Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD
Núm. 117392
Resolución del director del Instituto Balear de la Juventud de 17 de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria de los certámenes y premios del programa cultural Art Jove para el año 2022 y se establecen las bases generales y las específicas
Hechos
1. El Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) ejerce funciones relativas a la coordinación y el impulso de actividades en materia de juventud y a la promoción de acciones de dinamización juvenil, así como del asociacionismo y de la participación de los jóvenes de las Islas Baleares en la vida social y cultural.
2. El programa cultural Art Jove, promovido por el IBJOVE, tiene como objetivos básicos fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar su creatividad artística. Estos objetivos se plasman cada año en la convocatoria de diferentes certámenes, premios y muestras de vertientes artísticas múltiples.
3. Las ayudas de la convocatoria de premios y certámenes del programa cultural Art Jove, gestionada por el IBJOVE, están incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021, de conformidad con el artículo 6 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
4. En fecha 15 de febrero de 2022, de acuerdo con el informe justificativo previo de 11 de febrero de la responsable del Área de Art Jove y del certificado de suficiencia de crédito de 14 de febrero del jefe del Área Económica del IBJOVE, el director de este organismo ordenó el inicio del procedimiento para convocar los certámenes y premios del programa cultural Art Jove 2022, de conformidad con la Resolución del presidente del IBJOVE de 15 de febrero de 2018 por la que se delegan determinadas competencias en el director del organismo. El 16 de febrero se emitió el informe jurídico favorable a la convocatoria.
Fundamentos de derecho
1. La promoción y divulgación de la obra de artistas jóvenes es una de las competencias atribuidas expresamente al IBJOVE, según establece el artículo 2.2 del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, por el que se regula el Instituto Balear de la Juventud. En concreto, la letra d) de este artículo le encomienda llevar a cabo actividades de promoción cultural de la juventud y de promoción y divulgación de la obra de jóvenes artistas y creadores de las Islas Baleares.
2. El texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuyo establecimiento o gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades públicas que dependen de la misma. Tiene la consideración de subvención cualquier disposición gratuita de fondos públicos y, en general, de cualquier recurso público evaluable económicamente que lleve a cabo la Administración a favor de una persona física o jurídica, pública o privada, y que se destine a la realización de una actividad de utilidad pública o de interés social, o a la consecución de una finalidad pública.
3. Mediante la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
4. La Resolución del presidente del IBJOVE de 15 de febrero de 2018 por la que se delegan determinadas competencias en el director del organismo (BOIB núm. 23, de 20 de febrero), en el apartado 1. b) , dispone que se delegan todas las facultades en materia de subvenciones, incluidas las resoluciones de convocatoria.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Aprobar la convocatoria de los certámenes y premios del programa cultural Art Jove para el año 2022, que deben regirse por las bases generales y las específicas que se publican como anexos 1 y 2, respectivamente.
Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Infancia, Juventud y Familias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas , y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 17 de febrero de 2022
El director del Instituto Balear de la Juventud
Sebastià Literes Literesnte del Instituto Balear de la Juventud (BOIB núm. 23, de 20/02/2018)
Por delegación del preside
ANEXO 1
Bases generales del programa cultural Art Jove 2022
1. Objeto de la convocatoria
1.1. El objeto de esta convocatoria es convocar los certámenes del programa cultural Art Jove 2022, con el fin de fomentar la participación libre y eficaz de las personas jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar su creatividad artística.
1.2. Los certámenes convocados para el año 2022 son los siguientes:
a) Certamen de Artes Visuales, dotado con 5.000,00 € (cinco mil euros).
b) Certamen de Cómic, dotado con 5.000,00 € (cinco mil euros).
c) Certamen de Danza Contemporánea, dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros)
d) Certamen de Cortometrajes, dotado con 9.000,00 € (nueve mil euros)
e) Certamen de Relato Breve, dotado con 4.000,00 € (cuatro mil euros)
f) Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, en la modalidad de Grupos de Cámara, dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros)
g) Certamen de Diseño de Moda, dotado con 5.000,00 € (cinco mil euros)
h) Certamen de Diseño de Producto, dotado con 6.000,00 € (seis mil euros)
1.3. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas) de esta Resolución.
2. Importe y crédito presupuestario
Se destina a esta convocatoria la cantidad máxima de 50.000,00 € (cincuenta mil euros), que irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para 2022.
3. Participantes
3.1. El programa cultural Art Jove se dirige a jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2022. No está permitida la inscripción de grupos en los certámenes de Relato Breve y Artes Visuales.
3.2. En el caso de inscripción de grupos, se considera representante el componente del grupo que formalice el boletín de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que constan en él.
3.3. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen formando parte de dos grupos a la vez o como parte de un grupo e individualmente. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años, deben cobrar el premio las personas que los representan legalmente, en caso de que no estén emancipados.
3.4. Los grupos o autores que han recibido un primer premio o un premio único en cualquier edición del programa cultural Art Jove no se pueden volver a presentar en la misma modalidad en la que han quedado ganadores. En el caso de los grupos, se entiende que no pueden volver a presentarse si conservan el mismo nombre y/o si la mayoría de los componentes del grupo son los mismos que cuando ganaron.
3.5. Las obras que se presentan a concurso no pueden haber recibido ningún otro primer premio en ningún certamen, concurso o festival de las Islas Baleares, en el momento de la inscripción.
4. Obligaciones de las personas beneficiarias
4.1. Las personas beneficiarias deben cumplir las obligaciones que establecen el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 en la que establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias deben estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La presentación de la solicitud implica que la persona solicitante autoriza al órgano convocante a obtener directamente los certificados que acreditan que está al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización si aporta un documento de denegación y los certificados citados.
5. Presentación de solicitudes: requisitos, plazos y documentación
5.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos generales que determina la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo), así como los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes de acuerdo con lo dispuesto en este apartado.les Balears hasta las 24.00 h. del 30 de abril de 2022.
5.2. El plazo para presentar las solicitudes y el resto de documentos que se mencionan en la convocatoria es desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Il
5.3. Las bases, el formulario de inscripción y el resto de documentos que se mencionan en la convocatoria están a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ( http://caib.es/seucaib), como también en la web del Instituto Balear de la Juventud (http://ibjove.caib.es).
5.4. Las personas interesadas pueden presentar el formulario de inscripción y toda la documentación que se especifica a continuación en cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre):
- Presencialmente, en el Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud, en la calle Uruguay, s/n (Velódromo Illes Baleares), 07010, Palma.
- Presencialmente, en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local, dirigido al Área de Art Jove del Instituto Balear de la Juventud.
- Telemáticamente, mediante el Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado, al que se puede acceder a través del enlace https://rec.redsara.es/registro , con la solicitud específica del procedimiento adjunta, disponible en la Sede Electrónica de la CAIB, firmada electrónicamente. Para poder utilizar el REC, se requiere un certificado digital o DNI electrónico.
5.5. La documentación que se debe presentar para todas las modalidades convocadas es la siguiente:
- El formulario debidamente rellenado.
- En caso de no haber nacido en las Islas Baleares, una fotografía o una fotocopia del certificado de empadronamiento en alguna población de las Islas Baleares.
- La documentación específica para cada certamen.
El Área de Art Jove del IBJOVE puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.
5.6 Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o bien la información o la documentación aportadas son incorrectas o incompletas, el IBJOVE debe requerir a la persona interesada que — en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de recibir la notificación por correo electrónico — subsane la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si en este plazo la persona interesada no realiza las enmiendas correspondientes, se entiende que desiste de la solicitud.
6. Instrucción del procedimiento
El órgano instructor es la responsable del Área de Art Jove del IBJOVE, quien debe llevar a cabo las actuaciones a las que se refieren el artículo 16 y los siguientes del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones. En concreto, debe hacer de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios.
7. Jurado
7.1. El jurado es el órgano colegiado al que le corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como emitir el informe que debe servir de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.
7.2. El director del IBJOVE nombrará a los miembros de cada jurado mediante resolución.
7.3. El jurado de cada uno de los certámenes está formado por los componentes que se indican a continuación. La composición de cada jurado se detalla en las bases específicas correspondientes:
- Presidente o presidenta (con voto dirimente en el caso de empate): la persona que elija el IBJOVE siguiendo el criterio de profesionalidad o prestigio reconocidos en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. Asimismo, se tendrá en cuenta, a la hora de elegir a los jurados, el criterio de paridad en materia de igualdad de género.
- Vocales: un mínimo de tres personas seleccionadas por el IBJOVE de acuerdo con el criterio de profesionalidad o prestigio, reconocidos en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.
- Secretaria (con voz y voto): la coordinadora del programa cultural Art Jove del IBJOVE.
7.4. Se considera que hay quórum suficiente cuando están presentes en las reuniones del jurado el presidente o presidenta y la secretaria o, en su caso, las personas que los sustituyan, y la mitad de sus miembros, como mínimo. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del presidente o presidenta, será sustituida por la persona del jurado de más edad, pero en este caso será necesaria la presencia de un vocal más para que exista el quórum suficiente. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad de la secretaria, será sustituida por un técnico del Área de Art Jove o persona en quien delegue la responsabilidad.
7.5. El fallo del jurado es inapelable. Las decisiones deben tomarse por mayoría simple; no es necesaria, pues, unanimidad a la hora de establecer el ganador o los ganadores de cualquier certamen.
7.6. En los certámenes en los que las bases específicas establecen una duración de la interpretación, debe entenderse como aproximada. El jurado es quien debe determinar si la carencia o el exceso en el tiempo utilizado por los participantes se puede penalizar, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba.
8. Instrucción del procedimiento
8.1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios será el director del IBJOVE.
8.2. La concesión de los premios del programa cultural Art Jove debe resolverse antes del 31 de diciembre de 202 2. Este plazo se puede modificar en caso de que haya impedimentos justificados debidamente que no permitan cumplirlo.
8.3. La resolución de concesión del director será motivada y fijará, con carácter definitivo, la cuantía individual de los premios concedidos. La resolución debe notificarse a las personas interesadas mediante la publicación en el sitio web http://ibjove.caib.es .
8.4. Presentarse a un certamen o modalidad implica aceptar el premio que puede corresponder eventualmente, salvo que se manifieste expresamente lo contrario.
9. Pago y justificación
9.1. Como justificación para el pago de los premios es suficiente con acreditar los requisitos establecidos en la convocatoria.
9.2. De acuerdo con el punto 9.1 de esta convocatoria, con carácter general los premios se pagarán íntegramente a los beneficiarios, mediante transferencia o talón bancario, una vez resuelta y notificada la concesión y cuando se haya completado correctamente la documentación exigida en el apartado 5.4 de las bases generales.
9.3. No obstante lo expuesto anteriormente, en todos los certámenes, además de lo dispuesto en el punto 9.2, para tramitar los pagos correspondientes es necesario que un técnico del Departamento de Art Jove expida un certificado que acredite que se han realizado las citadas actuaciones, o haber presentado los encargos específicos de cada certamen. Algunas de estas actuaciones o encargos se pueden llevar a cabo durante 2022 y 2023.
9.4. Los participantes premiados deben cobrar la parte que les corresponde cuando hayan hecho las actuaciones programadas. En caso de ausencia, si no es justificada por algún motivo de fuerza mayor, el participante pierde el derecho a cobrarlas.
10. Otras determinaciones
10.1. Los premios establecidos en esta convocatoria tendrán la consideración de rentas imputables, a efectos de lo establecido en la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
10.2. El hecho de presentarse en cualquier certamen supone implícitamente que los autores autorizan al Instituto Balear de la Juventud a reproducir y publicar su imagen y/o el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.
10.3. Los ganadores y los finalistas de todas las modalidades convocadas recibirán un diploma el día del acto de clausura y entrega de los premios Art Jove 2022.
10.4. El director del Instituto Balear de la Juventud puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes para que funcionen correctamente y debe resolver todas las cuestiones que puedan surgir en cuanto a la interpretación de las bases. Asimismo, puede anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes lo aconseje .
10.5. En caso de que no se pudiera celebrar cualquier actividad prevista en estas bases por la crisis sanitaria debida a la COVID -19 y a las restricciones que se puedan derivar en cada momento, estas actividades se organizarían de modo telemático. En cualquier caso, cuando las actividades sean presenciales, se garantiza el cumplimiento estricto de las medidas de protección y aforo dictadas en ese momento por las autoridades sanitarias competentes. Asimismo, cuando un participante o grupo de participantes no pueda asistir a cualquier evento programado por Art Jove a causa de cualquier restricción derivada de la crisis sanitaria, se le permitirá participar de forma telemática.
10.6. Una vez finalizado el plazo de inscripción, debe considerarse que la participación en un certamen o modalidad no es suficiente si es inferior a tres inscripciones. En caso de que la participación sea insuficiente o, simplemente, escasa (inferior a cinco inscripciones), y antes de declarar el certamen o modalidad desierto, el director del IBJOVE, a propuesta de la coordinadora del programa cultural Art Jove, puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre previa publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y conservando las solicitudes ya presentadas. Este nuevo plazo no debe perjudicar en ningún caso a los participantes presentados en el plazo establecido inicialmente, dado que deben disponer de un tiempo adicional para mejorar sus propuestas y profundizar en él o para presentar una nueva, si lo consideran adecuado. En cualquier caso, si una vez finalizado el nuevo plazo de inscripción la participación es inferior a tres inscripciones, el certamen o modalidad debe declararse desierto automáticamente
10.7. Cuando el participante tenga que asistir a un evento programado por Art Jove fuera del municipio donde resida en ese momento, el IBJOVE debe hacerse cargo del coste de transporte aéreo o marítimo del participante y de todo el material necesario para participar en el evento. En caso de que el evento programado le obligue a realizar una o más pernoctaciones fuera de su municipio, también se hará cargo del alojamiento. En ningún caso, se cubrirán los desplazamientos terrestres.
10.8. Cualquier información relativa a la organización y celebración de un certamen y a la decisión de los jurados debe comunicarse a los participantes mediante un correo electrónico, sin perjuicio de que, además, también se notifique por vía telefónica.
10.9. En las fases semifinal y final de todos los certámenes, el jurado nombrará a dos semifinalistas o finalistas, respectivamente, y sustitutos que participarán en las pruebas de selección cuando alguno de los semifinalistas o finalistas no pueda asistir. Esta decisión debe hacerse constar en el acta.
10.10. La participación en cualquiera de los certámenes o modalidades que se establecen en esta convocatoria implica la aceptación estricta de todas las bases (generales y específicas), de forma que se excluirán las inscripciones que no cumplan las condiciones en la forma establecida.
10.11. Durante los años 2022 y 2023, el Instituto Balear de la Juventud puede editar catálogos, vídeos, DVD y publicaciones en los que se recojan las obras e interpretaciones ganadoras y finalistas de las diferentes modalidades que son objeto de esta convocatoria.
10.12. El Instituto Balear de la Juventud no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos en las obras y actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica con ellos necesariamente. En cualquier caso, no se admitirán a concurso obras o interpretaciones que realicen apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se da este supuesto, el director del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta unánime del jurado correspondiente, resolverá excluirlas del certamen.
10.13. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede modificarse por carecer de disponibilidad de espacio o de profesionales o por otras razones debidamente justificadas.
10.14. En todos aquellos certámenes o premio que impliquen que el ganador debe elegir una empresa para llevar a cabo un encargo derivado del premio, como por ejemplo, una editorial, una productora de cine, una empresa de montaje, etc. se deberá tener en cuenta que no se puede elegir ninguna empresa o persona contratada por el IBJOVE durante la pasada edición.
10.15. En todos aquellos certámenes que implican la actuación de grupos de personas, si una vez finalizado el plazo de inscripción alguno de los componentes del grupo no puede asistir a la primera prueba selectiva, se admitirá la sustitución de un máximo del 33 % de los componentes del grupo. En el caso de duetos, no se admite ninguna sustitución. Estas sustituciones deben sujetarse obligatoriamente a las siguientes restricciones:
10.6. Una vez finalizado el plazo de inscripción, debe considerarse que la participación en un certamen o modalidad no es suficiente si es inferior a tres inscripciones. En caso de que la participación sea insuficiente o, simplemente, escasa (inferior a cinco inscripc
- Solo se admiten sustituciones antes de la primera prueba selectiva en directo.
- Los sustitutos deben cumplir los requisitos de edad y de nacimiento o residencia.
- Los sustitutos deben presentar, previamente, la documentación indicada en el apartado 5.3 y según las condiciones establecidas en el apartado 5.4.
- En la primera y en la segunda prueba (en la semifinal y en la final), los componentes del grupo deben ser obligatoriamente los mismos.
11. Programa GirArt Jove
11.1. El Programa GirArt Jove es el instrumento de difusión y promoción de los finalistas y ganadores de todos los certámenes una vez ha tenido lugar la final y se han llevado a cabo las actuaciones derivadas del pago de los premios. Consiste en programar actuaciones, exhibiciones, exposiciones o muestras en diferentes espacios de las Islas Baleares o del resto del Estado español. Los artistas que participen en el programa itinerante GirArt Jove de cualquier certamen o modalidad cobrarán por las actuaciones las cantidades que se exponen a continuación:
- Los intérpretes en solitario: 150 €.
- Los grupos: 150 € por persona, hasta un máximo de 750 € por grupo.
11.2. Las actuaciones o exposiciones que sean iniciativa de IBJOVE (actuaciones de finalistas o ganadores durante la deliberación de los jurados en selecciones o en actos de clausura, exposiciones o muestras), las gestionará el IBJOVE, quien debe asumir todos los gastos. En cuanto a las actuaciones de artistas o a las exposiciones de obras finalistas o ganadoras de Art Jove que programe una entidad externa, ya sea pública o privada, se debe seguir este procedimiento:
- En el caso de actuaciones de artistas, la entidad solicitante debe hacerse cargo de la publicidad y difusión de la actuación y del alojamiento y la manutención del artista, si se ve obligado a pernoctar fuera de su municipio de residencia, poniendo a disposición de los participantes el espacio escénico, el técnico y el equipo de sonido. IBJOVE debe asumir el coste de la minuta y del desplazamiento, si procede.
-Si son exposiciones, la entidad solicitante debe encargarse de la publicidad y difusión de la exposición y del montaje, desmontaje, vigilancia y custodia, y devolución de las obras en las mismas condiciones en las que las reciba. Los gastos de la minuta de los artistas y de envío de las obras deben ser a cargo del IBJOVE.
12. Tratamiento de datos de carácter personal
La política de privacidad aplicable a los certámenes gestionados por el Área de Art Jove, en cuanto al tratamiento de datos personales de los participantes y a los derechos que les reconoce la normativa vigente, es la que se establece a continuación. Cualquier duda o aclaración respecto de la política de privacidad del IBJOVE o de los derechos de los participantes deben resolverse con el IBJOVE a través de los canales que se indican a continuación. En caso de proporcionar datos de carácter personal de terceros, el participante se compromete a obtener el consentimiento previo de las personas afectadas y a informarlos sobre el contenido de esta política.
12.1. ¿Quién es el responsable del tratamiento de los datos?
El responsable del tratamiento de los datos es el Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE) y, en concreto, el Área de Art Jove, con domicilio en la calle Uruguay, s/n (Velódromo Illes Balears), 07010 Palma, teléfono 971 17 89 49, y correo electrónico: artjove@ibjove.net.
Se puede contactar con el delegado de protección de datos del IBJOVE mediante la siguiente dirección electrónica: protecciodedades@ibjove.caib.es .
12.2. ¿Para qué trataremos los datos y con qué base jurídica?
Tramitación y gestión de la inscripción: los datos que proporcionan los participantes en los formularios de inscripción son tratados para tramitar su inscripción en los certámenes y premios del programa cultural Art Jove para el año 2022 y para gestionar estos premios y certámenes. Este tratamiento se basa en la gestión de la relación jurídica que se establece con motivo de la participación en los certámenes del IBJOVE y en el cumplimiento de obligaciones legales, en concreto, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril; del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones; del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, por el que se regula el Instituto Balear de la Juventud, y de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
Envío de comunicaciones comerciales: los datos identificativos y de contacto proporcionados en el formulario de inscripción son tratados para enviar comunicaciones por medios electrónicos sobre actividades, eventos e información general del IBJOVE. Este tratamiento se basa en el consentimiento que se solicita en el formulario de inscripción para la recepción de estas comunicaciones por medios electrónicos. El no prestar el consentimiento para tal fin o retirarlo no condiciona la inscripción.
Captación y uso de imagen: el material resultante de los vídeos o reportajes fotográficos realizados durante la participación en los certámenes y, en su caso, la imagen y/o la voz de las personas que aparecen en las obras integrantes de los certámenes son utilizados para informar al público sobre actividades realizadas por el IBJOVE. La base jurídica para captar la imagen y, en su caso, la voz de los participantes y para difundirla en medios de comunicación y en perfiles del IBJOVE en redes sociales como Facebook, Instagram o Twitter, es el consentimiento de los participantes o de sus padres o tutores, que se solicita en la autorización de captación y uso de imagen enviada antes de publicarse, y al amparo de lo previsto en la Ley orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar ya la propia imagen.
12.3. ¿A quién podemos comunicar los datos?
Los datos son comunicados a terceras personas por obligación legal o con el consentimiento del participante.
En concreto, si gana uno de nuestros certámenes, podremos publicar su nombre y apellidos por medios de comunicación y en perfiles del IBJOVE en redes sociales, como Facebook, Instagram o Twitter. La publicación del nombre de las personas premiadas se basa en el cumplimiento de una disposición legal; concretamente, del artículo 6.2 del Decreto legislativo 2/2005, que regula, entre los principios por los que debe basarse esta actuación administrativa, el de transparencia.
En caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos para participar en las semifinales o finales de los concursos y/o premios, sus datos identificativos, de contacto y de características personales obtenidas del formulario (en concreto: nombre; apellidos; DNI, NIE o pasaporte, dirección; dirección electrónica y fecha de nacimiento) se comunicarán a las agencias de viajes minoristas encargadas de tramitar los billetes o las reservas, así como a las empresas cuyos servicios se incluyen en estos viajes y reservas, como empresas de transporte o hoteles.
12.4. ¿Cuánto tiempo conservaremos los datos?
Conservamos los datos que proporcionan los participantes durante la vigencia de la relación que mantienen con nosotros y durante el tiempo necesario para atender a posibles responsabilidades nacidas del tratamiento de estos datos.
Los datos tratados con finalidades informativas se conservan vigentes mientras no se solicite su baja.
El material audiovisual se utilizará durante el tiempo que el IBJOVE considere necesario para la consecución de las finalidades antes descritas.
Los documentos de cualquier época o tipología, reunidos o no en archivos, y producidos, recibidos o conservados por el IBJOVE, en el ejercicio de su función, forman parte del patrimonio documental de las Islas Baleares.
Una vez los datos tratados hayan dejado de ser útiles para los fines para los que se han recabado, pasarán al estado histórico y serán conservados y, en su caso, destruidos, conforme a la normativa de evaluación ya los criterios previstos por la Ley 12/1998, de patrimonio histórico de las Islas Baleares, y la Ley 15/2006, de archivos y patrimonio documental de las Islas Baleares.
12.5. ¿Cuáles son sus derechos?
Tiene derecho a obtener confirmación de si tratamos o no sus datos personales y, en tal caso, a acceder a ellos. Igualmente, puede solicitar que sus datos sean rectificados, cuando sean inexactos, o que se completen los datos que sean incompletos, así como solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que se han recogido.
En determinadas circunstancias, puede solicitar la limitación del tratamiento de sus datos. En tal caso, sólo trataremos los datos afectados para formular, ejercitar o defender reclamaciones o con la intención de proteger los derechos de otras personas. En determinadas condiciones y por motivos relacionados con su situación particular, podrá igualmente oponerse al tratamiento de sus datos. En este caso, dejaremos de tratar los datos excepto por motivos legítimos imperiosos que prevalezcan sobre sus intereses o derechos y libertades, o para formular, ejercer o defender reclamaciones.
Asimismo, bajo ciertas condiciones, puede solicitar la portabilidad de sus datos, para que sean transmitidos a otro responsable de tratarlos.
Puede revocar el consentimiento que haya prestado para determinadas finalidades, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a la retirada del consentimiento.
Tiene igualmente derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de protección de datos.
Para solicitar la baja de los tratamientos con fines informativos, puede enviar un mensaje a la siguiente dirección electrónica: protecciodedades@ibjove.caib.es .
Para ejercer sus derechos, debe enviar, por correo postal o electrónico, una solicitud, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o de otro documento válido que le identifique, a nuestro delegado de protección de datos, en las direcciones indicadas en el apartado «¿Quién es el responsable del tratamiento de los datos?».
Podrá obtener más información sobre sus derechos y sobre cómo ejercerlos en la web de la Agencia Española de Protección de Datos: http://www.aepd.es
13. Revocación
13.1De acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, procede revocar la subvención cuando, con posterioridad a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.
13.2 Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto el acto de concesión y deben reintegrarse las cantidades percibidas indebidamente.
14. Reintegro de las ayudas concedidas
14.1 Procede reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la que se acuerde el reintegro, en los casos previstos en el artículo 44 del Decreto legislativo 2 /2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.
14.2 Las cantidades reintegrables tendrán la consideración de ingresos de derecho público y podrán ser exigidas por la vía de apremio.
14.3 Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perder el derecho de cobrarlo, previa audiencia de la persona interesada.
14.4 El ganador perderá el derecho a reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que se le pueda imputar, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el Instituto Balear de la Juventud.
15. Régimen de infracciones y sanciones
Si se incumplen los requisitos establecidos en esta Resolución, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones que regula el título V del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.
16. Normativa de aplicación
Esta convocatoria se rige por lo que disponen estas bases; la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 en la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo); el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones, y el resto de normativa aplicable.
ANEXO 2
Bases específicas del programa cultural Art Jove 2022
CERTAMEN DE ARTES VISUALES
1. Convocatoria
Se convoca el Certamen de Artes Visuales para jóvenes creadores de cualquier disciplina artística a la que se le pueda aplicar la denominación de artes visuales (fotografía, escultura, pintura, instalación, vídeo instalación, etc.).
2. Participantes
Pueden participar artistas jóvenes nacidos o residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2022. No se admite la inscripción de grupos .
3. Premios
La dotación del premio es de 5.000,00 € (cinco mil euros) que se repartirá de la siguiente forma:
- Un primer premio en metálico de 1.000,00 € (mil euros).
- Dos segundos premios de 500,00 € (quinientos euros) que el jurado puede dividir de la forma que le parezca más adecuada.
- Los 3.000,00 € (tres mil euros) restantes se destinarán a sufragar todos los gastos derivados de la producción y montaje de una obra y el desplazamiento, alojamiento y manutención, si procede, a dos festivales o espacios museísticos de reconocido prestigio, preferentemente de las Islas Baleares.
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primero no puede ser compartido. La decisión del jurado es inapelable.
4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y adjuntar toda la información es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00 h. del 30 de abril de 2022.
Además de la documentación establecida en el punto 5.3 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1), las personas participantes deben enviar a la dirección electrónica artjove@ibjove.net un documento en formato PDF o un enlace de Dropbox , Drive o similar, con acceso a un documento en formato PDF que contenga el dossier con fotografías de su obra general y que se pueda descargar, con una capacidad máxima de 300 MB. El enlace debe permanecer activo al menos un mes.
5. Jurado
El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado han de ser designados entre los miembros de la Asociación de Galeristas de Palma, los miembros de la Asociación de Artistas Audiovisuales de las Islas Baleares, los comisarios o programadores de arte de centros o fundaciones culturales de reconocido prestigio, los críticos de arte de medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en otras comunidades autónomas del Estado y artistas de reconocido prestigio. El comisario del certamen presidirá el jurado. Asimismo, se invitará a participar como miembro del jurado al ganador de la última edición del Certamen de Artes Visuales del programa cultural Art Jove.
6. Condiciones técnicas
El dossier debe contener la obra general del artista e incluir una propuesta concreta de un máximo de tres obras que se presentan al certamen, con la ficha técnica correspondiente.
Tanto el tema como la técnica y el soporte de las obras propuestas a concurso son de libre elección del artista.
7. Selección y desarrollo
El jurado, dados los dossieres presentados, debe seleccionar a partir de los criterios de calidad y creatividad un máximo de siete artistas que pasarán a la final.
Los siete artistas finalistas disponen de dos meses, a contar desde que el Área de Art Jove comunica la decisión del jurado, para preparar un proyecto de intervención urbana, con un tema obligatorio, que debe presentarse en la final. Durante estos dos meses, pueden asistir a una residencia artística que se desarrollará en el municipio donde se expondrán estas siete propuestas de Arte Urbano. Dispondrán de un servicio de mentoría a cargo de la persona que comisaría el certamen, quien les acompañará y asesorará durante el proceso de creación y les propondrá el tema del proyecto.
Las personas finalistas deben enviar su proyecto, en formato digital, en la fecha y en la dirección que les comunique en el momento oportuno el Área de Art Jove. Tanto el formato como la técnica de cada proyecto deben consensuarse entre el artista, el comisario de la exposición y la coordinadora del programa cultural Art Jove.
Una vez aprobado el proyecto de cada finalista, los finalistas podrán presentar una factura de 1.000,00 € (mil euros) más IVA, en concepto de ayuda a la producción y montaje de su propuesta.
En cualquier caso, las obras son propiedad de los participantes, que pueden disponer de ellas una vez terminada la exposición de la final.
La final del certamen tendrá lugar durante el mes de septiembre en el municipio elegido por la persona comisaria del certamen. El jurado, una vez vistas las siete propuestas presentadas, elegirá a las ganadoras. Hará pública la decisión la misma noche, una vez que se haya inaugurado la exposición.
8. Otras determinaciones
En cuanto a la ayuda a la producción y montaje de la obra que presentan a concurso, los siete artistas finalistas cobrarán 500,00 € (quinientos euros) una vez han presentado su propuesta concreta en formato digital y los 500,00 € restantes cuando se haya inaugurado la exposición.
En cuanto al pago de los 3.000,00 € al artista ganador en concepto de los gastos derivados de la producción y montaje de una obra y el desplazamiento, alojamiento y manutención, si procede, a dos festivales o espacios museísticos de reconocido prestigio, preferentemente de las Islas Baleares, se hará efectivo en dos partes. Los primeros 1.500,00 euros se pagarán cuando el ganador exponga su propuesta en el primer festival, y los 1.500,00 euros restantes se pagarán cuando se haya expuesto su obra en el segundo espacio o festival.
Los espacios o festivales y las fechas en que se exhibirán la citada obra se notificará al ganador con una antelación de 3 meses. En caso de que el artista no tenga preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a cobrar esta parte del premio.
CERTAMEN DE CÓMIC
1. Convocatoria
El Instituto Balear de la Juventud convoca este certamen dirigido a jóvenes dibujantes y guionistas.
2. Participantes
Se puede presentar a este certamen un participante en solitario o un equipo formado por el guionista y el dibujante del trabajo. Los participantes deben ser nacidos o residentes en las Islas Baleares y tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2022.
3. Premios
La dotación del premio es de 5.000,00 € (cinco mil euros) que se repartirá de la siguiente forma:
- Un primer premio en metálico de 2.000,00 € (mil euros).
- Dos segundos premios de 500,00 € (quinientos euros), que el jurado puede dividir de la forma que les parezca más adecuada.
- El ganador recibirá 2.000,00 € (dos mil euros) más en concepto de adelanto de derechos de autor para desarrollar un cómic monográfico.
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primero no se puede compartir. La decisión del jurado es inapelable.
4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y adjuntar toda la información es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00 h. del 30 de abril de 2022.
Además de la documentación establecida en el punto 5.3 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1), las personas participantes deben enviar a la dirección electrónica artjove@ibjove.net un documento en formato PDF o un enlace de Dropbox, Drive o similar, con acceso a un documento en formato PDF que contenga su trabajo y que pueda descargarse, con una capacidad máxima de 300 MB. El enlace debe permanecer activo, al menos, un mes.
5. Jurado
El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En la letra b del punto 7.3 se indica que los vocales deben designarse de entre profesionales o personalidades de reconocido prestigio en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de Cómic, los vocales deben elegirse de entre representantes del Clúster de Cómic, dibujantes y guionistas de reconocido prestigio en las Islas Baleares, directores de editoriales de cómic y comisarios de exposiciones, críticos o libreros vinculados al mundo del cómic. Se invitará a formar parte del jurado al ganador de la última edición convocada de este certamen. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del programa cultural Art Jove.
6. Condiciones técnicas
Cada participante debe presentar, además de la documentación requerida en el punto 5.3 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria, un documento en formato PDF, con el trabajo digitalizado.
Los trabajos, de temática libre, se pueden presentar en blanco y negro o en color, deben tener un mínimo de cuatro páginas y un máximo de diez. Pueden estar en catalán o en castellano.
Cada persona o equipo sólo puede presentar un trabajo. Una misma persona no puede participar en dos o más equipos.
7. Selección y desarrollo
El certamen contempla la organización de una fase de selección previa y una fase final.
Fase de preselección. Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado debe seleccionar, a partir de los criterios de calidad y creatividad artística, un máximo de siete cómics para pasar a la fase final. El Área de Art Jove notificará el resultado de la selección. Los participantes o equipos de participantes finalistas deberán presentar un documento en formato PDF de su trabajo diseñado para ser producido en paneles de 100 x 70 cm, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación. En este panel debe constar el nombre del autor o autores y el título del cómic.
Fase final. La fase final se llevará a cabo durante el mes de octubre en el marco del festival Internacional de Mallorca Cómic Nostrum. Se expondrán todas las obras seleccionadas y el jurado seleccionará la obra u obras ganadoras. El fallo del jurado se dará a conocer el mismo día de la inauguración de la exposición.
8. Otras determinaciones
El ganador escogerá la editorial con la que quiere publicar su cómic, siempre teniendo en cuenta lo que se establece en el apartado 10.14, y la opinión del Área de Art Jove de IBJOVE. Una vez elegida la editorial se formalizará un contrato con el autor y se fijará un calendario de publicación.
Una vez que las personas ganadoras han entregado el borrador del cómic monográfico a la editorial escogida, se les abonarán los 2.000,00 € (dos mil euros) en concepto de anticipo de derechos de autor. En caso de que los artistas no tengan preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderán el derecho a reclamar la edición del cómic y, por tanto, a cobrar esta parte del premio.
El IBJOVE se hará cargo de los gastos de edición y maquetación del cómic monográfico de la editorial elegida hasta un máximo de 2.500,00 € (dos mil quinientos euros).
Este cómic, que debe contener obligatoriamente la historieta ganadora de este certamen, así como todo el material de promoción, debe incluir, al principio, una referencia expresa al apoyo de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen de Cómic del programa cultural Art Jove 2022, organizado por el IBJOVE.
La editorial que ha publicado el cómic se compromete a hacer dos presentaciones: la primera, en el marco del Salón Internacional del Cómic de Barcelona de 2023, y la segunda en el Festival Internacional de cómic de Angoulême, durante el mes de enero de 2023.
En caso de que el álbum no estuviera aún terminado cuando tenga lugar el Salón Internacional del Cómic de Barcelona, se aplazaría su presentación hasta octubre de 2023, en el marco del Cómic Nostrum Festival Internacional de Mallorca.
CERTAMEN DE DANZA CONTEMPORÁNEA
1. Convocatoria
El Instituto Balear de la Juventud, con la colaboración del Instituto de Estudios Baleáricos, convoca este certamen dirigido a jóvenes bailarines, residentes o nacidos en las Islas Baleares, que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2022. No se permite la participación en solitario.
2. Premios
Se establece una dotación de 8.000 € (ocho mil euros), que se repartirá de la siguiente forma:
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primer premio no se puede dividir.
3. Condiciones técnicas
Cada compañía interpretará una pieza de creación propia o de otro coreógrafo, que durará al menos 15 minutos y, como máximo, 20 minutos. Se valorará positivamente que la coreografía presentada sea de creación propia.
El montaje no puede haber sido estrenado en ningún otro espacio escénico profesional de las Islas Baleares.
Los participantes, tanto en la fase final como en la selección previa, deben aportar su vestuario y el montaje coreográfico, si procede, y el CD, el DVD, la unidad de memoria USB, etc., con la música elegida o el acompañamiento musical (intérpretes e instrumentos), si deciden que sea en directo.
4. Plazos de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00 h del 30 de abril de 2022.
5. Jurado
El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben ser designados entre los siguientes colectivos: directores de compañías de danza de reconocido prestigio en el ámbito de las Islas Baleares o del resto del Estado; críticos de danza de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en el resto del Estado; directores, programadores o coordinadores de centros, salas y espacios escénicos, y un representante del Instituto de Estudios Baleáricos. Tiene que actuar como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del programa cultural Art Jove.
6. Selección y desarrollo del certamen
El Instituto Balear de la Juventud prevé organizar, una vez finalizado el período de inscripción, una fase semifinal y una fase final en los lugares y fechas que se comuniquen a los participantes.
En la fase semifinal las compañías inscritas deben interpretar un fragmento de la coreografía presentada en un tiempo mínimo de cinco minutos y máximo de siete minutos. A partir de esta interpretación, el jurado debe seleccionar las tres propuestas que pasarán a la fase final. El jurado tendrá en cuenta, como criterios de selección, la calidad artística e interpretativa de los bailarines.
Las tres compañías finalistas recibirán asesoramiento artístico y participarán en una residencia coordinada por Eima Creació.
En la fase final, las tres compañías finalistas deberán interpretar la pieza entera (de creación propia o de otro coreógrafo) que debe durar entre 15 minutos y 20 minutos. El jurado dará a conocer su decisión en un acto público.
Si la coreografía presentada a concurso incluye música en directo, el Instituto Balear de la Juventud se hará cargo, en su caso, del desplazamiento y alojamiento de los músicos y del técnico de sonido, si lo hubiere. En ningún caso se abonarán dietas u honorarios a los músicos y técnicos de sonido acompañantes.
7. Actuaciones
Se prevé que se lleven a cabo las actuaciones de las fases semifinal y final del certamen, la correspondiente al pago del premio y aquellas que organice el programa cultural Art Jove.
El Instituto de Estudios Baleáricos y el festival Palma amb la Dansa se reservan la posibilidad de programar algunas o todas las compañías finalistas conjuntamente con la ganadora, durante la Fira B! y el Palma amb la Dansa 2023. En este caso, las compañías finalistas programadas recibirían 750,00 € (setecientos cincuenta euros).
En cuanto a la actuación derivada del pago del premio, corresponde al Instituto de Estudios Baleáricos decidir cuál será el espacio escénico o cultural en el que se representará y consensuar su fecha con la compañía ganadora. Esta actuación se hará en el marco de Fira B! de 2023. Con respecto a la actuación en el Teatro Principal de Palma, en el marco del Palma amb la Dansa 2023, corresponde a ambas entidades decidir la fecha en que se celebrará dicha actuación.
La compañía finalista y la ganadora cobrarán la parte que les corresponda una vez hayan llevado a cabo las actuaciones programadas. En caso de ausencia, si ésta no está justificada por algún motivo de fuerza mayor, el bailarín perderá el derecho a cobrarla.
El Instituto Balear de la Juventud se hará cargo, si procede, de los gastos de desplazamiento y alojamiento de los músicos acompañantes o de los técnicos de sonido y luz. En ningún caso se abonarán dietas u honorarios a los músicos y técnicos de sonido acompañantes.
CERTAMEN DE CORTOMETRAJES
1. Convocatoria
Se convoca el Certamen de Cortometrajes, en el que se pueden presentar trabajos incluidos en las categorías de videoarte, animación por ordenador, reportaje documental y cortometraje de ficción.
2. Participantes
Los participantes se pueden presentar a este certamen de forma conjunta, formando equipo el guionista y el director del cortometraje, o bien individualmente. En cualquier caso, todos los participantes deben tener entre 16 y 35 años el día 31 de diciembre de 2022 y deben haber nacido o residir en las Islas Baleares.
3. Premios
La dotación es de 9.000,00 € (nueve mil euros), que se ha de repartir de la manera siguiente:
a) Un primer premio en metálico de 2.000,00 € (dos mil euros).
b) Dos segundos premios de 500 € (quinientos euros), que el jurado puede dividir de la manera que le parezca más adecuada.
c) Los 6.000,00 € (siete mil euros) restantes se destinaran a financiar un nuevo cortometraje que debe elaborar la persona o el grupo ganador del primer premio a lo largo de 2023.
Todos los premios se pueden declarar desiertos y el primer premio no se puede dividir.
4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para presentar la documentación establecida en el punto 5.4 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24:00 h. del 30 de abril de 2022.
Además de esta documentación, cada participante debe presentar su trabajo a través de un enlace (Vimeo, YouTube, etc.) que permita la reproducción en tiempo real del vídeo.
5. Jurado
El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1). De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado se han de designar de entre los miembros de la Asociación de Cineastas de las Islas Baleares y productores, directores y críticos de cine de reconocido prestigio en las Islas Baleares. Asimismo, se invitará a formar parte del jurado al ganador del Certamen de Cortometrajes de la edición de 2018.
6. Condiciones técnicas
Los cortometrajes serán posteriores al 31 de diciembre de 2018 y su duración no podrá ser superior a 20 minutos ni inferior a 3 minutos (con los títulos de crédito incluidos). El corto debe estar terminado y preparado para ser exhibido; en caso contrario, la organización puede excluirle del certamen.
En caso de que el cortometraje sea seleccionado para pasar a la final, el participante debe entregar al Área de Art Jove, en las fechas indicadas oportunamente, el trabajo en formato códec H.264, con extensión MOV o MP4 y en alta definición.
Cada participante sólo puede presentar una obra; por tanto, no se pueden presentar individualmente y en grupo ni formar parte de dos grupos a la vez.
No se puede presentar ningún trabajo que se haya presentado en ediciones anteriores del programa cultural Art en el momento en que se inscribe la obra a concurso.
Los participantes se responsabilizan de que no existan derechos de terceros por el uso de las piezas musicales utilizadas en las obras presentadas ni ninguna reclamación por derechos de imagen de las personas que aparecen, y eximen al IBJOVE de cualquier tipo de responsabilidad.
7. Selección y desarrollo del certamen
Una representación del jurado (el presidente, la secretaria y un vocal) debe visionar a puerta cerrada todos los trabajos presentados y elegir un máximo de 10, a partir de los criterios de calidad técnica y artística.
La fase final será abierta al público, debe asistir todo el jurado, y se celebrará preferentemente en Formentera, durante el verano de 2022. A partir de esta proyección, el jurado debe elegir el primer premio y el resto de premiados y hará pública su decisión esa misma noche.
8. Otras determinaciones
8.1. El ganador del primer premio debe presentar el proyecto audiovisual del cortometraje antes del 31 de marzo de 2023, que debe incluir, como mínimo:
a) La memoria detallada del proyecto: sinopsis, tratamiento argumental, presupuesto de producción, plan de rodaje (con indicación del tiempo de rodaje, fechas y localizaciones), composición del equipo técnico y artístico.
b) El guion definitivo.
8.2. Un equipo técnico compuesto por el presidente del jurado del certamen, un miembro de la productora que seleccione el ganador (siempre teniendo en cuenta lo que se establece en el apartado 10.14) y la coordinadora del programa cultural Art Jove deben analizar y dar el visto bueno al proyecto audiovisual. Una vez que el ganador haya aceptado el encargo, debe recibir el 50 % del premio (3.000,00 €) para empezar el rodaje. El ganador dispone de un plazo máximo de seis meses, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2023, para presentar en el IBJOVE el cortometraje terminado, además de los documentos pertinentes que autoricen a esta institución a utilizar la obra en las sus actividades de promoción, comunicación y exhibición, sin ánimo de lucro y con posterioridad a la estrena del cortometraje.
El resto del premio, el 50 % restante, se abonará una vez que el ganador haya estrenado el cortometraje. El cortometraje producido, así como todo el material de promoción del cortometraje, debe incluir, al principio, una referencia expresa al apoyo de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen de Cortometrajes del programa cultural Art Jove de 2022, organizado por el IBJOVE.
8.3. El cortometraje del ganador debe presentarse en un acto público en el último trimestre de 2023.
8.4. Si el grupo ganador incumple este calendario sin justificación, pierde el derecho a reclamar una nueva fecha de presentación y también el premio.
8.5. Los participantes se responsabilizan de que no haya derechos a terceros por el uso de las piezas musicales utilizadas en las obras presentadas, ni ninguna reclamación por derechos de imagen de las personas que aparecen, y eximen al IBJOVE de cualquier tipo de responsabilidad.
CERTAMEN DE RELATO BREVE
1. Convocatoria y participantes
El IBJOVE convoca a este certamen dirigido a jóvenes escritores y escritoras en lengua catalana, que deben haber nacido o residir en las Islas Baleares y tener entre 16 y 30 años el 31 de diciembre de 2022. No se admite la inscripción de grupos.
2. Premios
La dotación del premio es de 4.000 € (cuatro mil euros), que debe repartirse de la siguiente manera:
Ambos premios pueden ser declarados desiertos y el primero no puede ser compartido. La decisión del jurado es inapelable.
3. Plazo de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.4 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24 h. del 30 de abril de 2022.
4. Jurado
El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1). En el punto 7.3 se indica que los vocales deben ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al Certamen de Relato Breve, éstos se deben elegir entre representantes del Gremio de Editores de las Islas Baleares, escritores de reconocido prestigio en las Islas y libreros y críticos literarios de medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares. También debe participar un técnico del IEB o la persona en quien delegue. Asimismo, se invitará a la persona ganadora del primer premio de la última edición de Relato breve del programa cultural Art Jove. Tiene que actuar como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del programa cultural Art Jove.
5. Condiciones técnicas
5.1. Cada participante debe entregar, además de la documentación requerida en el punto 5.4 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1), un PDF con el trabajo que se presenta a concurso.
5.2. Los trabajos, de temática libre, deben ser originales, inéditos y escritos en lengua catalana. El trabajo ha de ser anónimo y únicamente debe constar en él el título del relato. La extensión del texto será de entre 5.000 y 15.000 caracteres, con espacios incluidos. La letra utilizada debe ser Times New Roman, de cuerpo 12. Los márgenes han de ser de un mínimo de 3 cm. El interlineado debe ser doble.
5.3. Cada persona solo puede presentar un relato.
6. Selección y desarrollo
Una vez leídos los relatos presentados, el jurado debe reunirse a puerta cerrada para elegir los textos ganadores, que debe seleccionar a partir de los criterios de calidad y creatividad artística. Esta decisión no puede hacerse pública hasta el día de la final, que tendrá lugar en un teatro, en el que se hará la lectura dramatizada de los textos premiados o de un fragmento.
El ganador dispone de un máximo de 6 meses a partir del día de la final del certamen para redactar más relatos hasta un mínimo de 75.000 caracteres y un máximo de 150.000 con espacios, incluidos los del relato ganador.
7. Otras determinaciones
El ganador escogerá la editorial con la que quiere publicar su recopilación o novela, siempre teniendo en cuenta lo que se establece en el apartado 10.14, y la opinión del Área de Art Jove. Una vez elegida la editorial se formalizará un contrato entre el autor y ésta y se fijará un calendario.
Cuando la persona ganadora haya entregado el borrador del relato a la editorial elegida, se le abonarán los 2.000,00 € (dos mil euros) en concepto de anticipo de derechos de autor. En caso de que el artista no tenga preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a reclamar la edición del libro y, por tanto, a cobrar esta parte del premio.
La editorial que haya publicado la recopilación o novela se compromete a programar dos presentaciones; La primera en el marco de la XXXI Feria del Libro de Palma, en el mes de mayo de 2023, y la segunda en un algún festival, feria o espacio literario consensuado previamente con la persona ganadora y la coordinadora del área de Art Jove.
El IBJOVE se hará cargo de los gastos de edición y maquetación de la recopilación o relato de la editorial elegida hasta un máximo de 2.000,00 € (dos mil euros) .
Este libro , que debe contener obligatoriamente el relato breve ganador de este certamen, así como todo el material de promoción, debe incluir, al principio, una referencia expresa al apoyo de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen de Relato Breve del programa cultural Art Jove de 2022, organizado por el IBJOVE.
CERTAMEN DE MÚSICA PARA JÓVENES INTÉRPRETES EN LA MODALIDAD DE GRUPOS DE CÁMARA
1. Convocatoria y participantes
El Instituto Balear de la Juventud, con la colaboración del Instituto de Estudios Baleáricos, convoca este certamen dirigido a grupos de cámara formados por jóvenes intérpretes residentes o nacidos en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2022.
2. Premios
Se establece una dotación de 8.000 € (ocho mil euros), que se repartirá de la siguiente forma:
Ambos premios se pueden declarar desiertos y no se pueden compartir. La decisión del jurado es inapelable.
3. Plazos de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y presentar toda la documentación es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00 h. del 30 de abril de 2022.
Además de la documentación establecida en el punto 5.3 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1), cada grupo debe enviar a la dirección electrónica artjove@ibjove.net un archivo con las partituras del repertorio de la semifinal.
4. Jurado
El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, deben designarse los miembros del jurado de entre los directores del Conservatorio Profesional de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera, los coordinadores de festivales de música clásica de reconocido prestigio en las Islas Baleares y músicos o compositores de las Islas Baleares. También participará un técnico del Instituto de Estudios Baleáricos. Tiene que actuar como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del programa cultural Art Jove.
5. Condiciones estilísticas
Las interpretaciones deben pertenecer obligatoriamente al repertorio de música clásica para grupos de cámara. Quedan excluidas formalmente las transcripciones no consolidadas y las reducciones orquestales para piano.
Una misma persona no puede participar en dos grupos de cámara distintos.
6. Selección y desarrollo
La fase semifinal tendrá lugar en el marco del festival Inclásico de Inca durante un fin de semana del mes de junio de 2022. Los participantes tendrán que actuar en directo durante un mínimo de cinco minutos y un máximo de diez minutos. El jurado debe decidir cuáles son los grupos de cámara (hasta un máximo de tres) seleccionados para pasar a la final.
La fase final se hará en el lugar y en las fechas que, oportunamente, dará a conocer el Área de Art Jove de IBJOVE. Los tres grupos seleccionados para la fase final han actuar en directo durante un mínimo de 15 minutos y un máximo de 20 minutos, con el repertorio que consideren más adecuado. A partir de esta audición, el jurado debe seleccionar al grupo ganador, teniendo en cuenta criterios como la dificultad del repertorio seleccionado y la calidad de la interpretación.
7. Conciertos
Se prevén los conciertos correspondientes a las fases semifinal y final del certamen, los derivados del pago de ambos premios y aquellos que se organicen en el marco del programa itinerante GirArt Jove.
En cuanto a los conciertos derivados del pago del primer premio, el grupo ganador del certamen deberá pactar el día y la hora de la actuación con el coordinador de Fira B! y con el festival Inclásico.
El Instituto de Estudios Baleáricos y el festival de reconocido prestigio se reservan la posibilidad de programar un grupo finalista o ambos finalistas, conjuntamente con el ganador. En este caso, el IBJOVE se haría cargo del caché de los grupos finalistas programados, que recibirían 750,00 € (setecientos cincuenta euros) con independencia del número de componentes.
Los grupos de cámara ganadores y finalistas cobrarán su minuta una vez haya tenido lugar el concierto programado. En caso de ausencia no justificada en alguna de las actuaciones programadas previamente, el grupo perderá el derecho a cobrarla.
CERTAMEN DE DISEÑO DE MODA
1. Participantes
Este certamen se dirige a jóvenes diseñadores, residentes o nacidos en las Islas Baleares, que tengan entre 16 y 35 años a 31 de diciembre de 2022. Se admite la inscripción de grupos.
2. Premios
Se establece una dotación de 5.000,00 € (cinco mil euros), que se repartirá de la siguiente forma:
Ambos premios pueden declararse desiertos y el primero no se puede dividir.
3. Plazos de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y adjuntar el dossier de presentación es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00 h. del 30 de abril de 2022.
Además de la documentación establecida en el punto 5.3 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1), cada participante debe enviar a la dirección electrónica artjove@ibjove.net un dossier de presentación en formato PDF, o un enlace de Dropbox, Drive o similar, con la colección que presenta a concurso, con acceso a un documento en formato PDF que contenga su trabajo y que pueda descargarse, con una capacidad máxima de 300 MB. El enlace debe permanecer activo, al menos, un mes. El documento en formato PDF debe ser anónimo y ha de llevar como nombre el título de la colección.
