Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 90613
Modificación de la resolución definitiva relativa a la concesión de ayudas para la apertura y mantenimiento de fajas forestales para la prevención de incendios del año 2021
Mediante el Decreto de Alcaldía de fecha 18 de febrero de 2022, se aprueba la subsanación del listado definitivo de ayudas concedidas y denegadas de la convocatoria para la apertura y mantenimiento de fajas forestales para la prevención de incendios del año 2021 en el municipio de Santa Eulària des Riu, que se transcribe a continuación:
1. Solicitudes aprobadas definitivamente:
NÚM. |
NIF |
IMPORTE AYUDA |
1 |
B57013757 |
501,60€ |
2 |
41449099V |
1.760,00€ |
3 |
B66625567 |
440,00€ |
4 |
41426992J |
2.000,00€ |
5 |
41447150T |
1.334,96€ |
6 |
41456177B |
2.000,00€ |
7 |
41439917N |
2.000,00€ |
8 |
41410308G |
2.000,00€ |
9 |
41420431F |
2.000,00€ |
10 |
41436073D |
2.000,00€ |
2. Solicitudes denegadas definitivamente:
NÚM. |
NIF |
MOTIVO |
1 |
X3096398T |
Artículo 7.4 de la convocatoria |
2 |
E07178585 |
Artículo 7.4 de la convocatoria |
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o publicación de la resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Santa Eulària des Riu, 21 de febrero de 2022
La alcaldesa
María del carmen Ferrer Torres