Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 138248
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 7 de marzo de 2022, relativo a la aprobación de las bases que rigen la concesión de ayudas a acciones para mejorar el conocimiento, salvaguarda y difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial de Menorca y de la convocatoria para el año 2022 (Exp. 2112-2021-000002)
BDNS 614719
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/614719):
Primero. Beneficiarios
Línea 1. Restauraciones de bienes del patrimonio histórico
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas que sean titulares de un bien mueble o inmueble integrante del patrimonio histórico de Menorca, o que tengan autorización del titular.
Línia 2. Intervenciones arqueológicas y paleontológicas
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por un arqueólogo profesional con experiencia que asuma la dirección de los trabajos de acuerdo con el que establece el Reglamento de intervenciones arqueológicas y paleontológicas de las Illes Balears.
Línea 3. Investigaciones de tipo histórico, arqueológico y paleontológico
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la investigación histórica, arqueológica o paleontológica.
También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico.
Línea 4. Publicaciones científicas
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presenten un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la investigación.
También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial.
Línea 5. Organización y realización de jornadas y actividades de difusión
Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la realización de las jornadas y/o actividades de difusión.
También pueden optar las asociaciones vinculadas al estudio, la salvaguardia y la difusión del patrimonio histórico que presenten el proyecto mencionado.
Quedan excluidas de esta convocatoria las actividades que hayan recibido una ayuda en otra convocatoria del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del CIM.
Línea 6. Acciones de salvaguardia, conocimiento y difusión del patrimonio cultural inmaterial
Pueden ser beneficiarias las asociaciones y entidades vinculadas al estudio, salvaguarda y difusión del patrimonio cultural inmaterial que presenten un proyecto que se adecúe a lo establecido en la base 3 para esta línea.
También pueden optar las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que presente un proyecto firmado por una persona responsable con titulación superior universitaria especializada en la materia objeto de la realización de la acción de salvaguarda o difusión, o con demostrable experiencia en la gestión del patrimonio cultural inmaterial de Menorca.
Quedan excluidas de esta convocatoria las actividades que hayan recibido una ayuda en otra convocatoria del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del CIM.
Segundo. Objeto
Las ayudas van dirigidas a diversas acciones para mejorar el conocimiento, la salvaguarda y la difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial de Menorca con las particularidades por cada línea que consten en las bases de la convocatoria. El plazo previsto de ejecución de estas acciones es plurianual (años 2022-2023).
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo de día 07.03.2022.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 250.000 € (doscientos cincuenta mil euros), desglosados de la siguiente manera:
PRESUPUESTO |
2022 |
2023 |
TOTAL |
---|---|---|---|
Línea 1. Restauraciones |
30.000 € |
30.000 € |
60.000 € |
Línea 2. Intervenciones |
52.500 € |
52.500 € |
105.000 € |
Línea 3. Investigaciones |
16.500 € |
16.500 € |
33.000 € |
Línea 4. Publicaciones |
3.500 € |
3.500 € |
7.000 € |
Línea 5. Jornadas y actividades |
7.500€ |
7.500€ |
15.000 € |
Línea 6. Acciones de salvaguarda y difusión del PCI |
15.000€ |
15.000€ |
30.000 € |
TOTAL |
125.000€ |
125.000€ |
250.000 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas es de 30 días naturales a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Sexto. Otros datos.
Para las líneas 1 a 5, los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca para la restauración de bienes muebles o inmuebles deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega.
Para las líneas 3 a 6, los solicitantes de la ayuda únicamente pueden presentar un proyecto por convocatoria. Para la línea 2, una misma entidad o equipo no podrá solicitar más de una ayuda para el mismo yacimiento.
Los importes máximos que se establecen por solicitud y convocatoria son los siguientes:
- Línea 1. Restauraciones: 10.000 euros.
- Línea 2. Intervenciones: 14.000 euros.
- Línea 3. Investigaciones: se concederán ayudas por un importe máximo de 5.500 euros cada una.
- Línea 4. Publicaciones: 5.000 euros para publicaciones monográficas o compilaciones de artículos y 1.500 euros para artículos en revistas ci entíficas.
- Línea 5. Jornadas y actividades de difusión: 5.000 euros.
- Línea 6. Acciones de salvaguardia, conocimiento y difusión del patrimonio cultural inmaterial: 2.500 euros.
Maó, 14 de marzo de 2022
Por delegación de la presidenta El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)