Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 99657
Corrección de la Oferta pública de Empleo para el año 2021 del Área de seguridad ciudadana del Ajuntament de Palma, quedando aprobado el acceso a la plaza de Mayor por el sistema de acceso de promoción externa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

ANTECEDENTES DE HECHO

Por acuerdo de la Junta de Gobierno número 20211229_01_018 de fecha 29 de diciembre de 2021, se acordó la aprobación de la Oferta pública de Empleo para el año 2021 del Área de seguridad ciudadana del Ayuntamiento de Palma , dicha oferta fue publicada en la BOIB núm. 180 de 30 de diciembre de 2021.

En dicho acuerdo, se incluía, entre otras, una plaza de Mayor por el turno libre, de acuerdo con el informe emitido por Seguridad Ciudadana en fecha 22 de julio de 2021, si bien, en la Mesa general de negociación sindical de fecha 23 de septiembre de 2021, se acordó modificar el turno de acceso a la plaza de Mayor pasando de turno libre a promoción externa, por tanto, de acuerdo con el Acuerdo sindical adoptado, debe procederse a modificar el Acuerdo de junta de gobierno mencionado en el párrafo anterior, quedando aprobado el acceso a la plaza de Mayor por el sistema de acceso de promoción externa.

NORMATIVA APLICABLE

Dado el error material observado en cuanto al sistema de acceso de la plaza de Mayor de la Policía Local y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que establece que, las Administraciones Públicas podrán rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los fallos materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo ello y visto lo dispuesto en el artículo 127.1 h) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, la jefa de servicio que suscribe, propone a la Concejala del Área de Función pública y Gobierno Interior, que eleve a la Junta de Gobierno la adopción de lo siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Corregir el acuerdo de Junta de gobierno número 20211229_01_018 de fecha 29 de diciembre de 2021, mediante el cual se acordó la aprobación de la Oferta pública de Empleo para el año 2021 del Área de seguridad ciudadana del Ajuntament de Palma, publicado en el BOIB núm. 180 de 30 de diciembre de 2021, dado que,

En dicho acuerdo, se incluía, entre otros, una plaza de Mayor de la policía local por el turno libre, de acuerdo con el informe emitido por Seguridad Ciudadana en fecha 22 de julio de 2021, si bien, en la Mesa general de negociación sindical de fecha 23 de septiembre de 2021, se acordó modificar el turno de acceso a la plaza de Mayor pasando de turno libre a promoción externa, por tanto, de acuerdo con el Acuerdo sindical adoptado, se debe proceder a modificar el Acuerdo de junta de gobierno mencionado en el párrafo anterior, quedando aprobado el acceso a la plaza de Mayor por el sistema de acceso de promoción externa.

SEGUNDO.- Publicar el presente Acuerdo en la página web municipal y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente al de recibir la presente notificación. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se considerará desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso-administrativa.

 

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, con arreglo a lo establecido en el artículo mencionado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, documento firmado electrónicamente (21 de febrero de 2022)

La jefa del Departamento de Personal p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Esperanza Vega Terrón