Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 107889
Resolución de los expedientes de solicitud de subvenciones para intervenciones en bienes del patrimonio cultural, para rehabilitar paredes de piedra seca y para soterrar líneas eléctricas y/o telefónicas existentes (convocatoria de 2021)
La Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en ejercicio de sus competencias, aprobó, en sesiones ordinarias celebradas el 23 de diciembre de 2021 y el 11 de febrero de 2022, la resolución de los expedientes de solicitud de subvenciones para intervenciones en bienes del patrimonio cultural, para rehabilitar paredes de piedra seca y para soterrar líneas eléctricas y/o telefónicas existentes, correspondiente a la convocatoria 2021, de conformidad a lo siguiente:
1. Conceder las subvenciones para intervenciones en bienes del patrimonio cultural, para rehabilitar paredes de piedra seca y para enterrar líneas eléctricas y/o telefónicas existentes que constan relacionadas en el Anexo I, con el importe económico máximo indicado en cada caso.
2. Denegar las solicitudes de subvención que se relacionan en el Anexo II, por los motivos indicados en cada uno de los casos.
3. Recordar a las personas beneficiarias la necesidad de dar cumplimiento, entre otros, a los siguientes aspectos establecidos en las Bases, a fin de poder justificar correctamente las actuaciones subvencionadas:
a) Una vez obtenida la licencia urbanística correspondiente (o efectuada la comunicación previa en su caso) y ejecutadas las actuaciones previstas, deberá justificarse la finalización de las obras, mediante la presentación de la documentación especificada en el artículo 12 de las Bases.
b) Que la justificación de la subvención deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 24 meses desde la recepción del último de los siguientes documentos: la concesión de la subvención o bien la retirada de la licencia urbanística (o la validación de la declaración responsable de inicio de obras, en su caso), de acuerdo con el artículo 12 de las Bases.
c) Que si en la fase de revisión de la documentación justificativa se comprueba que se han producido cambios durante la ejecución —respecto a la documentación aportada inicialmente en la solicitud—, el importe final de la ayuda se podrá revisar a la baja a fin de ajustarlo a los criterios que establecen las Bases.
d) En el caso de la rehabilitación de paredes de piedra seca, las actuaciones deberán desarrollarse siguiendo de forma estricta la técnica tradicional de construcción con pared de piedra seca, de acuerdo con lo que establece el artículo 4 de las Bases .
e) Comunicar a la persona beneficiaria que debe recoger la placa informativa de la actividad subvencionada en el área de Patrimonio del Consell Insular (calle del Archiduque Lluís Salvador, 2 de Sant Francesc).
f) Recordar que la placa informativa deberá estar colocada de forma visible en la obra objeto de esta subvención. El incumplimiento de este requisito puede ser causa de reintegro de la subvención otorgada.
4. Notificar este acuerdo a las personas interesadas.
5. Publicar este acuerdo en el tablón de anuncios y en la página web de la corporación, así como en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
ANEXO I Relación de subvenciones concedidas e importes máximos asignados
REHABILITACIÓN DE PAREDES DE PEDRA SECA
Expediente |
Interesado / representante |
Longitud (m) |
Valoración (art. 6.1.1. Bases) |
Importe propuesto |
---|---|---|---|---|
2021/5202 |
X3768398D-T.P. |
53,0 |
48 |
3.975,00 |
2021/4539 |
41331416W-I.M.T. |
47,5 |
44 |
1.878,00 |
2021/5252 |
LAIMO SL |
194,0 |
43 |
14.706,00 |
2021/5201 |
41405882V-V.B.G. |
295,0 |
38 |
17.700,00 |
2021/2701 |
78290907B-M.R.G. |
126,9 |
24 |
8.373,00 |
2021/5204 |
46953060D-G.S.J. |
130,0 |
23 |
5.850,00 |
2021/4618 |
41445455F-M.L.T.C. |
325,0 |
20 |
20.000,00 |
2021/2700 |
47260202D-A.F.R. |
65,5 |
19 |
4.410,00 |
2021/5338 |
41456817F-M.M.Y.J |
75,0 |
10 |
5.400,00 |
2021/3718 |
41450325R-A.T.T. |
328,0 |
5 |
10.496,00 |
2021/4397 |
41456141K-S.M.T. |
143,0 |
5 |
9.540,00 |
2021/5307 |
41446262D-C.M.T. |
198,0 |
4 |
10.860,00 |
2021/3161 |
41444360Q-M.J.E. |
131,0 |
4 |
7.860,00 |
2021/5158 |
78290201H-J.T.E. |
21,0 |
4 |
693,00 |
2021/3200 |
78290761A-J.Y.T |
10,0 |
4 |
240,00 |
2021/5254 |
34069541D-P.S.M. |
98,0 |
3 |
2.940,00 |
2021/5334 |
78290972F-M.P.S.E. |
55,0 |
3 |
990,00 |
INTERVENCIONES EN BIENES PATRIMONI CULTURAL |
|||
---|---|---|---|
Expediente |
Interesado / representante |
Valoración (art. 6.1.1. Bases) |
Importe propuesto |
2021/4537 |
43030132F-J.C.C. |
100 |
16.182,54 |
2021/5238 |
20423230N-J.V.F.V. |
98 |
15.712,09 |
2021/3828 |
46237317A-A.R.U. |
85 |
5.448,50 |
2021/5314 |
78290933Z-R.E.E. |
85 |
5.027,32 |
2021/5269 |
78290832M-M.M.C. |
75 |
6.590,63 |
2021/3716 |
41456058F-C.R.F. |
73 |
1.306,32 |
SOTERRAMIENTO DE LÍNIAS ELÉCTRICAS Y/O TELEFÓNICAS EXISTENTES |
|||
---|---|---|---|
Expediente |
Interesado / representante |
Valoración (art. 6.1.1. Bases) |
Importe propuesto |
2021/5339 |
07743692Y-E.M.M. |
25 |
6.300,00 |
2021/5266 |
GEAMSA |
0 |
9.800,00 |
ANEXO II Relación de solicitudes denegadas/desistidas y motivación
Expediente |
Interesado / representante |
Tipos |
Motivo de denegación |
---|---|---|---|
2021/5203 |
41405882V-V.B.G. |
P |
Incumplir artículo 4.4 de las Bases. Desistimiento de la solicitud por no aportar documentación requerida, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. |
2021/3162 |
41453086W-L.J.T. |
P |
No se ajusta a los conceptos subvencionables establecidos en el artículo 2 de les Bases. Desistimiento de la solicitud por no aportar documentación requerida, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. |
2021/2902 |
BUKOSWSKI SL |
P |
Desistimiento de la solicitud por no aportar documentación requerida, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. |
2021/5337 |
24372173Q-M.B.S. |
P |
Desistimiento de la solicitud por no aportar documentación requerida, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. |
La cual se hace público para general conocimiento.
Formentera, documento firmado electrónicamente (28 de febrero de 2022)
La presidenta del Consell Insular de Formentera Ana Juan Torres