Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 119240
Ordenanza precios públicos por el uso de los equipamientos deportivos municipales
El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 24 de febrero de 2022 aprobó definitivamente, con resolución expresa de las alegaciones presentadas, la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos por el uso de los equipamientos deportivos de titularidad municipal.
De conformidad con lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica el texto íntegro de la Ordenanza que entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares:
«ORDENANZA PRECIOS PÚBLICOS POR EL USO DE LOS EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS MUNICIPALES
Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio público por la utilización de los equipamientos deportivos municipales, que se rige por esta ordenanza, cuya especificación se contiene en las cuantías reguladas en el artículo 4º de esta ordenanza.
Artículo 2º.- Hecho imponible.
El hecho imponible del precio público regulado en esta ordenanza se genera con la solicitud por parte de las personas usuarias que voluntariamente soliciten la utilización de los equipamientos deportivos.
Artículo 3º.- Sujetos pasivos.
Están obligados/das al pago de los precios públicos regulados en esta ordenanza las personas físicas o jurídicas que soliciten o se beneficien de la prestación de los servicios a que se refiere el artículo primero de esta ordenanza.
La obligación de pago del precio público nace en el momento de la reserva, de la entrada en el recinto o el momento en que se concede su autorización de utilización.
Artículo 4º.- Cuantía del precio público.
La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza será el fijado en las siguientes tarifas:
Véase el anexo 1
Artículo 5º.- Acreditación y gestión.
1. El precio público por la utilización de los equipamientos deportivos municipales y la prestación de servicios de tipo deportivo se acreditará desde el momento en que se autorice la citada utilización a la persona o entidad interesada.
2. La gestión y administración de este precio público se efectuará mediante el ente gestor del servicio, de la siguiente forma:
Artículo 6º.- Definición de los abonos.
Se entiende por abonado cualquier persona que acredite su condición de abonado y está al corriente de pago del recibo en curso.
Tipo:
Duración:
**Los abonos de 2, 3 y 6 meses pueden ser meses naturales o empezar a contar desde el día de inicio del abono.
Artículo 7º.- Bonificaciones y exenciones de pago
Por razones de interés público, social, cultural, benéfico y educativo, se establecen las siguientes bonificaciones y exenciones:
PISCINAS DE VERANO DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL MATEU CAÑELLAS Y PISCINAS MUNICIPALES CATALINA RODILLO |
||
Bonificaciones (aplicable sólo a los accesos puntuales y abonos) |
||
Personas que perciben una pensión pública |
25,00% |
|
Ser miembro de una familia numerosa categoría general o especial |
25,00% |
|
Ser miembro de una familia monoparental |
25,00% |
|
Ser miembro de una familia con personas con diversidad funcional |
25,00% |
|
Ser víctima de violencia machista |
25,00% |
|
Ser miembro de una familia en situación de vulnerabilidad económica especial |
Según el informe técnico de Servicios Sociales |
|
Ser miembro de una familia en riesgo social |
Según el informe técnico de Servicios Sociales | |
Tener una diversidad funcional del 33% o superior |
25,00% |
|
Tener el carné joven Europeo |
15,00% |
|
Por volumen de personas (grupos). Todas las modalidades de entrada puntual |
20,00% |
|
Por volumen avanzado de usos de compra. Todas las modalidades de entrada puntual |
20,00% |
|
Entidades/empresas con ánimo de lucro que promuevan el deporte durante la temporada de las vacaciones escolares |
90,00% |
|
Exenciones de pago |
|
|
Por acuerdo del departamento municipal de Servicios Sociales, se podrá determinar la reducción total o porcentaje variable, una vez estudiado el informe preceptivo, cuando la persona solicitante acredite que sus rendimientos no superan el SMI en relación con el baremo establecido por el Ayuntamiento. |
Según el informe técnico de Servicios Sociales |
|
Centros escolares reglados. Horario lectivo para clases de EF. |
100,00% |
|
Centros de Educación Especial |
100,00% |
|
Clubes y entidades deportivas locales, que practiquen la natación, inscritos en el registro de la CAIB. Para entrenamientos y competiciones oficiales |
100,00% |
|
Centros de atención a niños y jóvenes |
100,00% |
|
Entidades públicas o privadas que hayan recibido una subvención municipal o dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad. |
100,00% |
|
Entidades que promuevan el deporte para personas con diversidad funcional o con distintas patologías. |
100,00% |
|
Entidades/empresas Que dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad, en lo que sea necesario el uso de equipamientos municipales y dispongan de la correspondiente autorización |
100,00% |
|
Por decreto de alcaldía, cuando la actividad, deportiva o no, promocione la ciudad de Inca o fomente el deporte, la educación, tenga un carácter benéfico, social, cultural. |
100,00% |
|
Entidades que promuevan el deporte para personas con diversidad funcional o con distintas patologías. |
100,00% |
|
Entidades/empresas Que dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad, en lo que sea necesario el uso de equipamientos municipales y dispongan de la correspondiente autorización |
100,00% |
|
|
|
|
PALACIO MUNICIPAL DE DEPORTES, PABELLÓN MUNICIPAL SA CRUZ Y PABELLÓN M3 B |
||
Bonificaciones |
||
No se contemplan las bonificaciones, con la finalidad de apoyo y protección especial a las familias y sus miembros como el caso de los usos de las piscinas, porque los usos de los pabellones son grupos, colectivos no son para uso individual. |
||
|
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|
Exenciones de pago |
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Centros escolares reglados. Horario lectivo para clases de EF y en determinados casos el centro se hará cargo de la apertura y cierre del espacio. |
100,00% |
|
Centros de Educación Especial |
100,00% |
|
Clubes y entidades deportivas locales inscritos en el registro de la CAIB y también las federaciones deportivas. Para entrenamientos y competiciones oficiales |
100,00% |
|
Centros de atención a niños y jóvenes |
100,00% |
|
Entidades públicas o privadas que hayan recibido una subvención municipal o dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad. |
100,00% |
|
Entidades que promuevan el deporte para personas con diversidad funcional o con distintas patologías. |
100,00% |
|
Entidades/empresas Que dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad, en lo que sea necesario el uso de equipamientos municipales y dispongan de la correspondiente autorización |
100,00% |
|
Por decreto de alcaldía, cuando la actividad, deportiva o no, promocione la ciudad de Inca o fomente el deporte, la educación, tenga un carácter benéfico, social, cultural. |
100,00% |
|
|
|
|
POLIDEPORTIVO MUNICIPAL MATEU CAÑELLAS |
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|
Bonificaciones (aplicable sólo a los accesos puntuales y abonos) |
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|
Personas que perciben una pensión pública |
25,00% |
|
Ser miembro de una familia numerosa categoría general o especial |
25,00% |
|
Ser miembro de una familia monoparental |
25,00% |
|
Ser miembro de una familia con personas con diversidad funcional |
25,00% |
|
Ser víctima de violencia machista |
25,00% |
|
Ser miembro de una familia en situación de vulnerabilidad económica especial |
Según el informe técnico de Servicios Sociales |
|
Ser miembro de una familia en riesgo social |
Según el informe técnico de Servicios Sociales | |
Tener una diversidad funcional del 33% o superior |
25,00% |
|
Tener el carné joven Europeo |
15,00% |
|
Por volumen de personas (grupos). Todas las modalidades de entrada puntual |
20,00% |
|
Por volumen avanzado de usos de compra. Todas las modalidades de entrada puntual |
20,00% |
|
Entidades/empresas con ánimo de lucro que promuevan el deporte durante la temporada de las vacaciones escolares |
90,00% |
|
Exenciones de pago |
|
|
Por acuerdo del departamento municipal de Servicios Sociales, se podrá determinar la reducción total o porcentaje variable, una vez estudiado el informe preceptivo, cuando la persona solicitante acredite que sus rendimientos no superan el SMI en relación con el baremo establecido por el Ayuntamiento. |
Según el informe técnico de Servicios Sociales |
|
Centros escolares reglados. Horario lectivo para clases de EF. |
100,00% |
|
Centros de Educación Especial |
100,00% |
|
Clubes y entidades deportivas locales inscritos en el registro de la CAIB y también las federaciones deportivas. Para entrenamientos y competiciones oficiales |
100,00% |
|
Centros de atención a niños y jóvenes |
100,00% |
|
Entidades públicas o privadas que hayan recibido una subvención municipal o dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad. |
100,00% |
|
Entidades que promuevan el deporte para personas con diversidad funcional o con distintas patologías. |
100,00% |
|
Entidades/empresas Que dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad, en lo que sea necesario el uso de equipamientos municipales y dispongan de la correspondiente autorización |
100,00% |
|
Por decreto de alcaldía, cuando la actividad, deportiva o no, promocione la ciudad de Inca o fomente el deporte, la educación, tenga un carácter benéfico, social, cultural. |
100,00% |
|
Entidades que promuevan el deporte para personas con diversidad funcional o con distintas patologías. |
100,00% |
|
Entidades/empresas Que dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad, en lo que sea necesario el uso de equipamientos municipales y dispongan de la correspondiente autorización |
100,00% |
Documentación para acreditar la bonificación o exención del precio público:
La documentación que debe presentarse para acreditar alguno de los motivos que dan derecho a la bonificación o exención del precio público tasa, según el caso, es la siguiente:
MOTIVO |
DOCUMENTO |
---|---|
Personas que perciben una pensión pública |
Copia del certificado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social que acredite la condición de pensionista |
Ser miembro de una familia numerosa categoría general o especial |
Copia del título de familia numerosa en vigor o de la tarjeta individual correspondiente. |
Ser miembro de una familia monoparental |
Copia del título de familia monoparental o de la tarjeta individual correspondiente |
Ser miembro de una familia con personas con diversidad funcional |
Copia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado expedido por la Dirección General de Atención a la Dependencia. Libro de familia de la unidad de convivencia. |
Ser víctima de violencia machista |
Copia del certificado acreditativo del Instituto Balear de la Mujer |
Ser miembro de una familia en situación de vulnerabilidad económica especial |
Copia de la resolución de la renta social garantizada, de la renta mínima de inserción o del ingreso mínimo vital, o certificado del Servicio Público de Empleo Estatal que acredita que la familia tiene el subsidio de desempleo como único ingreso. Libro de familia de la unidad de convivencia |
Ser miembro de una familia en riesgo social |
Acreditación de la situación de declaración de riesgo: copia del certificado expedido por el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales o por el departamento competente. Acreditación de la situación de jóvenes en medidas de justicia juvenil: copia del certificado de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes Libro de familia de la unidad de convivencia |
Tener una diversidad funcional del 33% o superior |
Copia de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado expedido por la Dirección General de Atención a la Dependencia que acredite un grado de discapacidad del 33% o superior |
Tener el carné joven Europeo |
Carnet Jove Europeo |
Entidades/empresas con ánimo de lucro que promuevan el deporte durante la temporada de las vacaciones escolares |
Objeto social de la empresa. Documento que acredite la actividad |
Por acuerdo del departamento municipal de Servicios Sociales, se podrá determinar la reducción total o porcentaje variable, una vez estudiado el informe preceptivo, cuando la persona solicitante acredite que sus rendimientos no superan el SMI en relación con el baremo establecido por el Ayuntamiento. |
Informe técnico de Servicios Sociales |
Centros escolares reglados. Horario lectivo para clases de EF. |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. |
Centros de Educación Especial |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. |
Clubes y entidades deportivas locales, que practiquen la natación, inscritos en el registro de la CAIB. Para entrenamientos y competiciones oficiales |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. Acreditar que los monitores y monitoras, entrenadores/as,... información relativa a la carencia de antecedentes por delitos de naturaleza sexual. |
Centros de atención a niños y jóvenes |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. Acreditar que los monitores y monitoras, entrenadores/as... información relativa a la carencia de antecedentes por delitos de naturaleza sexual. |
Entidades públicas o privadas que hayan recibido una subvención municipal o dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad. |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. Convenio firmado |
Entidades que promuevan el deporte para personas con diversidad funcional o con distintas patologías. |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. |
Entidades/empresas Que dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad, en lo que sea necesario el uso de equipamientos municipales y dispongan de la correspondiente autorización |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. |
Por decreto de alcaldía, cuando la actividad, deportiva o no, promocione la ciudad de Inca o fomente el deporte, la educación, tenga un carácter benéfico, social, cultural. |
Decreto de alcaldía aprobado |
Entidades que promuevan el deporte para personas con diversidad funcional o con distintas patologías. |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. Acreditar que los monitores y monitoras, entrenadores/as,... información relativa a la carencia de antecedentes por delitos de naturaleza sexual. |
Entidades/empresas Que dispongan de convenio para el desarrollo de un proyecto o actividad, en lo que sea necesario el uso de equipamientos municipales y dispongan de la correspondiente autorización |
Solicitud formal. Acreditar la contratación de un seguro de accidentes. Convenio firmado |
Artículo 8º.- Régimen de declaración e ingreso.
a) El pago de las entradas por las personas usuarias que no tienen ningún abono se efectuarán en el momento de entrada en el recinto.
b) El pago en caso de abono (de mes, temporada, usos...), se abonará en el momento de formular la solicitud.
c) El pago de servicios/usos que se extienden a varios meses, se abonará en la forma que determine el ente gestor del servicio (Servicio de Deportes).
El pago se realizará en las oficinas de los Servicios de Deportes o bien en las recepciones que los Servicios de Deportes determine.
Artículo 9º.-Supuestos de devolución del precio público.
a) En caso de que la prestación del servicio no se realice por causas imputables a la Administración, las personas usuarias podrán solicitar la devolución del importe de la tarifa abonada o la parte proporcional, según el caso.
b) Si por motivos ajenos al Ayuntamiento de Inca, la persona usuaria inscrita se quisiera dar de baja, no tendrá derecho a la devolución de la tarifa abonada, salvo que la renuncia a la prestación del servicio (baja) haya sido notificada antes del inicio de la actividad.
Las devoluciones se tramitarán de la forma habitual, previa solicitud de la persona interesada
La devolución del precio público implica la pérdida de la plaza y automáticamente se revisará la lista de espera de nuevas personas solicitantes.
Artículo 10º.- Infracciones y sanciones.
Se aplicará lo dispuesto en la Ley General Tributaria, el Reglamento General de Recaudación y la Ordenanza General de gestión, recaudación, inspección de tributos y otros ingresos de derecho público locales o norma que las derogue o sustituya.
El personal encargado del cobro del precio público será responsable de la defraudación que pueda producirse en la expedición de los comprobantes, con la penalización consecuente de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 11º.- Disposición derogatoria.
Con la entrada en vigor de esta ordenanza quedarán derogadas las siguientes ordenanzas:
- Ordenanza reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios y usos de espacios deportivos del Instituto Municipal de Actividad Física de Inca publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares núm. 17 de fecha 4 de febrero de 2010.
- Ordenanza reguladora de las normas de gestión del precio público por la prestación de servicios y realización de actividades de la piscina municipal cubierta, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares núm. 128 de fecha 23 de septiembre de 2014.
Artículo 12º. Disposición final.
Esta ordenanza, aprobada provisionalmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2021, empezará a regir a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y continuará vigente hasta que se acuerde la modificación o derogación.»
ANEXO 1.- CUANTÍA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS
Los precios del uso de instalaciones son en base a 1 hora. A partir de esa hora, se aplicará la parte proporcional de utilización en divisiones de cuarto de hora.
Por usos extraordinarios se hará presupuesto de los costes sobrevenidos a la instalación deportiva municipal.
PISCINAS DE VERANO DEL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL MATEU CAÑELLAS |
|||
|
PRECIO PÚBLICO |
||
Accesos puntuales |
|
||
Puntual menor de 7 años |
gratuito |
||
Puntual individual (7 a 25 años) |
1,35 € |
||
Puntual individual adultos (más de 25 años) |
1,45 € |
||
Abono 10 accesos individual (7 a 25 años) |
10,80 € |
||
Abono 10 accesos individual (más de 25 años) |
11,60 € |
||
Abonos por tiempo avanzado |
|
||
Abono mas individual (7-25 años) |
20,25 € |
||
Abono mas individual (más de 25 años) |
21,75 € |
||
Abono mas familiar 2 adultos pareja |
30,00 € |
||
Abono mas familiar |
40,00 € |
||
Abono temporada individual (7-25 años) |
35,00 € |
||
Abono temporada individual (más de 25 años) |
38,00 € |
||
Abono temporada familiar 2 adultos pareja |
40,00 € |
||
Abono temporada familiar |
50,00 € |
||
Otros servicios |
|
||
Identificador de la persona abonada |
3,50 € |
||
Renovación del identificador de la persona abonada |
6,00 € |
||
Alquiler de taquilla mas |
6,00 € |
||
Alquiler de candado |
1,00 € |
||
Venta de candado |
3,00 € |
||
Alquiler 1 carril de 50 m hora |
20,00 € |
||
Incremento por alquiler de un carril más |
10,00 € |
||
Alquiler piscina (vaso grande) completo uso deportivo 3-6 horas |
400,00 € |
||
Alquiler piscina (vaso grande) completo uso deportivo más de 6 horas |
750,00 € |
||
Alquiler piscina (vaso pequeño) completo uso deportivo |
100,00 € |
||
Alquiler piscina (1/2 vaso pequeño) completo uso deportivo |
50,00 € |
||
|
|
||
PISCINAS MUNICIPALES CATALINA RODILLO LORENTE |
|||
Accesos puntuales |
PRECIO PÚBLICO |
||
Puntual menor de 7 años |
gratuito |
||
Puntual individual (7 a 25 años) |
3,70 € |
||
Puntual individual adultos (más de 25 años) |
3,80 € |
||
Abonos por tiempo avanzado |
|
||
Abono mas individual (7-25 años) |
27,00 € |
||
Abono mas individual (más de 25 años) |
32,00 € |
||
Abono mas familiar 2 adultos pareja |
54,00 € |
||
Abono mas familiar |
59,00 € |
||
Abono 3 meses individual (7-25 años) |
48,00 € |
||
Abono 3 meses individual (más de 25 años) |
54,00 € |
||
Abono 3 meses familiar |
80,00 € |
||
Abono 3 meses familiar 2 adultos pareja |
96,00 € |
||
Abono 9 meses individual (7-25 años) |
96,00 € |
||
Abono 9 meses individual (más de 25 años) |
107,00 € |
||
Abono 9 meses familiar |
175,00 € |
||
Abono 9 meses familiar 2 adultos pareja |
202,00 € |
||
Abono 10 meses individual (7-25 años) |
107,00 € |
||
Abono 10 meses individual (más de 25 años) |
117,00 € |
||
Abono 10 meses familiar |
187,00 € |
||
Abono 10 meses familiar 2 adultos pareja |
213,00 € |
||
Otros servicios |
|
||
Identificador de la persona abonada |
3,50 € |
||
Renovación del identificador de la persona abonada |
6,00 € |
||
Alquiler de taquilla mas |
6,00 € |
||
Alquiler de candado |
1,00 € |
||
Venta de candado día |
3,00 € |
||
Casquete escuela de natación |
2,50 € |
||
Salas actividades dirigidas |
20,00 € /hora |
||
Sala de reuniones/formación |
20,00 € /hora |
||
Alquiler 1 calle piscina grande sin material |
22,00 € |
||
Alquiler 1 calle piscina grande con material |
26,00 € |
||
Incremento por alquiler de un carril más |
10,00 € |
||
Canon actividades deportivas |
6,00 € |
||
Patucos |
0,50 € |
||
Pérdida de pulsera |
5,00 € |
||
Candau |
3,50 € |
||
Gorro escuela natación |
3,50 € |
||
Alquiler piscina completo uso deportivo (precio/día) |
768,00 € |
||
