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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 140540
Resolución de presidencia núm. 441, de 15 de febrero, relativa al nombramiento de los miembros de la comisión antifraude del Consejo Insular de Formentera

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Texto

La Sra. ANA JUAN TORRES, presidenta del Consell Insular de Formentera. 

El Consell Europeo aprobó el 21 de junio de 2020 la creación del programa Next Generation EU, un instrumento de estímulo económico en respuesta a la crisis causada por el coronavirus. El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR), establecido a través del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consell, de 12 de febrero de 2021, es el núcleo de este Fondo de Recuperación. 

El MRR tiene cuatro objetivos:

  • promover la cohesión económica, social y territorial de la UE;
  • fortalecer la resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados Miembros;
  • mitigar las repercusiones sociales y económicas de la crisis de la COVID-19;
  • y dar soporte a las transiciones ecológica y digital. 

Para alcanzar estos objetivos, cada Estado Miembro ha diseñado un Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia que incluye las reformas y proyectos de inversión necesarios para alcanzar estos objetivos. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español (en adelante PRTR) tiene cuatro ejes transversales que se vertebran en diez políticas palanca. Estos cuatro ejes son:

  • la transición ecológica,
  • la transformación digital,
  • la cohesión social y territorial
  • y la igualdad de género. 

Para hacer efectivas las iniciativas planteadas al PRTR, las Administraciones Públicas deben adaptar los procedimientos de gestión y el modelo de control. Algunas medidas de agilización se establecieron mediante el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

Además, es necesaria la configuración y el desarrollo de un sistema de gestión que facilite la tramitación eficaz de las solicitudes de desembolso a los servicios de la Comisión Europea. Para ello se ha aprobado la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Entre las previsiones de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, destaca la obligación que impone y desarrolla el artículo 6 que, con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consell, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, impone España en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión como beneficiario del fondo del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que os permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables,  en particular, por lo que respecta a la prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflictos de intereses. 

En cumplimiento de este mandato, el Consell Insular de Formentera deberá aprobar un modelo de Plan de medidas antifraude que gestione proyectos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Su objeto es definir las principales acciones que hay que adoptar para evitar el mal uso o el fraude a los recursos financieros del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con la finalidad de prevenir, detectar y establecer medidas correctoras para que los recursos financieros procedentes de la Unión Europea no se malgasten y cumplan los importantes fines para los que están asignados. 

Este plan, se configurará como un instrumento de planificación vivo y flexible, en la medida en que se podrá ir modificando conforme puedan dictarse instrucciones, normativa o guías para la elaboración de estos planes de medidas antifraude, así como pretende estar en continua revisión en relación a cada una de las actuaciones planteadas en la lucha contra el fraude para perfeccionarlas. Este plan se estructurará de acuerdo con las medidas que el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre determina, alrededor de las cuatro áreas clave del denominado ciclo antifraude:

  • prevención,
  • detección,
  • corrección y
  • persecución

y será aplicable, exclusivamente, a las actuaciones que lleve a cabo este organismo para la ejecución del fondo del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, dentro de sus obligaciones establecidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

Atendiendo a todo lo anterior es necesaria la constitución de una Comisión Antifraude del Consell Insular de Formentera que tendrá todas las funciones ya mencionadas anteriormente, y que será la que pueda hacer un buen trabajo en muchos aspectos, y concretamente, participar en las gestiones pertinentes para la solicitud de las ayudas Next Generation.  

Por todo lo anterior, por las competencias que tengo atribuidas, y concretamente por el artículo 9 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consells Insulars de las Illes Balears, y el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de regulación de bases de régimen jurídico de las Illes Balears, dicta la siguiente  

RESOLUCIÓN 

Primero. Nombrar a las siguientes personas, como miembros de la Comisión antifraude del Consell Insular de Formentera: 

Presidente:             Titular: Sr. Ángel Custodio Navarro Sánchez, secretario de la corporación.

                               Suplente: Sra. Paola Sales Jiménez 

Secretario:              Titular: Sra. Cristina Sánchez Linares

                               Suplente: Sra. Covadonga Bravo Gutiérrez 

Vocal:                     Titular: Sr. Pablo Serra Serra, Interventor de la corporación.   

                               Suplente: Sr. José R. Burches Sarrión 

Vocal:                    Titular: Sr. Enric Escanellas Colomar           

                               Suplente: Sra. Francisca Serra Ribas 

Segundo. Publicar el presente Decreto de presidencia, en la web de la corporación, www.conselldeformentera.cat y en su tablón de anuncios. 

Tercero.- Publicar el presente Decreto de presidencia, en el portal de transparencia de la corporación.  

Cuarto.- Publicar este Decreto de presidencia, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). 

Quinto.- Notificar el presente Decreto de presidencia a la Oficina de prevención y lucha contra la corrupción en las Islas Baleares.  

Sexto.- Dar cuenta al Pleno del Consell Insular de Formentera de este Decreto de Presidencia, en su próxima sesión. 

Séptimo.- Dar cuenta de este Decreto de Presidencia a las personas interesadas, mencionadas en el punto primero. 

Formentera, con fecha de la firma electrónica. 

La presidenta,                                                     El secretario accidental,  

Ana Juan Torres                                                 Joan Ferrer Yern   

Lo que se hace público para generar el conocimiento.

 

Formentera, 14 de marzo de 2022

La presidenta Ana Juan Torres