Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TRANSICIÓN, TURISMO Y DEPORTES

Núm. 112450
Extracto de la convocatoria de subvenciones dirigida a las Asociaciones de Familias de Alumnos para la organización de actividades físicas y/o deportivas extraescolares dentro del curso escolar 2021/2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 611855      

De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones dirigida a las Asociaciones de Familias de Alumnos (AFA), consistente en una ayuda económica para la organización de actividades físicas y/o deportivas extraescolares dentro del curso escolar 2021/2022, aprobada por resolución del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Turismo y Deportes de día 24 de noviembre de 2021.

El texto completo de la convocatoria se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).

Beneficiarios                                                              

Son beneficiarias de estas subvenciones las Asociaciones de Familias de Alumnos de centros educativos públicos y concertados, de educación infantil, primaria y secundaria, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener capacidad jurídica, de actuar y estar legalmente constituidas y registradas en el censo de la Consejería<A[Consejería|Conselleria]> de Educación y Universidad. La entidad solicitante tiene que indicar el número de registro en la solicitud.

b) Desarrollar su actividad en Mallorca, conforme a lo que se establece en sus estatutos en el ámbito de la educación.

c) Cumplir los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ordenanza de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social y con el Consejo de Mallorca y sus organismos dependientes.

e) Ejecutar el proyecto de actividades durante el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de mayo de 2022.

f) No haber sido sancionada o condenada en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género mediante resolución administrativa o sentencia judicial firme. Artículo 11 Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de género entre mujeres y hombres.

g) No ser deudora por resolución de procedencia de reintegro a la que hace referencia el artículo 48.4 del OGS.

h) Cumplir el resto de requisitos previstos en esta convocatoria y en la normativa de subvenciones aplicable.

Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones destinadas a las Asociaciones de familias de alumnas (AFA) de centros públicos y concertados, de educación infantil, primaria y secundaria de Mallorca, para la realización de proyectos orientados al ejercicio de actividades extraescolares físicas y/o deportivas, dirigidas al alumnado de sus centros fuera del horario escolar, que reúnan las condiciones y requisitos establecidos en la convocatoria.

Se entiende por proyecto un plan de trabajo que concrete los elementos necesarios para conseguir los objetivos. Todo proyecto tiene que contener:

  • Una descripción de lo que se quiere conseguir indicando con precisión la finalidad de la misma.
  • Una adaptación del proyecto a las características del entorno y de las personas que lo van a llevar a cabo.
  • Unos datos e informaciones técnicas para el mayor desarrollo del proyecto.
  • Instrumentos de recogida de datos.
  • Unos recursos mínimos imprescindibles para su aplicación y
  • Una temporalización para el desarrollo del proyecto.
 

Bases reguladoras

La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, aprobada por acuerdo plenario de fecha 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21 de 18/02/17), modificada por acuerdo plenario de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96 de 4/08/18) y el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por<A[por|para]> el cual se aprueba el texto Refundido de la Ley de Subvenciones y supletoriamente se aplica La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Crédito presupuestario

Durante el ejercicio presupuestario 2022, se destina la cantidad de 60.000,00 € a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 30.34101.48901.

El procedimiento de concesión es mediante concurrencia no competitiva y por riguroso orden de entrada, de manera que serán subvencionables todas las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, y, por lo tanto, no es necesaria la comparación entre las solicitudes, hasta que se agote el crédito previsto en la convocatoria.

Se seguirá el orden de entrada de las solicitudes en el registro electrónico del Consejo de Mallorca, siempre que el expediente sea correcto y se aporten los documentos preceptivos, hasta agotar el total del crédito asignado a la convocatoria.

En este sentido, si se hace un requerimiento a la entidad solicitante, el orden de entrada que figurará en el registro será el del momento en que se presenta la documentación correcta y completa.

Las solicitudes se podrán resolver individualmente, aunque no haya finalizado el plazo de presentación de las mismas, a medida que estas entren en el registro del Consejo de Mallorca. Si se agota el crédito destinado a la convocatoria antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se tiene que suspender la concesión de nuevas ayudas, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud, toda la documentación y los anexos que lo acompañan empieza a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el día 31 de mayo de 2022.

El lugar<A[lugar|sitio]> para presentar la solicitud es la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).

La solicitud, así como los requerimientos y la aportación de documentación se tiene que hacer por medios Electrónicos (Sólo serán válidas las aportaciones de documentación que se hagan a través de la sede electrónica, por lo tanto, es necesario el certificado digital de la entidad solicitante o del representante legal para realizar los trámites).

Justificación

Las entidades junto con la solicitud de la subvención tienen que presentar la documentación justificativa establecida en el punto 10 de la convocatoria.

 

Palma, 3 de marzo de 2022

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes ​​​​​​​Andreu Serra Martínez