Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 91313
Resolución de la consellera ejecutiva del Departament de Promoció Econòmica i Empresarial, i Cooperació Municipal del Consell d’Eivissa de aprobación de las bases de la convocatoria del Consell Insular d’Eivissa para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Illes Balears para el año 2022
En fecha 21 de febrero de 2022, la consellera ejecutiva del Departamento de Promoció Econòmica i Empresarial, i Cooperació Municipal del Consell Insular d'Eivissa ha dictado la Resolución núm. 2022000012, por la que se resuelve:
“Aprobación de las bases de la convocatoria del Consell Insular d'Eivissa de la prueba evaluadora para la obtención de la acreditación como personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas para el año 2022 (expte. 2022/00001982Z).
RESOLUCIÓN
Vista la providencia de inicio de la consejera ejecutiva del Departament de Promoció Econòmica i Empresarial, i Cooperació Municipal de fecha 9 de febrero de 2022, en la que se dispone que se realicen los trámites administrativos oportunos a los efectos de la aprobación de la convocatoria para la obtención de la acreditación como personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas en las Illes Balears para el año 2022, que constará de dos pruebas, una prueba el dia 6 de mayo de 2022 y otra el dia 21 de octubre de 2022.
Dado que de conformidad amb el texto consolidado de la ley 7/2013, de 26 de diciembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears, los titulares de las actividades de espectáculos públicos y recreativas, y establecimientos públicos están obligados a establecer un servicio de admisión y control de ambiente interno.
Visto lo que preve el artículo 15 del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas (BOIB núm. 67, de 5/05/2011), los consells insulars han de garantizar una convocatoria, con una periodicidad mínima anual, de la prueba evaluadora para obtener la acreditación como personal de los servicios de admisión y de control de ambiente interno, mediante una resolución, que se ha de pulblicar en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
De acuerdo con el Decreto de Presidencia núm. 2020000768, de modificación del Decreto de Presidenica núm. 2019000471, de fecha 10-7-2019, de estructura del gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de departementos, y del Decreto de Presidencia núm. 2019000484 de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 153, de 5 de septiembre de 2020), atribuyen al Departement de Promoció Econòmica i Empresarial, i Cooperació Municipal, entre otras, las competencias propias del Consell Insular d'Eivissa en materia de actividades, actuaciones en materia de servicios de control de admisión y ambiente interno.
En el expediente constan las bases de la convocatoria para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Illes Balears para el año 2022, se prevén dos pruebas, una el día 6 de mayo de 2022 y la otra el día 21 de octubre de 2022. Las bases constan en el expediente con CSV núm. 14161356245114300542.
Estas bases han sido informadas técnicamente en fecha 18 de febrero de 2022 y jurídicamente en fecha 21 de febrero de 2022, ambos en sentido favorable.
De conformidad con el Decreto de Presidencia núm. 484/2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 98, de 17/07/2019), así como el artículo 72 e)) de Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa.
RESUELVO
Primero.- Aprobar la convocatoria del Consell Insular d'Eivissa, para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno de las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Illes Balears para el año 2022, y las bases que la regulen, las cuales constan en el expediente con CSV 14161356245114300542.
Segundo.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de esta convocatoria así como las bases reguladoras.”
Ibiza, 21 de febrero de 2022
La jefa de Sección de Indústria del Departament de Promoció Econòmica i Empresarial, i Cooperació Municipal Olga Torres Ribas
Bases de la convocatoria del Consejo Insular de Ibiza, para la obtención de la acreditación profesional de personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2022
1. Convocatoria de las pruebas evaluadoras.
Se convocan, para el ejercicio de 2022, las pruebas evaluadoras en la isla de Ibiza para la obtención de la acreditación profesional de personal de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares.
2. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a la prueba, las personas aspirantes deberán aportar la documentación indicada en el artículo 15.3 del Decreto 41/2011, de 29 de abril de 2011, regulador de los servicios de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas en las Islas Baleares (BOIB núm. 67 de 5 de mayo de 2011) y cumplir los siguientes requisitos del artículo 8 del citado Decreto:
a) Ser mayor de edad.
b) Tener la nacionalidad española, ser nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia y de trabajo en España.
c) No tener antecedentes penales.
d) Tener las aptitudes y capacidades físicas y psíquicas idóneas para el ejercicio de las funciones correspondientes, acreditadas mediante un certificado médico oficial.
e) Tener unos conocimientos básicos de las lenguas oficiales de las Illes Balears con la finalidad de poder atender al público que se dirija en estas lenguas.
f) Haber superado el curso básico de personal de los servicios de admisión y de control de ambiente interno.
Todos estos requisitos deberán cumplirse desde el día de la presentación de solicitud y mantenerse durante la vigencia de la acreditación profesional correspondiente.
3. Fechas de examen.
Para el ejercicio de 2022 se convocan dos pruebas evaluadoras de personal de admisión y de control interno en la fecha siguiente:
1ª Convocatoria: 6 de mayo de 2022
2ª Convocatoria: 21 de octubre de 2022
4. Solicitudes y plazo de presentación.
Para formar parte en estas pruebas deberá presentar una declaración responsable de los requisitos con la documentación necesaria, según el modelo del anexo 4 del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares (BOIB núm. 67, de 5 de mayo de 2011).
En la declaración responsable deberá adjuntarse la siguiente documentación correspondiente a cada persona interesada:
a. Fotocopia del DNI o pasaporte o permiso de residencia y de trabajo correspondiente o documentos equivalentes.
b. Una fotografía reciente en formato digital o convencional modelo DNI.
c. Certificado médico oficial en vigor y favorable de aptitud psicológica y de salud médica favorable, donde se indique expresamente que la persona interesada “reúne las aptitudes físicas y psíquicas idóneas para desarrollar las funciones de los servicios de admisión y control de ambiente interno”.
d. Certificado en que conste que la persona aspirante no tiene antecedentes penales en España ni, si corresponde, en su país de origen (los antecedentes penales del país de origen deberán presentarlo los extranjeros residentes en España). En este último caso, se deberá presentar el certificado de penales original con una traducción oficial. Se podrá autorizar al Consejo Insular de Ibiza para conseguir esta documentación en el caso de certificado de antecedentes penales español, según modelo de autorización que figura como anexo II.
e. Justificante del pago de la tasa correspondiente.
La tasa correspondiente para la realización de examen es de 77,73 € (setenta y siete con setenta y tres euros), de conformidad con la Ordenanza fiscal reguladora de los servicios de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas del Consejo Insular de Ibiza (BOIB nº 158 de 20 de octubre de 2011).
La presentación de la declaración responsable, junto con la documentación citada anteriormente, deberá hacerse, o bien presencialmente en el registro del Consejo Insular de Ibiza (OAMR), ubicado en la avenida España, núm. 49 de Ibiza, o bien en la Sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza (https://seu.conselldeivissa.es) con el trámite Solicitud de pruebas evaluadoras de personal de admisión y control de ambiente, además de la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de la declaración responsable para las pruebas evaluadora previstas para el año 2022, serán los siguientes:
La falta de justificación de cualquiera de los requisitos citados determina la exclusión de la persona aspirante.
Únicamente en el caso de la certificación del documento de antecedentes penales solicitado, y cuando deba ser emitido por otros países, se aceptará dicho documento hasta el último día hábil anterior a las pruebas, siempre que el mismo se haya emitido por la autoridad competente antes o durante el plazo general de presentación de documentación.
