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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 92729
Convocatoria pública para cubrir la plaza de Juez/a de Paz de Sant Lluís

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante Resolución de Alcaldía núm.  2022/PRE/0000227,  de fecha 21.02.2022, la Alcaldesa ha resuelto lo siguiente:

“Con fecha 10.01.2022 finalizó el plazo por el cual fue nombrada la actual Jueza de Paz de Sant Lluís, tal como ha comunicado al Ayuntamiento la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (RE 744, de día 11.02.2022). Se hace necesario, por tanto,  proceder a una nueva elección de este cargo:

Atendiendo que corresponde al Pleno del Ayuntamiento la elección de la persona idónea para ser nombrada Juez/a de Paz del municipio, de conformidad con lo establecido en los  artículos 101 y 102 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz.

RESOLC

Primero.- Aprobar la convocatoria pública para cubrir la vacante de Juez/a de Paz  del municipio de Sant Lluís. De acuerdo con la normativa aplicable, los interesados han de presentar sus solicitudes de acuerdo con lo que se detalla a continuación:

Requisitos de los aspirantes:

- Ser español

- Ser mayor de edad

- No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley orgánica del poder judicial.

- No incurrir en  ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones reguladas en los artículos 389 a 397 de la Ley orgánica del poder judicial.

Presentación de solicitudes:

Las solicitudes se presentaran en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Lluís (Pla de Sa Creu, s/n - 07710 Sant Lluís) en el plazo  de 15 días hábiles a contar desde la publicación del pertinente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. También podrán presentarse en cualquier de las otra formas reguladas en el artículo  16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Documentación a presentar:

La solicitud se deberá de presentar acompañada de la siguiente documentación:

- Instancia según modelo que se podrá descargar  a la página web

- Fotocopia DNI

- «Currículum vitae» donde se  consignaran los detalles mas significativos

Segundo.- Publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la página web del Ayuntamiento, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,  en el Juzgado Decano y en el Juzgado Paz de Sant Lluís.

Tercer.- Someter a la consideración del Pleno del Ayuntamiento las solicitudes presentadas para que elija, con el quórum de mayoría absoluta, a la persona idónea de entre los interesados.”

 

Sant Lluis, documento firmado electrónicamente (22 de febrero de 2022)

La alcaldesa M. Carolina Marquès Portella