alternativa 1: la alternativa propuesta para ejecutar el proyecto.

Alternativa 2: proponen realizar el proyecto con la construcción de la nueva subestación en el oeste de la ubicación del actual SE San Jorge 66 kV.

Alternativa 3: plantean la nueva subestación fuera de edificio y con una área de ampliación mayor que las otras alternativas.

Para definir la alternativa más adecuada presentan una tabla comparativa, valorando de menos favorable () además favorable (**), cada uno de los elementos del medio considerados:

Variable

Alternativa 1

Alternativa 2

Alternativa 3

Atmósfera y cambio climático

**

**

*

Geomorfología y suelo

**

**

**

Hidrología e hidrogeología

***

***

***

Hábitats

**

**

**

Vegetación

**

**

**

Fauna

**

*

*

Espacios protegidos

***

***

***

Paisaje

**

*

*

Patrimonio cultural

**

**

**

Ocupación temporal y permanente

***

**

*

Medio socioeconómico

***

***

***

Viabilidad técnica y económica

***

**

*

Total

29

25

22

La alternativa 1 es la que obtiene mayor puntuación. Por un lado, la principal diferencia entre las alternativas en el ámbito técnico es la viabilidad. La más viable desde el punto de vista técnico y económico es la alternativa 1.

Por otro lado, en el ámbito ambiental, las alternativas 2 y 3 suponen una mayor posible afección a la avifauna; la alternativa 3 supondría una mayor afección a la atmósfera por no tener sistemas de contención en caso de producirse escape de gases; la ocupación de la alternativa 3 es la mayor de las 3 alternativas; las alternativas 2 y 3 supondrían mayor impacto paisajístico que la alternativa 1, que tiene menos apoyos que la alternativa 2 y por la dificultad de disimular la ubicación de la subestación sin cubierta y la altura de las instalaciones de la alternativa 3.

Principales impactos de la alternativa escogida y su corrección

En el estudio de impacto ambiental se presenta una identificación y valoración de los impactos ambientales que producirá el proyecto sobre el entorno en cada una de las fases del proyecto. Para la identificación y valoración de los impactos ambientales se ha utilizado la técnica de las matrices a partir de la consideración de sus características más significativas, así como de la importancia de cada recurso y se ha estructurado en los siguientes ámbitos: medio físico, medio biótico, paisaje, territorio, patrimonio, y medio socioeconómico.

En la fase de construcción, se proyecta la instalación de las nuevas líneas y la ampliación de la subestación con las actuaciones previas de acondicionamiento del terreno, se han identificado las siguientes actividades productoras de impactos:

-Tendidos eléctricos:

a) Apertura y acondicionamiento de accesos:

-Desbroces.

-Movimientos de tierras.

 

-Ocupación temporal de suelo.

b) Excavación de zanjas y construcción de cámaras de entronque:

-Desbroces

-Movimientos de tierras

c) Tráfico de maquinaria y transporte de materiales y equipos.

d) Hormigonado.

e) Instalación de apoyos.

f) Tendido de conductores.

- Ampliación de la subestación existente y construcción de la nueva subestación:

a) Obra civil y edificación:

- Movimientos de tierras.

- Drenajes y saneamientos.

- Fundamentaciones, viales y canales de cable.

- Accesos.

- fundamentaciones por transformadores y bancadas para recogida de aceites.

- Edificio GIS de mando y control.

- Cierre.

b) Instalación y aparamenta:

- Equipos con aislamiento en SF6 (Celdas GIS).

- Transformadores.

- Conductores.

- Tendido.

- Conexiones a tierra.

c) Red de tierras.

d) Instalación de estructuras metálicas.

e) Instalación de alumbrado y fuerza.

f) Instalación de sistema antiintrusismo y sistema contraincendios.

En la fase de funcionamiento se han identificado las siguientes actuaciones productoras de impacto:

a) Subestaciones eléctricas.

b) Infraestructuras de transporte eléctrico.

c) Transporte de energía eléctrica.

d) Mantenimiento.

En la fase de desmantelamiento se contempla el desmantelamiento del apoyo existente T-24 de la línea San Antonio-San Jorge:

a) Picado de la cimentación.

b) Desmontaje de conductores y cable.

c) Desmontaje del apoyo.

d) Restauración del terreno.

