Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 127994
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística. Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento. Exp. PBX2013/0004. Notificación, a una pluralidad indeterminada de personas, del recurso contencioso-administrativo P.O. 71/22, interpuesto contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de aprobación definitiva del Plan Especial de Protección Arquitectónica y Ambiental de Santa Catalina

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Para que surta los efectos de la notificación a una pluralidad indeterminada de personas, según lo previsto en el art. 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente edicto se da a conocer el siguiente acto administrativo:

En fecha 18/02/2022, la Regidora del área ha dictado la siguiente Resolución:

“Ha tenido entrada en el Servicio Jurídico de Planeamiento escrito de los Servicios Jurídicos Municipales comunicando que la Procuradora Sra. Catalina Campins Crespí, en nombre y representación de la Sra. Beatriz Borrás Palau Ribes y el Sr. Damián Bennaser Gomila, han interpuesto recurso contencioso-administrativo  contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 28 de octubre de 2021, que desestima las alegaciones presentadas por el recurrente y aprueba definitivamente el Plan Especial de Protección Arquitectónica y Ambiental de Santa Catalina, motivo por el cual esta Administración ha sido requerida para aportar el expediente administrativo correspondiente y practicar el emplazamiento de los terceros interesados. Este procedimiento se sigue con el n.º P.O. 71/2022.

Por eso y vistos los artículos 48, 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y dicto la siguiente

Resolución

1. Enviar en el plazo improrrogable de 20 días el expediente administrativo correspondiendo a la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, con índice de documentos y debidamente foliado, lo cual supone la personación del Ayuntamiento ante la Sala de lo contencioso administrativo  que conoce del recurso.

2. Notificar a quienes aparezcan como interesados en el dicho expediente administrativo PBX2013/0004, del Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento, la interposición del recurso contencioso-administrativo por parte de la Procuradora Sra. Catalina Campins Crespí, en nombre y representación de la Sra. Beatriz Borrás Palau Ribes y el Sr. Damián Bennaser Gomila, que se sigue con el n.º 71/2022, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 28 de octubre de 2021, que desestima las alegaciones presentadas por el recurrente y aprueba definitivamente el Plan Especial de Protección Arquitectónica y Ambiental de Santa Catalina, así como esta resolución mediante la cual se acuerda enviar el expediente a la Sala de lo contencioso administrativo  y citarlos para que se puedan personar como demandados en este recurso ante la Sección 0001 de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, que se sigue con el n.º P.O. 71/2022, en el plazo de 9 días, haciéndolos saber que si se personan después del plazo mencionado los tendrán como parte para los trámites no precluídos y si no se personan oportunamente continuarán los trámites del procedimiento, sin que se tengan que practicar, en estrados o de cualquier otra forma, notificaciones de ninguna clase, de acuerdo con los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.”

Se publica esta resolución de conformidad con el art. 45.1 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, firmado mediante firma electrónica (8 de marzo de 2022)

El jefe del Departamento p.d. Decreto de Alcaldía nº  3000/2014, de 26/02/2014 (BOIB nº  30 de  4-03-2014) Jaume Horrach Font