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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 129764
Convocatoria de la prueba para la obtención del permiso municipal de conductor de autotaxi necesario para poder llevar a cabo el servicio público de taxi.

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Texto

Antecedentes

El 7 de febrero de 2022 el concejal del área de servicios de transportes y taxis acuerda el inicio de los trámites oportunos para convocar la prueba para la obtención del permiso municipal de conductor de auto-taxi necesario para poder llevar a cabo el servicio público de taxi.

Fundamentos

1.- Considerando que el artículo 11 del Reglamento Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros con Automóviles de Turismo de Andratx de 2021, prevé como condición para la obtención del permiso municipal « (...) tener aprobado el examen que convocará el Ayuntamiento dentro del primer cuatrimestre de cada año, sobre el conocimiento del municipio o lugares de especial interés (...)»; vistas las solicitudes presentadas al respecto, y la normativa aplicable al caso.

2.- De acuerdo con lo que establece la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares, la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local , el citado reglamento, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y otras normas de carácter general aplicables, y en virtud de las competencias que me han sido delegadas mediante Decreto 5866/ 2021 de 1 de septiembre de 2021, lo que suscribe eleva al órgano competente la siguiente

PROPONE

Primero: Convocar la prueba para la obtención del permiso municipal de conductor de auto-taxi necesario para poder llevar a cabo el servicio público de taxi; de conformidad con lo previsto en el artículo 11 Reglamento Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros con Automóviles de Turismo de Andratx de día 10 de Abril de 2021.

Segundo: Ajustar la prueba a los siguientes términos:

PRIMERO. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Y SOLICITUDES

En concordancia con el artículo 11 del Reglamento Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros con Automóviles de Turismo de Andratx de día 10 de abril de 2021, podrán participar en la prueba todas las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de 18 años.

b) Disponer del carné de conducir exigido por el Código de Circulación para este tipo de vehículos.

c) No padecer ninguna enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte ejercer de forma normal la profesión (este requisito se acreditará mediante el certificado médico correspondiente).

d) No disponer de antecedentes penales (este requisito se acreditará mediante certificado de Penales).

Las personas aspirantes tendrán que declarar bajo su responsabilidad en sus solicitudes que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, y aportar junto con la solicitud:

- Declaración responsable manifestando que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

- Copia simple del anverso y reverso del DNI o documento que acredite la nacionalidad, en vigor.

No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados; será suficiente la declaración jurada de la persona interesada sobre su autenticidad, así como sobre los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el tribunal calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Andratx le puedan requerir que acredite la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, y que hayan sido objeto de valoración.

Aquella documentación que obra en poder de la Administración no tendrá que ser aportada de nuevo. De este modo, sólo tendrá que aportar la nueva documentación. A efectos de localizar la documentación alegada por el aspirante y que ya está en poder de la Administración, será necesario comunicar de forma detallada qué documentación está en poder del Ayuntamiento y en qué procedimiento se presentó. Con la formalización y presentación de la solicitud, el aspirante da su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para formar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del procedimiento, de acuerdo con la normativa vigente.

Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que se hagan constar en su solicitud. El domicilio y el teléfono que figuren se considerarán válidos a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de las personas candidatas tanto los errores descriptivos como la no comunicación durante el procedimiento de cualquier cambio en los datos de la solicitud.

SEGUNDO. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS

El plazo de presentación de solicitudes (instancia general con el contenido señalado en el punto primero de esta convocatoria) será de 10 días hábiles y empezará a computar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Asimismo, el BOIB de la convocatoria quedará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de anuncios.

Las solicitudes se podrán presentar, de acuerdo con lo que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de las siguientes formas:

• TELEMÁTICAMENTE: a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/). Para poder llevar a cabo un registro telemático es necesario disponer de un certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve pin.

• PRESENCIALMENTE (sólo por aquellos supuestos previstos en la Ley 39/15):

- En el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento de Andratx obligatoriamente con cita previa (08:30 a 13:30 de lunes a viernes) o en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, del Administración General del Estado, del resto de Comunidades Autónomas o de las entidades que integran la administración local.

- Por correo postal. En este caso, presentar los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, fecha y hora exacta en que se ha efectuado el registro . Estos datos también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.

Los sucesivos anuncios que se desprendan de la presente convocatoria se publicarán únicamente en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web corporativa.

TERCERO. CONTENIDO DE LAS PRUEBAS

La prueba consistirá en un examen en dos bloques:

• un primer bloque tipo test, que constará de 20 preguntas, con tres opciones a señalar, siendo sólo una la válida; no penalizarán las respuestas incorrectas, siendo necesario para superar la prueba contar con un mínimo de 12 preguntas correctas.

• un segundo bloque con dos preguntas a desarrollar. Cada una de las dos preguntas se valorarán de 0 a 10 puntos, siendo la nota máxima 20, y siendo necesarios, para superar esta prueba, 12 puntos en este segundo bloque.

La duración de la prueba será de 90 minutos.

Los conocimientos sobre lo que tratará la prueba son los que estipulan el artículo 11 del Reglamento Municipal del Servicio Público de Transporte de Viajeros con Automóviles de Turismo de Andratx de 2021:

- Conocimiento del municipio (fiestas, eventos...)

- Localización de calles del municipio.

- Lugares de especial interés.

La prueba se realizará en un plazo máximo de dos meses desde la finalización del período de presentación de instancias, y se anunciará en la página web del Ayuntamiento de Andratx y en el tablón de anuncios del mismo.

CUARTO. TRIBUNAL CALIFICADOR Y PROCEDIMIENTO.

El tribunal estará constituido por tres miembros nombrados por la Corporación Municipal.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la concejalía dictará resolución con una lista provisional de los admitidos y excluidos así como de la composición del tribunal con un plazo de 5 días hábiles para subsanar o presentar las alegaciones que se consideren oportunas. La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con el artículo 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Transcurrido este plazo, el concejal del área resolverá declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de realización del examen y las medidas sanitarias necesarias durante la celebración de esta prueba y se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica del mismo. Realizada la prueba, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica, con un plazo de alegaciones de 5 días hábiles; siendo posteriormente elevada a definitiva. Las personas aspirantes que hayan obtenido la calificación de apto tendrán que presentar la documentación que les acredita para la obtención del permiso, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria y en el plazo que establezca el tribunal, que será de un máximo de dos meses. La falta de presentación de esta documentación en el plazo requerido se entenderá renuncia a la obtención del permiso municipal.

QUINTO. RECURSOS

Contra la presente convocatoria, se puede interponer recurso potestativo de reposición o directamente el contencioso-administrativo. Recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido la desestimación presunta. El recurso de reposición deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias y medios a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, entendiéndose desestimado cuando no se resuelva y notifique en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su interposición, y en esta vía contencioso-administrativa. Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 123 anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación del presente acto. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere pertinente.

 

Andratx, document signat electrònicament (22 de febrero de 2022)

El técnico de Turismo David Alemany Horrach