Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 89734
Propuesta y resolución de rectificación de un error material advertido en la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 27 de diciembre de 2021 por la cual se reclassifica el puesto de trabajo de la secretaría del Ayuntamiento de Porreres de clase tercera a clase segunda, reservado a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. En fecha 27 de diciembre de 2021, se dictó resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se reclassificaba el puesto de trabajo de la secretaría de clase tercera a clase segunda, reservado a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Porreres.

2. Esta resolución se publica en el BOIB núm. 1 de día 1 de enero de 2022. Y se notifica al Ayuntamiento de Porreres y al Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en fecha 24 de enero.

3. En fecha 8 de febrero de 2022 tiene entrada en el registro de la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad (registro entrada núm. 86/2022) un oficio de la alcaldesa de Porreres de día 3 de febrero de 2022 mediante el cual solicita la rectificación de esta resolución dado que se ha detectado un error material por omisión.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas establece que:

"Las administraciones públicas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos."

2. El artículo 56 de la ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece que:

"1. La revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

2. La rectificación de errores tiene que especificar, si es el caso, los efectos jurídicos que se derivan, y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia en actas que hayan sido notificados o publicados."

La resolución de la consejera de fecha 27 de diciembre, en el punto 1 reclassifica el puesto de trabajo de la Secretaría del Ayuntamiento de Porreres de clase tercera a clase segunda.

Pero atendiendo la solicitud del Ayuntamiento de fecha 24 de noviembre de 2021, el informe jurídico de 23 de diciembre de 2021 y los puntos 4 y 5 de los fundamentos de derecho de la resolución, el tenor literal de los cuales son:

"4. El artículo 11 del Real decreto 128/2018 establece que en las Entidades Locales la secretaría de las cuales esté clasificada en clase primera o segunda, existirá un puesto de trabajo denominado Intervención, que tendrá atribuida la responsabilidad administrativa de las funciones enumeradas al artículo 4 de este real decreto.

5. El artículo 14 del Real decreto 128/2018 establece que en las Corporaciones Locales la secretaría de las cuales esté clasificada en clase primera o segunda, existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería, al cual corresponderá responsabilidad administrativa de las funciones enumeradas al artículo 5 de este real decreto."

Queda patente que a la resolución se ha omitido un párrafo relativo a la creación de los puestos de trabajo denominados Intervención y Tesorería.

Por eso y dado que se ha producido un error material por omisión, propòs a la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad que dicte una resolución de rectificación de la resolución de día 27 de diciembre, añadiendo un nuevo párrafo

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1. Añadir unos nuevos puntos 2 y 3 a la resolución de fecha 27 de diciembre en los términos siguientes:

2. Clasificar el puesto de trabajo de intervención del Ayuntamiento de Porreres como de clase segunda, reservado a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención tesorería, categoría de entrada. La forma de provisión de este lugar es el concurso y tiene como requisito el nivel C1 de catalán.

3. Clasificar el puesto de trabajo de tesorería del Ayuntamiento de Porreres como reservado a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención tesorería. La forma de provisión de este lugar es el concurso y tiene como requisito el nivel C1 de catalán.

2. Disponer que el punto 2 de la resolución pasa a ser el 4 y el punto 3, el 5.

3. Publicar la Resolución que se dicte en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y notificarla en el Ayuntamiento de Porreres y al Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de esta comunidad autónoma.

 

Palma, a 16 de febrero de 2022

El director general Francesc Miralles Mascaró

Conforme con la propuesta. Dicto la resolución La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez