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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 99072
Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones Convocatoria pública de subvenciones para entidades locales, mancomunidades, consorcios y fundaciones sin ánimo de lucro de Mallorca para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (611846)

De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios                  - Entidades locales, mancomunidades, consorcios i fundaciones sin ánimo de lucro de Mallorca.

Segundo. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto apoyar a los servicios de información turística de los municipios de Mallorca.

La finalidad de la convocatoria es promover la realización de actividades dirigidas a potenciar el papel de los servicios turísticos municipales de Mallorca para impulsar la accesibilidad universal, la renovación, la modernización y el fomento de la innovación tecnológica de los servicios de información y promoción turística en destino, para adaptarse a los retos de un modelo turístico sostenible, competitivo, resiliente, y regenerativo alineado con los 17 objetivos de desarrollo de la agenda 2030.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017).

Quart. Cuantía

El presupuesto del gasto del Consejo Insular de Mallorca para el año 2022 ha destinado la cantidad de 450.000,00 € (cuatro cientos cincuenta mil euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria.

Quinto. Plazo por presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes y toda la documentación anexa a la solicitud, es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, mediante la presentación en el Registro electrónico del Consejo Insular de Mallorca, que registrará las solicitudes presentadas tal como se indica en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexto. Otros datos

Los proyectos y las actividades subvencionadas tendrán que ser llevarse a cabo durante el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de junio de 2022 (ambos incluidos).

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se tiene que acompañar se encuentra disponible, igualmente, en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/procediments?nom=subvencions-ajudes-beques-i-premis).

Palma, en el día de la firma electrónica (24 de febrero de 2022) La secretaria tècnica de Transición, Turismo y Deportes (Por delegación del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes Resolución de 30 de julio de 2019, BOIB nº. 109, de 8 de agosto) Maria Bel Llinàs Pastor