Los principales impactos que se pueden producir con la ejecución del proyecto:

Sobre el medio físico:

1-Impacto sobre la calidad del aire: emisiones de gases contaminantes y polvo por parte de la maquinaria y vehículos utilizados en la obra. Estas emisiones se producirán tanto en la fase de ejecución como la de desmantelamiento.

En la fase de explotación se producirán emisiones de las equipaciones de las subestaciones (grupos electrógenos, etc.) que consumen combustibles fósiles y por los campos electromagnéticos y el efecto corona de los tendidos eléctricos.

El EsIA indica que adoptarán las medidas preventivas adecuadas que incluyen revisiones y mantenimientos adecuados de la maquinaria y los equipos, además de la aplicación de medidas preventivas en el diseño de la línea y las subestaciones para minimizar los efectos del campo electromagnético y el efecto corona.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: la maquinaria tendrá el marcaje de la CE y cumplirá con los estándares de emisión establecidos en la Ley 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Islas Baleares, además de ITV y de contar con catalizador, limitación de velocidad a 30 km/h, los acopios de tierra almacenada se tendrán el mínimo de tiempo posible, riegos de viales en verano y primavera, los camiones de transporte irán cubiertos con lonas.

El Servicio de Cambio Climático y Atmósfera indica que:«1. En la fase de construcción se tendrían que tener en cuenta buenas prácticas para prevenir la emisión de contaminantes a la atmósfera.

2. Recordar a los órganos encargados de desarrollar la red de distribución eléctrica, la Secretaría de Estado de Energía, y la Dirección General de Energía y Cambio Climático, de la necesidad de dar cumplimiento a la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, y más específicamente en los artículos 44 y 55.» En este sentido, se incluirá el punto 1 como condicionante en el apartado de conclusiones de la presente DIA y el punto 2 como recordatorio.

El servicio de Salud Ambiental indica: «2. Los riegos de caminos y limpieza de zona de obra se hará con agua regenerada, evitando así el consumo innecesario de agua de consumo humano.

3. El EIA indica que los valores de campos electromagnéticos generados por el cable no son significativos. Se considera necesario realizar un seguimiento de estos valores durante la vida útil de la instalación para evitar afecciones en la población.»

Ambos condicionantes se incluirán en el apartado de conclusiones de la presente DIA.

2-Ruidos: las emisiones de ruidos serán producidas por la maquinaria necesaria para hacer los trabajos de construcción y desmantelamiento.

En la fase de funcionamiento se producirán los ruidos asociados a las líneas aéreas (irrelevantes) y los equipos de las subestaciones.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: toda la maquinaria tendrá el marcaje de CE y cumplirá con los estándares de emisión establecidos en la Ley 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Islas Baleares, cumplir con la legislación vigente de emisiones de ruido, y el horario se limitará de 08-22 horas.

3-Contaminación lumínica: corresponde a la fase de explotación de la subestación, en la que la luminaria empleada en la subestación generará el impacto.

En el EsIA no se incluyen medidas para minimizar este impacto.

La disposición adicional cuarta de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad

del aire y protección de la atmósfera (BOE núm.275 de 16-11-2007) encomienda a las

administraciones públicas, dentro del ámbito de sus competencias, que promuevan la prevención y reducción de la contaminación lumínica para preservar al máximo posible las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio de la fauna, la flora y los ecosistemas en general. En este sentido, se incluirá como condicionante en el apartado de conclusiones.

4- Cambio Climático: corresponde a la fase de construcción, se realiza el llenado de las celdas de la subestación con el gas SF6 y a la fase de funcionamiento que se pueden producir escapes por deterioro o ruptura de las instalaciones que los contienen.

El EsIA indica que por la cantidad de gas empleada y con la aplicación de medidas pertinentes (sistema de recogida de gases, llenado por parte de especialistas y una buena gestión de las botellas vacías o medio usadas) provocan que el impacto sea compatible.

Aun así, el aislamiento de celdas con SF6 puede suponer una contribución importante al calentamiento global, el principal problema medioambiental que tiene es que una vez liberada, es un agente intensificador del efecto invernadero, teniendo un potencial de calentamiento global y un tiempo de vida a la atmósfera muy elevado, por lo que se tiene que evitar cualquier escape de este gas.

Por esta razón, en las conclusiones del presente documento se indicarán las medidas correctoras, preventivas y compensatorias para minimizar el impacto.

5.- Alteración del suelo: en la fase de construcción se produce la instalación de 2 nuevos apoyos y el paso de la maquinaria que puede producir compactación o erosión del suelo al circular. La ocupación temporal de terrenos será:

- En el camino de acceso de la zona de la subestación 3.155 m².

- Demolición y reconstrucción de muros de piedra seca 1.522 m².

- Alrededores de la SE 1.311 m².

- Cambio topológico línea aérea 8.977 m².

Durante la explotación, es la presencia de las mismas instalaciones que producen una ocupación permanente del suelo:

-La ocupación de pleno dominio de la nueva SE San Jorge 132 kV tendrá una superficie total de 6.881 m². Además, se produciría una ocupación de pleno dominio en las fincas privadas del camino de acceso de 373 m².

-La servidumbre subterránea permanente de la línea San Jorge – Bossa 132 kV en el camino de acceso será de 233,4 m².

-La línea aérea Ibiza – San Jorge 66 kV tendrá una superficie de ocupación permanente de 495 m².

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: circulación de vehículos y maquinaria restringida en las zonas condicionadas al efecto, se minimizarán la apertura de nuevos viales, las excavaciones se tendrán abiertas el mínimo de tiempo posible, minimización de los movimientos de tierras; reutilización de tierras en el ámbito de actuación, restauración de terrenos, etc.

7.- Contaminación del suelo: en la fase de construcción y desmantelamiento se pueden ocasionar por accidente o por mala gestión de los materiales utilizados y generados en la obra. Para la fase de funcionamiento, se pueden producir derrames de material combustible o sustancias peligrosas de los grupos electrógenos y otros equipos de la subestación.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: revisión de maquinaria para evitar derrames de lubricantes y combustibles; las tareas de limpieza, mantenimiento y reparación de la maquinaria se hará en talleres autorizados, en caso de tenerse que realizar en las instalaciones protegerán el suelo con materiales impermeables y se dispondrá de medios para recoger los derrames; gestión adecuada de los residuos; las hormigoneras no podrán descargar el sobrante de hormigón ni se podrá hacer la limpieza de los tanques y otros utensilios en la obra; aplicación de sistemas de retención y recogida de derrames de aceites y fluidos; instalación de una red de saneamiento; etc.

- El informe del Servicio de Estudios y Planificación condiciona su favorable a:

«En relación a las aguas residuales, el depósito estanco de acumulación tendrá que cumplir con las condiciones y con lo establecido en el artículo 80 y el Anexo 3 del PHIB 2019:

«Los depósitos estancos de vaciado periódico tienen que estar homologados y disponer de marcado CE. Los sistemas prefabricados tienen que cumplir el conjunto de normas UN E-EN 12566».

Dado que la zona presenta un nivel de la vulnerabilidad a la contaminación de acuíferos moderado - alto, se atenderá a lo que dispone el art. 2 punto 1 c) del Decreto Ley 1 /2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística:

«Durante la ejecución de las obras, se tienen que adoptar las máximas precauciones para evitar el vertido de sustancias contaminantes, incluidas las derivadas del mantenimiento de las maquinarias»

En este sentido, se incluirán los condicionantes en las conclusiones de la DIA.

8.- Hidrología Superficial: en la fase de ejecución y desmantelamiento se podrían producir derrames de maquinaria ocasionados por accidentes o negligencias. Las tareas de excavación pueden afectar a la red superficial de drenaje tanto por el uso de materiales impermeables, que dificulten el paso del agua en el subsuelo, como por la mezcla de aguas contaminadas de las obras con aguas pluviales.

Teniendo en cuenta que no habrá grandes movimientos de tierras asociados al proyecto, las alteraciones del drenaje superficial de la zona no serán significativas.

En la fase de funcionamiento, no se generarán residuos, por lo tanto, no habrá riesgo de contaminación.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: red de drenaje que separe las aguas pluviales externas de las que atraviesan la zona de explotación; evitar el uso de materiales impermeables.

9.-Hidrología Subterránea: en la fase de ejecución y desmantelamiento se podrían producir derrames de combustibles o aceites de la maquinaria. En la fase de explotación no se prevén afecciones.

Las medidas propuestas son las mismas que en el apartado de contaminación del suelo.

Sobre el medio biótico:

1.- Vegetación

Los principales potenciales impactos sobre la vegetación:

- Eliminación de la vegetación tanto temporal como permanente.

- Degradación de la vegetación de los alrededores inmediatos a la zona de obras.

- Incremento del riesgo de incendios por el tráfico de maquinaria y personal por zonas naturales.

Se esperan las siguientes afecciones:

-Para la línea aérea Ibiza - San Jorge 66 kV, las actuaciones proyectadas entre los apoyos T-12bis y T-11bis para garantizar las distancias reglamentarias a arbolado (Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 07 del reglamento de líneas y el Decreto 125/2007, de 5 de octubre) afectarán a 5.006 m² de masa forestal, esta superficie está cubierta por Pinus halepensis, Olea europaea var. sylvestris, Pistacia lentiscus y, en menor proporción, Juniperus phoenicea. El EsIA indica que se evitará la tala de esta última especie en lo posible.

Durante la fase de funcionamiento, la afección sobre la vegetación será causada por las tareas de tala y poda por mantenimiento de las distancias de seguridad entre la masa arbórea y el tendido eléctrico.

-Para la línea subterránea Bossa-San Jorge 132 kV se estima que la superficie afectada será de 193 m². En la fase de funcionamiento no se esperan impactos sobre la vegetación.

- Para la ampliación de la SE San Jorge 66 kV y nueva Subestación San Jorge 132 kV, los terrenos que se verán afectados corresponden a cultivos agrícolas de cereales y puntualmente se puede afectar a vegetación arvense. Se estima que los árboles a talar dentro del recinto tienen una superficie total de 64 m².

Por otro lado, el transporte de los elementos a instalar en la subestación requerirá de vehículos de grandes dimensiones, por lo tanto, será necesario ampliar caminos eliminando la vegetación colindante. Se estima que las talas necesarias para adecuar el camino tendrá una superficie total de 209 m².

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: aprovechar al máximo la red de viales preexistentes; se evitará el paso o estacionamiento de vehículos y maquinaria por las superficies con vegetación natural que no estén proyectadas; los residuos vegetales serán retirados antes de 10 días; se harán tareas de revegetación de zonas afectadas que se encuentren fuera de servidumbre de los tendidos eléctricos; técnicas de desbroce que favorezcan la revegetación por especies autóctonas, prohibir el uso de herbicidas y fuego; etc.

No se indica la superficie de revegetación, ni tampoco se compensa la ocupación del territorio. Se tendrá en consideración en el apartado de conclusiones de la presente DIA.

2. Fauna

En la fase de construcción, las molestias a la fauna se producirán por el tráfico de maquinaria pesada que produce ruidos y polvo, además del riesgo de atropello de especies de medida pequeña y poca movilidad. Las principales afecciones se producirán por la tala de vegetación que afectará a las especies que tienen como hábitat las zonas forestales. Hay que destacar la potencial presencia de avifauna que utilizan las zonas forestales como áreas de campeo y nidificación, entre ellas, encontramos las siguientes especies incluidas en el anexo I de la Directiva 2009/147/CE , de 30 de noviembre, relativa a la conservación de las aves silvestres:

• Anthus campestris

• Burhinus oedicnemus

• Calandrella brachydactyla

• Caprimulgus europaeus

• Galerida theklae

En la fase de funcionamiento, las afecciones a la fauna se darán por la presencia de las instalaciones de la subestación y el riesgo de colisión de las aves con la línea, que será mínimo, si se aplican las medidas especificadas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas para la protección de la avifauna contra la colisión en tendidos eléctricos de alta tensión. Otro factor a tener en cuenta es la tala y poda necesaria para mantener las distancias de seguridad de la vegetación con los conductores de la línea.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: preservar las comunidades vegetales afectadas por la obra; minimizar la eliminación de la vegetación; se evitará invadir hábitats; antes de talas, podas y desbroces se comprobará que no haya nidos de especies incluidas en el anexo I de la Directiva 2009/147/CE, de 30 de noviembre; además estas tareas se realizarán fuera del periodo comprendido entre el 31 de marzo y el 30 de junio que se corresponde con la época de nidificación; comprobaciones periódicas de las afecciones en el comportamiento y los usos de hábitat de la fauna; a la hora de ejecutar el tendido eléctrico se tendrá en cuenta el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.

Sobre el Paisaje

En las fases de construcción y desmantelamiento, la presencia de maquinaria y los acondicionamientos de zonas de trabajo causarán un leve impacto visual, que desaparecerá una vez finalizadas las obras.

En la fase de explotación, el impacto sobre el paisaje estará producido principalmente por la presencia de la subestación, y mínimamente por la presencia de los nuevos apoyos.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: limitar las áreas de utilización de la maquinaria; restauración de las superficies afectadas; construcciones temporales ubicadas en zonas de bajo impacto visual; técnicas de mimetización para integrar la subestación; restaurar los muros de piedra seca.

Sobre el territorio

El único riesgo natural sobre el que el proyecto puede tener influencia es sobre el riesgo de incendio forestal. El proyecto se encuentra muy próximo a un área de alto riesgo de incendio.

En la fase de construcción y desmantelamiento, la presencia de trabajadores y maquinaria aumenta el riesgo de incendio, cualquier negligencia o accidente puede provocar un incendio. En cuanto a fase de explotación, el riesgo es mínimo, se podría producir por la ruptura de un conductor.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: prohibición de encender fuego; de fumar; mantenimiento de los caminos, pistas, fajas cortafuegos... libras de obstáculos y limpios de residuos; retirar los residuos vegetales antes de los 10 días; almacenamiento de productos inflamables alejados de fuentes de calor; maquinaria tiene que cumplir con la DIRECTIVA 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006; disponer de equipos de extinción; establecer normativa por el abastecimiento y estacionamiento de la maquinaria; etc.

En este sentido, el Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo realizó una serie de observaciones que serán incluidas la parte de condicionantes de la presente DIA.

Sobre el patrimonio

Los BICs y Bienes catalogados próximos al ámbito del proyecto no se verán afectados. En cambio, sí que se afectará el muro de piedra seca situado en el camino existente de acceso a la subestación. La longitud afectada será de aproximadamente 432 metros.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: minimizar la afección sobre el muro de pared seca, solicitar las autorizaciones pertinentes, tareas de restauración al estado inicial realizado por margers; si durante las obras se encontrara algún elemento de patrimonio no identificado en los estudios previos, se paralizarían las obras y se informará a la Administración.

Conviene destacar, que el informe del Servicio de Patrimonio indica: se observa que el proyecto comporta numerosos movimientos de tierra en sectores muy ricos a nivel arqueológico, como han demostrado tantas intervenciones preventivas.» en las conclusiones indica: «se tendrá que prever un control arqueológico, a pie de obra, de los movimientos de tierra por parte de técnico cualificado, puesto que la propuesta mencionada no es ni eficaz, ni operativa, al ser casi imposibles de apreciar dichos restos desde las máquinas pesadas que se emplean actualmente. Esta conclusión será recogida en el apartado de condicionantes de esta DIA.

Sobre el medio socioeconómico

1.-Población

La realización de las obras, tanto en la fase de construcción como de desmantelamiento, supondrá molestias en la población de la zona, principalmente por la generación de ruidos y cortes de vías de paso o de circulación.

Las medidas preventivas y correctoras propuestas: señalización de las zonas afectadas por las obras indicando el estado, tiempo de ejecución y el horario de afección; hacer los trabajos en las horas menos molestas, así como evitar trabajos nocturnos; ejecutar las obras en el menor tiempo posible; los transportes en los horarios de menos tráfico; evitar afecciones a las estructuras existentes; extremar las precauciones a la hora de hacer las zanjas.

2.-Actividad económica:

La ejecución del proyecto se considera que tendrá un efecto positivo, fomentando el consumo de bienes y servicios.

3.- Abastecimiento energético:

El objetivo del proyecto es reforzar la estabilidad del sistema eléctrico de transporte de la isla y la garantía de suministro en distribución. Una vez finalizadas las obras se producirá una mejora del suministro eléctrico, por lo tanto, supone un impacto positivo.

Valoración de los Impactos :

Una vez identificados los factores ambientales del entorno al proyecto, así como las actividades del proyecto productoras de impacto; los principales impactos producidos sobre el medio abiótico, medio biótico y el medio socioeconómico; y que se han establecido las medidas preventivas y correctoras para minimizar los impactos; se realiza una caracterización y valorización de los impactos residuales:

Dadas las características y condiciones de la zona y del proyecto el impacto es perfectamente asimilable por el medio. Todos los impactos se han valorado como compatibles, principalmente porque no se trata de una zona de especial relevancia ambiental, la poca entidad de las actuaciones a desarrollar, y dada la existencia de infraestructuras eléctricas similares en la zona.

Plan de Vigilancia Ambiental:

El EsIA indica que realizará un PVA que incluirá todas las medidas correctoras y preventivas propuestas en el apartado 10 “MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS” además de las adicionales que se formulen en la presente DIA. En este sentido, antes de recibir la aprobación del proyecto por parte del órgano sustantivo se tendrá que remitir copia del Plan de Vigilancia Ambiental, que hace falta que defina unos indicadores claros y específicos para hacer el seguimiento objetivo y documentado de la efectividad de las medidas correctoras y preventivas en cada una de las fases del proyecto, además, de incluir las actuaciones que se llevarán a cabo en el supuesto de que las medidas no obtengan el resultado deseado, tanto en el órgano ambiental como en el sustantivo. Estos condicionantes, se incluirán en el apartado de conclusiones de la presente DIA.

El proyecto tiene un presupuesto de 7.519.032 € para la nueva subestación San Jorge a 132 kV, de 127.162 € para el cambio topológico en la línea aérea-subterránea 66 kV SC Ibiza-Bossa 1 para generar la línea aérea Ibiza-San Jorge 1 y de 1.166.192,4 € por la Línea subterránea 132 kV DC Bossa-San Jorge 1-2. ,razón por la que y de acuerdo con el artículo de acuerdo con el artículo 33 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares, aprobado por Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, se designará un auditor ambiental.

El presupuesto destina las siguientes partidas por el seguimiento ambiental:

Medida

Medición

Precio unitario

Coste

Supervisión ambiental en obra

64 jornadas

300 €/jornada

19.200 €

Supervisión arqueológica en obra

64 jornadas

300 €/jornada

19.200 €

Elaboración PVA

1 unidad

1.300 €/unidad

1.300 €

Curso de buenas prácticas ambientales

1 curso

1.500 €/curso

1.500 €

Restauración superficies

1.352 m2

4,3 €/m2

5813,6 €

Conclusiones

Por todo lo anterior, se formula la declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto de nueva subestación San Jorge y actuaciones asociadas, en el TM de Sant Josep de sa Talaia, Ibiza, dado que previsiblemente no se producirán impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias del EsIA firmado por Mariló Trinidad, Silvia Bassas, Aitor Barroso y Gastón Val el 6 de mayo de 2021, además de los condicionantes siguientes:

1. Antes de la aprobación del proyecto por parte del órgano sustantivo, y con un plazo inferior a tres meses, el promotor tendrá que remitir al órgano sustantivo y a la CMAIB un Plan de Vigilancia con las características que se mencionan en el Estudio de Impacto Ambiental, además de incluir los condicionantes de la presente Declaración de Impacto Ambiental.

2.Se tiene que designar un auditor ambiental dado que el proyecto supera el millón de euros de acuerdo con el artículo 33 del Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares, aprobado por Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, que será responsable de vigilar que se cumplan las medidas preventivas y correctoras a aplicar.

3.Se realizará un inventario de la masa forestal eliminada y se compensará mediante reforestaciones, como mínimo de la misma superficie, en terrenos degradados.

4.La deforestación tiene que ser la estrictamente necesaria para la ejecución de la obra y durante la realización de las obras habrá que cumplir con los condicionantes establecidos en el informe del Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo incluido en el punto 3 «Resumen del proceso de evaluación».

5.Se tendrá que prever un control arqueológico, a pie de obra, de los movimientos de tierra por parte de técnico cualificado.

