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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 108694
Resolución de designación del Tribunal calificador (EXP. 1757/2021). Decreto de batlia n.º 195/2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con las bases y convocatoria del proceso selectivo para formar una bolsa de trabajo de técnico informático del Ayuntamiento de sa Pobla (BOIB núm. 166, de día 2 de diciembre de 2021, mediante la presente,

RESUELVO

PRIMERO.- Nombrar, como miembros del Tribunal calificador, conforme la base séptima, a:

- Presidente:

Titular: Llorenç Reus Riera, funcionario de carrera del Ayuntamiento de Sa Pobla.

Suplente: Mateu Tous Muntaner, funcionario de carrera del Ayuntamiento de sa Pobla

- Vocales:

Titular 1: Xisco Joan Pizà, técnico informático del Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardessar.

Suplente 1: Joana Payeras Crespí, funcionaria de carrera del Ayuntamiento de sa Pobla.

Titular 2: Vicenç Vidal Conti, Servicio de informática municipal del Consell de Mallorca.

Suplente 2: Elena Palacio Tuñon, secretaría-interventora de Mancor del Valle.

Titular 3: Jaume Pericas Franco, técnico de nuevas tecnologías del Ayuntamiento de Felanitx.

Suplente 3: Catalina Serra Socias, administrativa RH del Ayuntamiento de sa Pobla.

- Secretario:

Titular: Xavier Rodríguez Abril, funcionario de carrera del Ayuntamiento de Sa Pobla.

Suplente: Guillem Cantallops Socias, funcionario de carrera del Ayuntamiento de sa Pobla

El tribunal no puede constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, sin presidente o presidenta ni secretario o secretaria. Las decisiones deben adoptarse por mayoría.

El tribunal puede acordar la incorporación en las tareas de personal asesor o especialistas en todas o alguna de las pruebas, que pueden actuar con voz pero sin voto.

Los miembros del Tribunal y los asesores deben abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Asimismo, notificarán esta circunstancia a la autoridad que los nombró.

La abstención y la recusación de los miembros del tribunal se regulará por los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y por los artículos 22 y 23 de la Ley 3/2003 , de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Las decisiones adoptadas por el tribunal pueden recurrirse en las condiciones que establece el artículo 121 de la Ley 39/2015

SEGUNDO.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios y portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento de sa Pobla.

 

Sa Pobla, en el día de la firma electrónica (2 de marzo de 2022)

El alcalde

Llorenç Gelabert Crespí