5. Tribunal calificador
De acuerdo con el artículo 15.2 del Decreto 41/2011, de 29 de abril de 2011, para la convocatoria presente se nombra el tribunal siguiente:
Presidenta: Sra. Olga Torres Ribas
Presidente suplente: Sr. Juan A. Torres Planells
Secretaria: Sra. Eulalia Guasch Torres
Secretaria suplenta: Sra. Rebeca Miguel Climent
Vocales:
- Una asesora jurídica: Sra. Concepción Rebollo Laserna
- Una psicóloga: Sra. Josefa Catany Prats
- Una enfermera: Sra. Catalina Ribas Guasch
Vocales suplentes:
- Una asesora jurídica: Sra. Ana Mª Rodrigo Lara
- Una psicóloga: Sra. Carolina Delgado de la Torre
- Una enfermera: Sra Esther Mendez Pons
Después de aprobarse la convocatoria deberá constituirse el tribunal respectivo, con la asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes. En esta sesión, el tribunal debe acordar todas las decisiones que correspondan para el desarrollo correcto de las pruebas.
A partir de la constitución, para que el tribunal pueda actuar válidamente, se requerirá la presencia de al menos tres de sus miembros, con la presencia obligatoria del presidente y el secretario. Los titulares y los suplentes pueden actuar indistintamente y de manera concurrente.
El tribunal puede disponer la incorporación de asesores especialistas, los cuales han de actuar con voz pero sin voto. Las actuaciones de estos asesores deberán reflejarse en las actas.
En la prueba evaluadora, debe estar presente, como mínimo, uno de los miembros del tribunal, acompañado de las personas vigilantes y/o colaboradoras que se estimen oportunas.
6. Admisión de las personas aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Sección de Industria del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal del Consejo Insular de Ibiza como órgano gestor, aprobará y hará pública, en el plazo máximo de diez días hábiles, las listas provisionales de las personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación individualizada de las causas de exclusión de las personas interesadas que no hayan sido admitidas.
Estas listas se harán públicas exponiéndose en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Ibiza y la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es).
Las personas aspirantes excluidas provisionalmente, así como aquellas que no figuren en la relación de personas admitidas ni excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de las listas provisionales, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
En el plazo máximo de diez días hábiles en relación con la finalización del periodo de subsanación, el órgano gestor, aprobará las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en la convocatoria de la acreditación profesional, en la que se indicará en todo caso, la admisión condicionada respecto a lo dicho en el párrafo anterior. El referido listado se publicará por los mismos medios que se han mencionado anteriormente.
En el caso que una prueba evaluadora no tenga, como mínimo, 10 aspirantes, quedará suspendida y se convocará a las personas aspirantes a la prueba evaluadora siguiente.
7. Desarrollo de la prueba.
En la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se hará constar, asimismo, la hora y el lugar en que se realizarán los exámenes correspondientes.
El contenido de los exámenes, versará sobre las materias y temario específico que se indica a continuación:
TEMARIO
Materias jurídicas
TEMA 1. Constitución Española de 1978: derechos y deberes fundamentales.
TEMA 2. El derecho de admisión en actividades de espectáculos públicos y recreativas. Título II y Título IX de la Ley 7/2013, de 24 de noviembre; Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto; Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y control de ambiente interno; Nociones básicas sobre normativa de Consumo; Nociones básicas sobre la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
TEMA 3. Nociones básicas sobre delitos contra las libertades, detenciones ilegales, homicidios, lesiones, amenazas y coacciones, legítima defensa y omisión del deber de socorro, la tenencia de armas en locales de concurrencia pública.
TEMA 4. Nociones básicas sobre salud pública, drogodependencias y tráfico de drogas.
TEMA 5. Autoridades competentes en materia de actividades de espectáculos públicos y recreativas.
Materias de psicología
TEMA 6. Las relaciones con el público en general y con las fuerzas y los cuerpos de seguridad.
TEMA 7. El autocontrol. El pánico y sus efectos. El estrés y el comportamiento en situación de peligro o de riesgos colectivos. Técnicas de autocontrol.
TEMA 8. Las relaciones humanas y la seguridad:
- Aprendizaje de métodos no violentos para resolver conflictos.
- Los perfiles de conductas y comportamientos de las personas, especialmente cuando se encuentren en estado de embriaguez porque han consumido alcohol, estupefacientes, etc.