6.Se atenderá a lo que dispone el art. 2 punto 1 c) del Decreto Ley 1/2016, de 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística: "Durante la ejecución de las obras, se tienen que adoptar las máximas precauciones para evitar el vertido de sustancias contaminantes, incluidas las derivadas del mantenimiento de las maquinarias".

7.Se tendrán que establecer medidas para la prevención de polvo y gases durante la fase de construcción. Estas medidas se tienen que incluir en el plan de vigilancia ambiental para registrar su seguimiento. Se recomiendan las medidas indicadas en la Guía de prevención de la contaminación atmosférica en el sector de la construcción:

http://www.caib.es/sites/atmosfera/ca/d/guia_pel_control_de_les_emissions_de_pols_de_la_construccio_i_de_la_demolicio-30632/.

8.Los riegos de caminos y limpieza de zona de obra se hará con agua regenerada, evitando así el consumo innecesario de agua de consumo humano. Para el uso de aguas regeneradas se tendrá que cumplir con el RD 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas.

9.Con relación a las aguas residuales, el depósito estanco de acumulación tendrá que cumplir con las condiciones y con lo establecido en el artículo 80 y el Anexo 3 del PHIB 2019: «Los depósitos estancos de vaciado periódico tienen que estar homologados y disponer de marcaje CE. Los sistemas prefabricados tienen que cumplir el conjunto de normas UNE-EN 12566».

10.Se tiene que prever realizar medidas periódicas del campo electromagnético y se tiene que cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria sobre las emisiones radioeléctricas y en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 o en la normativa que los sustituya.

11.La instalación del alumbrado exterior tendrá que ser de la brillantez mínima, las luminarias no tendrán que tener flujo en el hemisferio superior y se tendrán que instalar dispositivos de detección de presencia que tendrán que ser temporizados para que la duración de la iluminación sea la mínima indispensable para garantizar la seguridad del personal.

12.Se considera necesario mantener, conservar y restaurar todos los tramos de pared de piedra seca que se vean afectados por el desempeño del proyecto, sin perjuicio de admitir el desmontaje de los tramos estrictamente indispensables para poder ejecutar el proyecto. Posteriormente, se tendrá que restaurar a su estado original.

Las restauraciones de los muros de piedra seca tendrán que garantizar el mantenimiento de las características volumétricas de los muros (anchura y altura aproximada), así como de los materiales y técnicas de construcción tradicional (se tendrán que realizar por «margers»): muros a partir de piedra poco o muy poco trabajada, dispuesta en doble fila, correctamente trabada y tasconada sin ningún tipo de mortero de unión, colmatación de la parte central del muro y coronamiento con enlosado.

13.Respecto al gas hexafluoruro de azufre, de las celdas del centro de transformación, durante la fase de explotación se tendrá un protocolo para el transporte, llenado, mantenimiento y vaciado de equipos que utilicen gas (SF6 ); detección de escapes, actuación en caso de escape accidental y control del consumo anual. Se tendrán que compensar las emisiones de gas SF6 mediante reforestaciones, se tendrá que reforestar la superficie necesaria equivalente a las emisiones anuales de SF6.

14.En caso de detectarse la presencia de genista dorycnifolia, se comunicará al Servicio de Protección de Especies, con una propuesta de medidas correctoras dirigidas a evitar la afección.

Se recuerda:

-Que la zona de actuación del proyecto está afectada por los perímetros de restricciones moderadas de 4 pozos de abastecimiento urbano (los pozos se encuentran a menos de 1000 m de la obra). Según el art. 87 del PHIB 2019, dentro del perímetro de restricciones moderadas, la actividad proyectada se entiende como permitida sin perjuicio de las autorizaciones sectoriales preceptivas.

- Tal como indica el informe del Servicio de Cambio Climático y Atmósfera «Recordar a los órganos encargados de desarrollar la red de distribución eléctrica, la Secretaría de Estado de Energía, y la Dirección General de Energía y Cambio Climático, de la necesidad de dar cumplimiento a la Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética, y más específicamente a los artículos 44 y 55.»

Esta DIA se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas, de gestión o territoriales de las administraciones competentes y de las autorizaciones o informes necesarios para la obtención de la autorización.

 

Palma, 25 de febrero de 2022

El presidente de la CMAIB Antoni Alorda Vilarrubias