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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 89034
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local del ayuntamiento de Santa Eulària des Riu de fecha 04 de febrero de 2022, por el que se aprueba la convocatoria de ayudas para centros educativos públicos y asociaciones de madres y padres de alumnos (AMYPA) del municipio de Santa Eulària des Riu para la realización de actividades culturales, deportivas y/o medio ambientales durante el curso 2021/2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/610164) 

Primero Entidades beneficiarias

Serán beneficiarios de estas ayudas los Colegios Públicos, Institutos de Educación Secundaria, Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP), Escoletas de gestión pública y Asociaciones de madres y padres de alumnos (AMYPAS) de todos los centros mencionados, legalmente constituidos/as y que reúnan los siguientes requisitos:

  • Que el Colegio, Instituto de Educación Secundaria, Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP) o Escoleta sea de gestión pública.
  • Que el Colegio, Instituto de Educación Secundaria, Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP) o Escoleta esté ubicado en el término municipal de Santa Eulària des Riu. En el caso de las AMYPAS, este requisito es que sean de los centros públicos ubicados en el término municipal de Santa Eulària des Riu.
  • Que hayan realizado o realicen actividades culturales, deportivas y/o medio ambientales durante el curso 2021/22, serán subvencionables solo las actividades realizadas entre el 01 de septiembre de 2021 hasta el 30 de junio de 2022.
  • Estar al corriente sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y de acuerdo con el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el cual se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, al tratarse de una subvención de cuantía a otorgar a cada beneficiario no superior a 3.000 euros, la presentación de declaración responsable sustituirá a la presentación de los certificados sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El solicitante deberá presentar el correspondiente Anexo 2 debidamente cumplimentado y firmado.
  • No encontrarse sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones, establecidos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
  • No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
  • En el caso de las AMYPAS, estar inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitud.
  • Acreditar que sus actividades benefician a los ciudadanos de nuestro municipio.
  • En cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, no estar sancionadas o condenadas en los últimos tres años por  haber  ejercido  o  tolerado  prácticas  laborales  consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme. A tal efecto, las entidades solicitantes presentarán el modelo Anexo 2, aprobada para esta convocatoria

Segundo Objeto

El objeto de la convocatoria es el de fomentar las actividades culturales, deportivas y/o medio ambientales durante el curso 2021-2022 en los centros educativos públicos y asociaciones de madres y padres de alumnos (AMYPAS) ubicados en el municipio de Santa Eulària des Riu.

Tercero Bases reguladoras

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en las Bases de ejecución del presupuesto y los presupuestos municipales del ejercicio 2022, aprobados inicialmente por el pleno de la Corporación en sesión ordinaria celebrada en fecha 18 de noviembre de 2021 y publicada la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº173 del 18/12/2021.

Cuarto Consignación presupuestaria.

1.- Para la ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 32.000,00 €, con cargo a las partida 3231-48013 por un importe máximo de 25.000,00 € y 3241-48013 por un importe máximo de 7.000,00 € de los presupuestos locales de 2022.  Esta convocatoria tiene las siguientes líneas de actuación y dotación presupuestaria:

  • Línea 1. Colegios Públicos, Institutos de Educación Secundaria y Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP) ubicados en el término municipal de Santa Eulària des Riu con un importe total de 25.000,00 €. El importe máximo de ayuda será de 3.000 euros por solicitante. 
  • Línea 2. Escoletas y AMYPAS de Colegios Públicos, Institutos de Educación Secundaria o Escoletas de gestión pública ubicados en el término municipal de Santa Eulària des Riu con un importe total de 7.000,00 €. El importe máximo de ayuda será de 500 euros por solicitante. 

2.- En caso de que no se cubra la demanda de una de las dos líneas de la ayuda, se podrá trasladar el importe no consumido a la otra, si fuera necesario.

Quinto Plazo y lugar de presentación de las solicitudes

1.- El plazo para presentación de solicitudes comenzará a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOIB del extracto de la convocatoria y finalizará el día 30 de abril de 2022.

2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro Telemático del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, ubicado en la página web www.santaeulariadesriu.com, en virtud a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El solicitante deberá presentar su solicitud mediante el Certificado Electrónico de Representante de Persona Jurídica a nombre del Centro o AMYPA. 

Sexto Solicitud y documentación necesaria

1.- Las solicitudes se formularán mediante la presentación de los modelos Anexo 1 debidamente cumplimentado y firmado por medios electrónicos, junto a la siguiente documentación:

a. Anexo 2. Declaración responsable.

b. Certificado u otro documento bancario donde se identifique el número de cuenta en el que se pagará el importe íntegro de la subvención, tiene que ser una cuenta bancaria en el que centro o AMYPA sean titulares y la misma cuenta identificada en el Anexo 1.

En el caso de que el solicitante sea un Colegio Públicos, Institutos de Educación Secundaria o Centro Integrado de Formación Profesional (CIFP), tiene que presentar además la siguiente documentación:

a. Certificado emitido por el centro en el que figuren el número total de grupo-clase que pertenecen al centro separados en Grupo-clase de educación obligatoria (De 1º a 6º de Primaria y de 1º a 4º de la ESO) y Grupo-clase de educación no obligatoria, en relación al curso 2021/22.

b. En su caso, facturas de gasto realizado en el término municipal de Santa Eulària des Riu (Artículo 10.1.2. de la convocatoria) 

2.- El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu podrá requerir en cualquier momento de la tramitación de la solicitud los documentos que considere necesarios a fin de garantizar la correcta adjudicación de la ayuda según los criterios de evaluación establecidos

 

Santa Eulària des Riu, documento firmado electrónicamente (11 de febrero de 2022)

La alcaldesa Maria del Carmen Ferrer Torres