-Los perfiles de conductas y comportamiento de las personas, especialmente cuando se encuentren en estado de peligro o emergencias.
Materias técnicas de seguridad
TEMA 9. Nociones básicas sobre instalaciones de seguridad contra incendios y otros riesgos colectivos.
TEMA 10. Nociones básicas sobre planes de autoprotección y de emergencias.
TEMA 11. Comportamientos y actuaciones de las personas y de las masas en estado de pánico y de emergencia frente a riesgos colectivos.
TEMA 12. Nociones básicas sobre sistemas de comunicación.
TEMA 13. Nociones básicas de la Ley 5/2014, de 4 de abril, que regula la seguridad privada.
Materias técnico sanitarias
TEMA 14. Conceptos básicos sobre primeros auxilios y situaciones de asistencia sanitaria inmediata.
TEMA 15. Conceptos básicos sobre intervenciones ante el consumo de alcohol, el consumo de tabaco y el consumo de drogas.
TEMA 16. Conceptos básicos sobre las agresiones sexuales y la violencia de género.
El examen constará de dos pruebas eliminatorias: un test psicotécnico, y un test teórico de 40 preguntas del temario específico. Cada pregunta englobará 4 posibles respuestas. Las preguntas serán sobre las materias citadas.
El tribunal calificador correspondiente determinará el enunciado o contenido de las preguntas.
Las personas aspirantes deberán ir provistas, para cada ejercicio, del documento nacional de identidad o un documento identificativo equivalente en vigor. En cualquier momento, durante las pruebas, el tribunal puede requerir a las personas aspirantes que acrediten su identidad.
Para hacer las pruebas señaladas no se puede usar ningún tipo de documentación, ni calculadora, ni similar.
8. Calificación de los ejercicios
Las dos pruebas del examen serán eliminatorias.
Los ejercicios de estas pruebas se calificarán como aptos o no aptos.
Para tener la calificación de apto en la prueba teórica, que constará de 40 preguntas, se deben obtener 20 o más puntos. Para calificar esta prueba se sumará 1 punto por pregunta completamente correcta y se restará 0.50 puntos por pregunta con respuesta incorrecta. En caso de que en una pregunta se dejaran en blanco todas las respuestas, ésta no restará.
9. Listado de personas aprobadas.
El tribunal calificador publicará en cada convocatoria la relación provisional de las personas aspirantes que resulten aptas y no aptas de la prueba evaluadora, incluyendo las personas admitidas o no presentadas a los exámenes.
Esta relación de personas se expondrá en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Ibiza y se publicará en la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es), en la que se indicará el nombre, apellidos y cuatro cifras aleatorias del documento nacional de identidad o un documento identificativo equivalente en vigor y la calificación obtenida de todas y cada una de las personas presentadas. En esta lista se indicará el plazo para que las personas interesadas puedan solicitar, por escrito, la revisión del examen que no podrá ser superior a un plazo de cinco días.
En cada convocatoria, finalizado el proceso de revisión, el tribunal calificador elevará a la consejera ejecutiva del Departamento de Promoción Económica y Empresarial, y Cooperación Municipal, la relación definitiva de personas aptas, no aptas y no presentadas y la hará pública exponiéndola en el tablón de anuncios del Consejo Insular de Ibiza y en la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza (seu.conselldeivissa.es).
10. Impugnación bases y reclamaciones administrativas.
Contra el acuerdo de la Consejera Ejecutiva del Departamento de Promoción Económica i Empresarial, y Cooperación Municipal del Consejo Insular de Ibiza, de aprobación de las presentes bases, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante Presidente del Consejo Insular de Ibiza, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares.
Las personas interesadas pueden impugnar la convocatoria y los actos administrativos que se deriven de la actuación del tribunal, en el plazo y la forma que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La convocatoria o bases, una vez publicadas, sólo se pueden modificar con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA INSCRIPCIÓN A LA PRUEBA EVALUADORA
DECLARANTE:
Nombre y apellidos: …......................................................................................................
DNI o pasaporte: …..........................................................................................................
