Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 121044
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 3 de marzo de 2022 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB núm. 175, de 23 de diciembre), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023.
2. La Consejería de Movilidad y Vivienda ha solicitado la inclusión de una nueva línea en el punto 1 («Movilidad sostenible») del objetivo II («Sostenibilidad»), relativa a las ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, gestionadas por la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre.
3. El Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, regula la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la aprobación de convocatorias para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Igualmente, el mencionado Real Decreto 983/2021 incluye las bases reguladoras de las subvenciones a las que tendrán que sujetarse las convocatorias y las cuantías resultantes para la distribución del presupuesto inicial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. En concreto, el crédito asignado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es de 3.621.025,00 euros.
4. De acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, no se incluyen las subvenciones o ayudas previstas en los proyectos integrantes del Plan Estratégico Autonómico, dado que este Plan tiene la consideración de plan estratégico de subvenciones, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 15 del Decreto Ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación (ahora Ley 4/2021, de 17 de diciembre). Sin embargo, dado que en estos momentos el Plan Estratégico Autonómico a que se refiere el artículo 5 de la citada Ley 4/2021 no se ha aprobado y que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de esta misma Ley, a saber, que las subvenciones y ayudas, entre otras, procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del REACT-EU deben tramitarse de acuerdo con los principios de prioridad, preferencia y celeridad, se incluye esta línea en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, como línea II.1.6.
5. En el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno mencionado se establece que la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores aprobar o modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears.
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en que se nombra a la señora Rosario Sánchez Grau consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021, en cuanto al objetivo II, sobre sostenibilidad, y más concretamente el punto 1, relativo a movilidad sostenible, de manera que se añade una nueva línea, la línea II.1.6, con el siguiente contenido:
II.1.6
Dirección general: Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre
Fuente de financiación: capítulo VII
Descripción: ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Objetivos y efectos: incentivar la implantación de las mejores tecnologías de propulsión de vehículos, especialmente de tecnologías que proporcionen cero emisiones en el transporte, lo que contribuirá a una mayor eficiencia en el uso de recursos, disminución de la dependencia de los combustibles fósiles y mayor competitividad de las empresas en una situación actual especialmente comprometida, así como la renovación del parque de vehículos, especialmente necesaria en el caso de vehículos pesados de transporte de mercancías
Convocatoria: anual (2022)
Coste: 3.621.025,00 €
Indicadores: número de solicitudes presentadas y subvencionadas
Incidencia sobre el mercado: impulso a la reactivación del tejido industrial y del sector de la automoción, especialmente en un momento en el que otros sectores se encuentran con dificultades para contribuir a la recuperación económica, así como desarrollo del transporte intermodal como medio alternativo y complementario al transporte por carretera
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 3 de marzo de 2022
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau