Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 140769
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se deniegan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo
Hechos
1. El 3 de julio de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.
3. Los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han emitido un informe desfavorable sobre las solicitudes de subvención descritas en el anexo con la motivación que figura en este anexo.
4. El 11 de febrero de 2022 se emitió una propuesta de resolución denegatoria del director general de Energía y Cambio Climático (BOIB núm.25, de 15 de febrero de 2022)
5. Se ha agotado el plazo de diez días hábiles que se concedía para presentar alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).
4. El Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el cual se aprueba la concesión directa de ayudas en las comunidades autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVESIII) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. (BOE n.º 89, de 14 de abril de 2021).
5. La Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 88, de 3 de julio de 2021).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Denegar la concesión de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el motivo que figura en el anexo.
2. Declarar concluido el procedimiento y, por lo tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 4 de marzo de 2022
El director general de Energía y Cambio Climático José Guillermo Malagrava Rigo Por delegación del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos (BOIB núm. 31, de 4/3/2021)
ANEXO
Listado de beneficiarios propuestos para denegarles la subvención
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Motivo denegación |
---|---|---|---|---|
MOVES III - 141/2021 |
Julián Verdera Ribas |
***3234** |
Adquisición vehículo eléctrico |
No se cumplen los puntos 4.2.g).ii. y 11.3.1.f) de las bases de la convocatoria. La factura de compraventa del vehículo no incorpora el descuento por parte del fabricante/importador o punto de venta de al menos 1.000 € para la adquisición de vehículos de categorías M1 y N1, que tendrá que reflejarse antes de la aplicación del IVA, punto 4.2.g).ii. y el punto 11.3.1.f) |
MOVES III - 158/2021 |
Paul Bundred |
****5932* |
Implantación infraestructura recarga de vehículo eléctrico |
El solicitante de la ayuda no cumple el punto 2.1.b) de las bases de la convocatoria, al no tener domicilio en las Islas Baleares. |
MOVES III – 366/2021 |
Automóviles Llucmajor, S.L. |
***4766** |
Implantación infraestructura recarga de vehículo eléctrico |
La fecha de la factura de la inversión es anterior a la fecha de registro de la solicitud y a la fecha de inicio establecida a las bases de la convocatoria, por lo cual se incumple el apartado 4.1.a) y 4.1.c) de las bases de la convocatoria. |