Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
Núm. 140316
Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y el depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del Acta de la Comisión Negociadora del convenio colectivo de la empresa Avanza Facility Services, S.L. y su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (código de convenio 07100242012014)
Antecedentes
1. El 13 de diciembre de 2021, la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Avanza Facility Services, S.L. aprobó la ampliación de la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2025, de lo que se levantó acta de sesión.
2. El 16 de diciembre de 2021, Antonio Linde Olmedo, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Avanza Facility Services, S.L., en la que se acuerda la ampliación del período de vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2025, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.
2. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
3. Hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es su traducción.
4. Publicar el Convenio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de febrero
La directora general de Trabajo y Salud Laboral
Virginia Abraham Orte
Por delegación del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajol
(BOIB 97/2019)
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA AVANZA FACILITY SERVICES, S.L. (código 07100242012014)
En Palma a 13 de diciembre de 2021, siendo las 9:00 h., en la sede de la Empresa AVANZA FACILITY SERVICES, S.L. se reúnen:
Por la Empresa:
D. Ángel Llull Navarro, con DNI 43031153Q, en representación de la Empresa AVANZA FACILITY SERVICES, S.L., con CIF B07320211, domiciliada en Marratxí (07141), C/ Ollers, 32.
Por la representación legal de los trabajadores:
Dª Antonia Morro Palmer, con DNI 43087773-X, como delegada de personal.
Las posturas y propuestas, resumidamente, son las siguientes:
Primera.- Ambas partes se reconocen plena capacidad legal y se comprometen a negociar bajo el principio de buena fe.
La Empresa pone de manifiesto que el nombre actual de la Empresa es AVANZA FACILITY SERVICES, S.L en lugar del anterior Avanza Multiservicios, S.L., siendo su CIF, CCC y domicilio social el mismo, en virtud de escritura otorgada el 7 de junio de 2018.
Segunda.- Las partes comparecientes y negociadoras firmaron el 11 de junio de 2018 una prórroga del Convenio Colectivo de Empresa con fecha de vigencia 01/01/2018 hasta 31/12/2023 y que por circunstancias que se desconocen no ha sido registrada por la DGT, quizás por el cambio de nombre de la Empresa.
Tercera.- Ambas partes quieren corregir esta circunstancia anómala de forma inmediata para su mayor seguridad jurídica.
Al mismo tiempo la Empresa plantea la posibilidad de prorrogar dicho Convenio Colectivo de Empresa hasta el 31 de diciembre de 2025.
Cuarta.- Tras un breve receso, se reinicia la reunión y ambas partes acuerdan aceptar la propuesta empresarial que se concreta del siguiente modo:
a) Prorrogar el actual Convenio Colectivo, con el mismo texto actual, hasta el 31 de diciembre de 2025.
b) En cuanto a los salarios, el salario base mensual serán revisados a partir del 1 de enero de 2022 para todas las categorías, sin perjuicio de la elaboración de una tabla salarial por parte de la Comisión Paritaria.
Quinta.- Lo acordado entrará inmediatamente en vigor, independientemente de la fecha de registro por la Direcció General de Treball.
Y para que conste se firma la presente acta, siendo las 12:30 h. del día del encabezamiento.
Por la Empresa La delegada de personal