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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 126164
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 28 de febrero de 2022, relativo a la convocatoria de ayudas ADS 2021 (concesión) (exp. 3408-2021-000001)

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Texto

Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, reunido en sesión de carácter ordinario de 30 de agosto de 2021 -acuerdo modificado por el Decreto de Presidencia núm. 325/2021 de 29 de octubre-, aprobó las bases y la convocatoria de las ayudas del CIM para las agrupaciones de defensa sanitaria correspondiente al año 2021 (BOIB núm. 169 de 9 de diciembre de 2021).

2. El plazo de presentación de solicitudes era de un mes a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB. En este plazo se presentaron dos solicitudes y ambas asociaciones solicitantes cumplen los requisitos de la convocatoria:

BENEFICIARIOS

NIF

Associació de Defensa Sanitària Boví de Menorca

G57172553

Associació de Defensa Sanitària Ovella de Menorca

G07890833

Estas dos asociaciones solicitantes obtuvieron una ayuda para la misma finalidad en la convocatoria del CIM para el año 2020. La Associació de Defensa Sanitària Ovella de Menorca justificó el 74,96 % de la ayuda que se le concedió, mientras que la Associació de Defensa Sanitària de Boví de Menorca justificó el 87,07 €.

3. La partida presupuestaria, el importe máximo de la ayuda y el crédito presupuestario son los siguientes:

- Partida 5.41240.4890002 Control Sanitario ADS

- Cantidad máxima: 65.000 euros

4. El objeto de esta ayuda es compensar el coste, desde la fecha de presentación de las solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2021, de las actuaciones de vigilancia, erradicación y control de enfermedades de los animales incluidos en los programas sanitarios y zootécnicos de las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (ADS) de oveja y vacuno de la isla de Menorca aprobados por la Dirección General de Medio Rural y Marino del Gobierno de las Islas Baleares.

Estas ayudas se conceden de acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, modificado por el Reglamento UE 289/2019, de 19 de febrero, y por el Reglamento 2008/2020, de 8 de diciembre, por el cual se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles en el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. También se tienen en cuenta las previsiones del Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el cual se establecen las bases que regulan las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas, que constituyen normativa básica de acuerdo con la disposición final primera de dicha disposición.

5. La finalidad de estas ayudas es conseguir, mediante la puesta en práctica de un programa sanitario común, la mejora sanitaria y productiva de las explotaciones ganaderas.

6. La base 4 de estas ayudas establece cuales son las actividades subvencionables y la base 8 indica los criterios que se tendrán en cuenta para la concesión de las ayudas y para la determinación del importe de la subvención. El punto primero de esta base dice que siempre que se cumplan los requisitos de la convocatoria se otorgarán las ayudas solicitantes con los límites fijados en la convocatoria y en las bases, y dentro del crédito disponible.

7. Día 15 de febrero de 2022 se reunió la comisión evaluadora de estas ayudas, que examinó la propuesta de resolución de la instructora, que iba acompañada del expediente correspondiente y emitió su informe sobre la propuesta de resolución para la distribución de los fondos.

8. El plazo máximo para justificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos era del 3 de diciembre de 2021, según dice la base 12.1.

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los cinco miembros presentes (señor Maria Ballester, señor Pastrana Huguet, señor Juaneda Mercadal, señora Gomis Luís y señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Conceder la cantidad total de 63.500 €, de la partida 5.41240.4890002 del presupuesto del CIM para el año 2022, a las agrupaciones de defensa sanitaria que se indican más abajo, de acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, modificado por el Reglamento UE 289/2019, de 19 de febrero, y por el Reglamento 2008/2020, de 8 de diciembre, por el cual se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles en el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y teniendo en cuenta las previsiones fijadas en el Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el cual se establecen las bases que regulan las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas, que constituyen normativa básica de acuerdo con la disposición final primera de dicha disposición:

ADS BOVÍ G-57172553

 

Puntuación (base 8.2)

importe máximo (base 8.2)

Total de explotaciones de vacuno en Menorca

374 explotaciones

 

 

Explotaciones en la ADS Boví

195 explotaciones

 

 

% relación entre el total de Menorca y las explotaciones de la ADS

52 %

15

12.500 €

Total de reproductores de vacuno en Menorca

10.334 cabezas

 

 

Reproductores en la ADS Boví

8.611 cabezas

 

 

% relación entre el total de Menorca y reproductores de la ADS

83%

20

12.500 €

Veterinarios de la ADS

3

12

11.000 €

Total importe concedido

 

 

36.000 €

 

ADS OVELLA G-07890833

 

Puntuación (base 8.2)

Importe máximo (base 8.2)

Total de explotaciones de ovino y caprino en Menorca

466 explotaciones

 

 

Explotaciones en la ADS Ovella

218 explotaciones

 

 

% relación entre el total de Menorca y explotaciones de la ADS

47 %

15

12.500 €

Total de reproductores de ovino y caprino en Menorca

13.813 cabezas

 

 

Reproductores en la ADS Ovella

12.258 cabezas

 

 

% relación entre el total de Menorca y reproductores de la ADS

89%

20

12.500 €

Veterinarios de la ADS

1

4

2.500 €

Total importe concedido

 

 

27.500 €

En cumplimiento del artículo 9 del Reglamento (CE) núm. 702/2014, el número de registro del documento validado para la aplicación SANI (programa informático específico para las comunicaciones de ayudas en la Comunidad Europea) es SA. 100315.

Segundo. Las entidades beneficiarias están obligadas a justificar la totalidad del proyecto presentado en la convocatoria antes de día 31 de marzo de 2022, según el cual se establece la base 12.1 de la convocatoria. Para justificar esta ayuda se debe presentar la documentación establecida en la base 12.2.

Tercero. Comunicar el acuerdo de concesión a la Dirección General de Fondos Europeos de la Consejería de Fondos Europeos, Universitarios y Cultura del Gobierno de las Illes Balears.

Cuarto. Remitir a la BDNS el acuerdo de concesión en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y publicarlo en el Boletín Oficial de las Illes Balears a los efectos de notificación (art. 1 b de la LPACAP).

Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 8 de marzo de 2022

Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)