4. Condiciones técnicas
El dossier de presentación se presentará en formato digital. Debe incluir la colección que presenta a concurso con siete piezas. La colección ha de ser prêt-à-porter , es decir, que pueda producirse y/o comercializarse.
Este dossier de presentación, obligatoriamente, debe incluir:
Cada participante puede presentar sólo una propuesta (un dossier de presentación).
5. Jurado
El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En el punto 7.3 se indica que los miembros del jurado se deben designar entre profesionales o personalidades de reconocido prestigio en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En cuanto al certamen de Diseño de Moda, el jurado debe designarse de entre todos o algunos de los siguientes colectivos: directores de escuelas de diseño o personas en las que éstos deleguen la representación; diseñadores de reconocido prestigio y profesionalidad acreditada en el ámbito de las Islas Baleares, y empresarios o profesionales representativos en los sectores de la comunicación y la industria del diseño. También se invitará a formar parte al ganador del primer premio de la última edición convocada del certamen de Diseño de Moda y al comisario del certamen. Tiene que actuar como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del programa cultural Art Jove.
6. Selección y desarrollo
Una vez vistos los dossieres de presentación presentados, el jurado debe seleccionar un máximo de siete colecciones, que son las que pasarán a la fase final, a partir de criterios como la originalidad, la calidad, la creatividad, el concepto, la confección, patronaje, acabados, propuesta de diseño y carácter ético y/o sostenible. Los accesorios y la propuesta de estilismo se valorarán como un plus.
Una vez notificada la decisión del jurado a los participantes, los finalistas podrán presentar una factura de 500,00 € (quinientos euros) más IVA, en concepto de ayuda a la producción de la colección.
Los diseñadores finalistas deben presentar las colecciones seleccionadas en las fechas y los lugares que oportunamente indique el Área de Art Jove de IBJOVE. Se convocará al jurado para que examine de cerca las colecciones presentadas y los participantes podrán disponer de un máximo de cinco minutos para defender y explicar su propuesta al jurado.
Los finalistas deberán elegir una canción para el desfile de su colección, que será interpretada en directo por un grupo de música liderado por Mon Joan Tiquat, ganador del certamen de Creación Musical Jove del Art Jove 2021.
En la fase final tendrá lugar la Pasarela Art Jove. A partir de ahí, el jurado debe seleccionar la colección ganadora. Su decisión se dará a conocer la misma tarde de la pasarela.
La organización de Art Jove facilitará a los finalistas las modelos que desfilarán en la final, siempre teniendo en cuenta los criterios de los diseñadores, y asumirá los gastos de honorarios, maquillaje y peluquería.
7. Otras determinaciones
Corresponde al Área del Art Jove, siempre teniendo en cuenta la opinión de las personas ganadoras,escoger la pasarela o festival de moda en el que desfilará la nueva colección diseñada ex-professo. Una vez escogida, se fijará un calendario entre la Organización de dicho festival o pasarela y las personas ganadoras.
Con respecto al pago de los gastos derivados del diseño y producción de la nueva colección que desfilará como colección invitada en algún festival o pasarela de reconocido prestigio de las Islas Baleares durante el 2023, éste se hará efectivo en dos tandas; la primera, de 1.000,00 euros, cuando las personas ganadoras hayan entregado a la Organización del festival un mínimo de 6 y un máximo de 8 figuras ilustrados con técnica libre, de forma que se aprecie claramente el concepto y la idea de la colección, aunque en la final sólo se muestren los siete conjuntos (outfits) que el diseñador elija. Los 1.000,00 euros restantes se abonarán una vez que se haya celebrado el desfile.
El IBJOVE se hará cargo de los gastos derivados del desfile de la nueva colección en dicho festival hasta un máximo de 1.000,00 € ( mil euros).
En caso de que las personas ganadoras no tengan preparada la nueva colección en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a reclamar el desfile y, por tanto, a cobrar esta parte del premio.
Todo el material de difusión y promoción del festival debe incluir una referencia expresa al apoyo de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación de las personas ganadoras en el Certamen de Diseño de Moda del programa cultural Art Jove de 2022, organizado por el IBJOVE.
CERTAMEN DE DISEÑO DE PRODUCTO
1. Convocatoria
Este certamen se dirige a jóvenes diseñadores, residentes o nacidos en las Islas Baleares, que tengan entre 16 y 35 años a 31 de diciembre de 2022. Se admite la inscripción de grupos.
2. Premio
Se establece una dotación de 6.000,00 € (seis mil euros) distribuidos de la siguiente forma:
El jurado puede declarar desiertos todos los premios. No puede haber ninguna compartida.
3. Jurado
El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado se designarán entre los siguientes colectivos: directores de escuelas superiores de diseño o personas en quienes éstos deleguen la representación; diseñadores de reconocido prestigio y profesionalidad acreditada en el ámbito de Baleares, y empresarios o profesionales representativos del sector del diseño de producto. Asimismo, se invitará a participar como miembro del jurado al ganador de la modalidad de Diseño de Producto de la edición anterior.
4. Plazos de inscripción y presentación de la documentación
El plazo para formalizar la inscripción y adjuntar toda la información es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta las 24.00 h. del 30 de abril de 2022.
Además de la documentación establecida en el punto 5.3 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1), cada participante debe enviar a la dirección electrónica artjove@ibjove.net un documento en formato PDF o un enlace de Dropbox, Drive o similar, con acceso a un documento en formato PDF que contenga su trabajo y que pueda descargarse, con una capacidad máxima de 300 MB. El enlace debe permanecer activo, al menos, un mes.
5. Condiciones técnicas
El trabajo debe ser anónimo y únicamente debe constar el título del proyecto y la modalidad en la que concursa. Se identificará con el número de orden que le asigne el Área de Art Jove de IBJOVE. Cada persona participante o grupo de participantes sólo puede presentar una propuesta y, por tanto, una persona no se puede presentar a la vez individualmente y en grupo en la misma categoría.
Los participantes tendrán que enviar un documento en formato PDF, con la máxima resolución posible, que contenga un único panel de 100 cm. x 70 cm. con la siguiente información:
6. Selección y desarrollo
Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado debe seleccionar un máximo de siete proyectos, que pasarán a la fase final, a partir de criterios como la innovación y la búsqueda de nuevas soluciones, el diseño respetuoso con el medio ambiente, la consideración de los costes de producción y la posibilidad de producción de forma sencilla y viable desde todos los puntos de vista. Además, se valorará el respeto a la personalidad del certamen, sus objetivos y valores y la estética y la originalidad del galardón.
Para la fase final, los finalistas deberán enviar al programa cultural Art Jove un archivo con el mismo panel presentado anteriormente, en el que conste el título del proyecto y el nombre de todas las personas autoras. Además, deberán aportar una maqueta o prototipo de su propuesta con los materiales definitivos.
El programa cultural Art Jove producirá todos los paneles finalistas para exponerlos, junto con las maquetas o prototipos, en la final del certamen, que tendrá lugar en un espacio público de Palma. Antes de inaugurar la exposición, los participantes podrán disponer de un máximo de cinco minutos para defender y explicar su propuesta al jurado. Posteriormente, el jurado seleccionará los proyectos ganadores y se inaugurará la exposición.
7. Otras determinaciones
El programa cultural Art Jove se reserva la posibilidad de utilizar la propuesta ganadora de la categoría de Galardón Art Jove como galardón para los ganadores de próximas ediciones de Art Jove.