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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 119404
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de marzo de 2022 por el que se autoriza la adscripción del Centro Universitario Felipe Moreno-Nebrija a la Universidad Antonio de Nebrija

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Texto

El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, en el artículo 36.4 establece que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

El artículo 5.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en adelante, LOU) establece que los centros universitarios privados tienen que estar integrados en una universidad privada como centros propios o tienen que estar adscritos a una universidad pública o privada.

De acuerdo con el artículo 11 de la LOU, para adscribir, mediante un convenio, centros docentes de titularidad privada a una universidad privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y con validez dentro del ámbito del territorio nacional es necesaria la aprobación de la comunidad autónoma, a propuesta de la universidad. La comunidad autónoma tiene que autorizar el inicio de las actividades de los centros adscritos. En el caso de centros ubicados en una comunidad autónoma distinta a donde radica la universidad de adscripción, la adscripción debe contar con la autorización de ambas administraciones autonómicas.

Además, en este caso, ha sido necesario proceder a la previa desadscripción del centro a la Universidad de las Illes Balears, a la que estaba adscrito con anterioridad. La desascripción se formalizó mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de febrero de 2020, por el que se autoriza la desadscripción de la Escuela Universitaria de Turismo Felipe Moreno de la Universidad de las Illes Balears (BOIB núm. 26, de 29 de febrero).

De acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios, para adscribir centros a universidades se tiene que firmar un convenio de adscripción a la universidad. Así mismo, este Real Decreto establece que la comunidad autónoma tiene que autorizar el inicio de las actividades, una vez comprobado que se cumplen los requisitos que regulan los contenidos mínimos y los relativos a los espacios para la docencia y la investigación.

El día 19 de julio de 2018 la Universidad Antonio de Nebrija (Universitas Nebresensis, S.A.) y la Escuela Universitaria de Turismo Felipe Moreno (Escuela de Turismo de Baleares, S.L.) firmaron el Convenio que regula la adscripción a la Universidad Antonio de Nebrija del Centro Universitario Felipe Moreno-Nebrija, con objeto de impartir los títulos universitarios de grado en Turismo y de grado en Comunicación Corporativa, Protocolo y Organización de Acontecimientos, de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 de la LOU.

Los días 28 de mayo de 2019 y 25 de febrero de 2020, respectivamente, la Universidad Antonio de Nebrija y la Escuela Universitaria de Turismo Felipe Moreno firmaron dos adendas al mencionado Convenio de colaboración.

El día 21 de abril de 2021 los técnicos del Instituto de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) emitieron el informe favorable relativo al cumplimiento de los requisitos relativos a los espacios docentes requeridos por el anexo I del Real Decreto 420/2015 para impartir el grado en Turismo y el grado en Comunicación Corporativa, Protocolo y Organización de Acontecimientos.

En este sentido, la Universidad Antonio de Nebrija solicitó, el 4 de junio de 2019 (registro de entrada n.º L13E38262/2019), la adscripción del Centro Universitario Felipe Moreno-Nebrija.

El 31 de enero de 2022, el consejero de Educación, Universidades, Ciencia y portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid firmó la Orden 178/2022, mediante la que se autoriza la adscripción del Centro de Educación Superior Felipe Moreno-Nebrija a la Universidad Antonio de Nebrija (BOCM n.º 35, de 11 de febrero).

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en la sesión del día 7 de marzo de 2022 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Autorizar la adscripción del Centro Universitario Felipe Moreno-Nebrija a la Universidad Antonio de Nebrija para impartir los estudios oficiales del grado en Turismo y de grado en Comunicación Corporativa, Protocolo y Organización de Acontecimientos.

Segundo. La autorización para poner en funcionamiento el centro e implantar las enseñanzas requiere los informes favorables de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), las resoluciones posteriores del Consejo de Universidades que verifiquen los planes de estudios, las autorizaciones de implantación de la Comunidad Autónoma, así como el informe favorable sobre el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el anexo I del Real Decreto 420/2015.

De conformidad con el apartado 3 del artículo 27 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, el inicio de la impartición de la docencia no podrá tener lugar hasta la declaración, por parte del Consejo de Ministros, del carácter oficial de los estudios y la posterior inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

Tercero. El Centro Felipe Moreno-Nebrija sólo podrá utilizar la denominación universitario/universitaria, o las denominaciones propias de enseñanzas y títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, siempre y cuando éstas hayan sido autorizadas o reconocidas de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la LOU y el Real Decreto 822/2021.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimonovena de la LOU, en ningún caso se podrán utilizar denominaciones de estudios o actividades que, por su significado, puedan inducir a confusión con las enseñanzas universitarias.

Cuarto. Comunicar este Acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.

Quinto. Comunicar este Acuerdo a la Comunidad de Madrid.

Sexto. Notificar este Acuerdo a la Universidad Antonio de Nebrija (Universitas Nebresensis, S.A.).

Séptimo. Notificar este Acuerdo a la Escuela Universitaria de Turismo Felipe Moreno (Escuela de Turismo de Baleares, S.L.).

Octavo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 7 de marzo de 2022

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez