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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Núm. 96307
Extracto de la convocatoria de subvenciones para proyectos de economía circular en la isla de Mallorca
BDNS (Identif.) 611100
De conformidad con el que se prevé en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para proyectos de economía circular en la isla de Mallorca, aprobada por resolución de la vicepresidenta segunda y consejera ejecutiva del Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
1. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de esta convocatoria están recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca (Aprobada por Acuerdo del Ple de 23 de desembre de 2016-BOIB núm. 21, de 18.02.2017, modificada per Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018-BOIB núm. 96, de 04/08/2018).
2. Objeto
El objeto de la convocatoria es impulsar proyectos de inversión destinados a la aceleración de la transición hacia una economía circular en Mallorca.
Se incluyen las siguientes categorías:
1. Ecodiseño de productos y/o servicios
2. Modelos de negocio basados en la mejora de la eficiencia de los recursos
3. Productos o servicios basados en la jerarquía de residuos.
4. Servicios de retorno de productos usados.
5. Nuevas aplicaciones destinadas a mejorar la eficiencia de los recursos materiales diferentes del agua y la energía.
3. Beneficiaros
De acuerdo con el punto 6 de la convocatoria, pueden ser beneficiarios:
1. Las empresas y agrupaciones de empresas, con personalidad jurídica y las que sin tener personalidad jurídica, pueden llevar a término el proyecto que motiva la concesión de la subvención.
2. Organizaciones empresariales que tengan como finalidad representar los intereses de un sector empresarial, siempre que sea de naturaleza privada y con personalidad jurídica propia y un sindicato.
3. Las personas físicas constituidas como autónomos o empresarios individuales, con personalidad jurídica propia que cumplan los requisitos que se detallan a continuación, así como los demás establecidos en esta convocatoria:
a. Tener al menos un establecimiento operativo ubicado en Mallorca y que las actuaciones o proyectos principales objeto de la presente convocatoria se realice en a Mallorca.
b. Estar dado de alta en el epígrafe que corresponda del censo tributario (adecuado para desarrollar el proyecto para el que se solicita la subvención) en el momento de la presentación de la solicitud.
4. Dotación presupuestaria
Se destina la cantidad de ciento cincuenta mil euros, (150.000,00 €), para las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 50 16220 77900 del capítulo 7, “Gastos de inversión” del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el año 2022.
5. Presentación de solicitudes
Las solicitudes de subvención se pueden en el término de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
La documentación que se tiene que presentar para solicitar la subvención está relacionada en el punto 10 y 11 de la convocatoria.
6. Otros datos
El texto completo de la convocatoria, así como los anexos se pueden descargar en la sede electrónica del Consejo de Mallorca . (https://seu.conselldemallorca.net)
Palma, en fecha de la firma electrónica (23 de febrero de 2022)
La consellera ejecutiva de Sostenibilidat y Medio Ambiente
Aurora Ribot Lacosta