Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 131057
Delegación específica de atribuciones a concejales. Exp 2550-19
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
1. ANTECEDENTES
1.1. El pasado 26 de mayo de 2019 se celebraron las elecciones locales. La nueva corporación municipal se constituyó en sesión pública el día 15 de junio.
1.2. En virtud del principio de autoorganización y con la finalidad de hacer más eficaz la gestión de los asuntos municipales, se considera necesaria la delegación de atribuciones a la junta de gobierno local.
2. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás legislación concordante, es facultad de esta Alcaldía la delegación del ejercicio de las atribuciones propias en la junta de gobierno local y, sin perjuicio de las delegaciones especiales que puedan efectuarse. Todo ello, salvo de las materias indelegables previstas en los artículos 21.3 antes mencionado y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. RESOLUCIÓN
Por todo lo anterior, en uso de las atribuciones que tengo legalmente conferidas, RESUELVO:
PRIMERO. Efectuar a favor de los siguientes concejales una delegación específica de atribuciones, conforme a lo establecido en el artículo 43.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, para gestionar los asuntos relacionados con las siguientes materias:
Carmen Corraliza Gallardo: SEGURIDAD CIUDADANA, MEDIO AMBIENTE, FERIAS Y FIESTAS Y MERCADOS.
Mònica Viejo Becerra: TURISMO, VÍAS Y OBRAS, MOVILIDAD.
Lorena Molinillo Medina: HACIENDA, CONTRATACIÓN, TIC, SANIDAD, JUVENTUD.
Agustí Nebot Massanet: EDUCACIÓN, PATRIMONIO Y FUNDACIÓN CASTELL DE CAPDEPERA.
Pere Terrasa Hernández: CULTURA, GESTIÓN DE FONDOS EUROPEOS, TEJIDO EMPRESARIAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
Margarita Rico Sans: DEPORTES.
Javier García Sánchez: BIENESTAR SOCIAL Y TERCERA EDAD.
Magdalena Albertí Gili: URBANISMO, ACTIVIDADES, ARCHIVO Y CMC.
El alcance de las funciones de esta delegación comporta facultades de dirección y gestión. Se excluyen de la misma las facultades de resolución.
SEGUNDO. Notificar esta Resolución a los interesados. La eficacia de esta Resolución, en lo referente a las delegaciones específicas, resta condicionada a su aceptación por el órgano delegado. Si, en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la notificación del acuerdo, el órgano delegado no efectúa ninguna manifestación expresa ante el órgano delegante, la delegación se entenderá aceptada.
TERCERO. Dar cuenta de esta Resolución ante el Pleno en la próxima sesión que se celebre.
CUARTO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que esta resolución sea efectiva a partir del día siguiente de la fecha de la Resolución, conforme establece el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Capdepera, 3 de diciembre de 2021
El alcalde
Rafel Fernández Mallol