Alquiler piscina completo uso no deportivo: Rodajes/conciertos y otros eventos de gran formato con suspensión de la actividad (precio/día) |
960,00 € |
||
Alquiler piscina completo uso deportivo 3 a 6 horas |
380,00 € |
||
Alquiler vaso pequeño piscina completo |
100,00 € |
||
|
|
||
PALACIO MUNICIPAL DE DEPORTES |
|||
ESPACIO |
PRECIO PÚBLICO |
||
3/3 pista hora |
34,00 € |
||
2/3 pista hora |
25,00 € |
||
1/3 pista hora |
18,00 € |
||
Sala de Gimnasia hora |
20,00 € |
||
Sala polivalente 1 hora |
20,00 € |
||
Sala polivalente 2 hora |
20,00 € |
||
Sala de judo hora |
15,00 € |
||
Sala de psicomotricidad hora |
15,00 € |
||
Sala de reuniones hora |
10,00 € |
||
Palacio entre 3-6 horas (ámbito deportivo) |
500,00 € |
||
Palacio más de 6 horas (ámbito deportivo) |
950,00 € |
||
Palacio entre 3-6 horas (ámbito no deportivo) |
700,00 € |
||
Palacio más de 6 horas (ámbito no deportivo) |
1.300,00 € |
||
Uso barra bar día |
40,00 € |
||
Uso barra bar más |
150,00 € |
||
|
|
||
PABELLÓN MUNICIPAL SA CRUZ |
|||
ESPACIO |
PRECIO PÚBLICO |
||
3/3pista |
22,00 € |
||
2/3 pista |
15,00 € |
||
1/3 pista |
11,00 € |
||
Pabellón entre 3-6 horas (ámbito deportivo) |
200,00 € |
||
Pabellón más de 6 horas (ámbito deportivo) |
500,00 € |
||
Pabellón entre 3-6 horas (ámbito no deportivo) |
350,00 € |
||
Pabellón más de 6 horas (ámbito no deportivo) |
650,00 € |
||
|
|
||
SALA ESCOLAR M3 |
|||
ESPACIO |
PRECIO PÚBLICO |
||
2/2 pista |
22,00 € |
||
1/2 pista central |
15,00 € |
||
Sala entre 3-6 horas (ámbito deportivo) |
175,00 € |
||
Sala más de 6 horas (ámbito deportivo) |
350,00 € |
||
Sala entre 3-6 horas (ámbito no deportivo) |
350,00 € |
||
Sala más de 6 horas (ámbito no deportivo) |
500,00 € |
||
|
|
||
POLIDEPORTIVO MUNICIPAL MATEU CAÑELLAS |
|||
(excepto el espacio piscinas exteriores) |
PRECIO PÚBLICO |
||
Alquiler instalación completa 3 – 6 horas día |
400,00 € |
||
Alquiler instalación completa 6 – 12 horas día |
800,00 € |
||
Uso técnicos, preparadores/as, entrenadores/as,...hora |
5,00 € |
||
Grupo de entrenamiento hora por persona |
1,00 € |
||
Pista de atletismo |
|
||
Uso individual día |
1,00 € |
||
Uso individual más |
10,00 € |
||
Uso individual temporada |
50,00 € |
||
Uso pista completa hora |
25,00 € |
||
Uso pista completa día 3 – 6 h |
150,00 € |
||
Uso pista completa día 7 a 12 h |
225,00 € |
||
Uso exclusivo 1 calle hora |
6,00 € |
||
Incremento 1 calle hora |
3,00 € |
||
Campo de Fútbol |
|
||
Campo fútbol 11 hora |
40,00 € |
||
1/2 Campo de fútbol hora |
15,00 € |
||
Incremento con luz |
10,00 € |
||
Campo fútbol 7 |
|
||
Campo fútbol 7 hora |
27,00 € |
||
1/2 Campo de fútbol hora |
10,00 € |
||
Incremento con luz |
7,00 € |
||
Pista de skate |
|
||
Uso individual día |
gratuito |
||
Pista polideportiva |
|
||
Pista entera hora |
7,00 € |
||
Media pista hora |
5,00 € |
||
Incremento con luz |
5,00 € |
||
Pista de frontenios |
|
||
Pista hora |
2,50 € |
||
Incremento luz hora |
1,00 € |
||
Pista de tenis |
|
||
Pista hora |
2,50 € |
||
Incremento luz hora |
1,00 € |
||
|
|
||
OTROS SERVICIOS (aplicables a todas las instalaciones deportivas) |
PRECIO PÚBLICO |
||
Hora servicio limpieza |
14,00 € |
||
Hora servicio conserjería |
15,00 € |
||
Hora servicio mantenimiento |
17,00 € |
||
Hora de socorrismo |
17,00 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Inca, en el dia de la firma electrónica (5 de marzo de 2022)
El alcalde Virgilio Moreno Sarrio