País de nacimiento: ….....................................................................................................
Nacionalidad: ....................................................................................................................
Sexo:……………………………………...............
Dirección de NOTIFICACIÓN:
Calle/Avda./Plza: ..............................................................................................................
Localidad: ............................................ Código postal: ....................................................
Municipio: .........................................................................................................................
Provincia:...........................................................................................................................
País: .................................................................................................................................
Teléfono: …........................................ Fax: .....................................................................
Correo electrónico: ..........................................................................................................
Solicito:
Ser admitido/a para participar en la prueba evaluadora para obtener la acreditación profesional como personal del servicio de admisión y de control de ambiente interno de actividades de espectáculos públicos y recreativas.
Documentos adjuntos:
a.Fotocopia del DNI o pasaporte o permiso de residencia y de trabajo correspondiente o documentos equivalentes.
b.Una fotografía digital o convencional modelo DNI.
c.Certificado médico oficial en vigor y favorable de aptitud psicológica y de salud médica.
d.Certificado de no tener antecedentes penales en España y, si procede, en el país de origen de la persona aspirante. En este último caso, se tendrá que presentar el certificado de penales original con una traducción oficial.
e.Justificante del pago de la tasa correspondiente.
f.Certificado de haber superado el curso básico de personal de los servicios de admisión y control de ambiente interno.
DECLARO:
1. Que cumplo los requisitos estipulados en el artículo 8.2, excepto el del apartado g del Decreto 41/2011, de 29 de abril, regulador de los servicios de admisión y de control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas.
2. Que tengo la documentación que así lo acredita.
3. Que me comprometo a mantener el cumplimiento durante el tiempo de vigencia de la acreditación y que, en caso contrario, lo comunicaré inmediatamente.
..................................., ........ de ............................... de 202…..
(firma)
POLÍTICA DE PRIVACIDAD
En conformidad con el establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, a Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, en relación con la protección de las personas físicas por el que hace ,al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4-5-2016), y al resto de legislación vigente en esta materia os informamos que los datos de carácter personal que nos proporcionáis a través de esta convocatoria se incorporarán al fichero de titularidad del Consejo Insular de Ibiza y al Registro de personal de admisión y control de ambiente interno de las Islas Baleares, así como ponerlos a disposición de otras Administraciones Públicas u Organismos Públicos a efectos de control y no podrán usarse para cualquier otra finalidad diferente al ejercicio de personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Las personas titulares de los datos objeto de tratamiento podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, cancelación y oposición, (https://seu.conselldeivissa.es)dirigiendo escrito, de forma electrónica o presencial, según corresponda, al Consejo Insular de Ibiza, avda. de España, 49, 07800 Ibiza. Así mismo, tienen el derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control.
PRESIDENCIA DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA
ANEXO II Convocatoria para la obtención de la acreditación profesional del personal de admisión y control de ambiente interno en las actividades de espectáculos públicos y recreativas de las Islas Baleares para el año 2022
Autorización de solicitud de certificación de antecedentes penales españoles.
NOMBRE Y APELLIDOS:…………………………………………………………………………….. DNI/NIE: FECHA DE NACIMIENTO:……………………… NOMBRE DEL PADRE: DE LA MADRE:…………………………………… CIUDAD DE NACIMIENTO: PAÍS:………………………………………………. |
Declaro responsablemente al órgano instructor:
( ) Autorizo al órgano instructor para que, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda solicitar la certificación telemática justificativa que el/la solicitante no dispone de antecedentes penales en la Bases de Datos del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia del Gobierno de España.
( ) No autorizo al órgano instructor para que, de acuerdo con lo que establece la disposición adicional tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reformas para el impulso de la productividad, pueda solicitar la certificación telemática justificativa que el/la solicitante no dispone de antecedentes penales en la Base de Datos del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia del Gobierno de España.
La persona interesada,
Ibiza, ____ de ______________________ de 202__
PRESIDENCIA DEL CONSEJO INSULAR DE IBIZA