Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 85443
Informe propuesta que deviene resolución por la que se deniegan las subvenciones destinadas a la implantación de herramientas TIC y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las PYME y ASAL de las Illes Balears mediante el instrumento de bonos tecnológicos
Hechos
1. El 16 de abril de 2019 (BOIB núm. 49), se publicó la Resolución de la consejera de Innovación, Investigación y Turismo de 8 de abril de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las PYME (pequeña y mediana empresa) y ASAL (asociación sin ánimo de lucro) de las Illes Balears mediante el instrumento de bonos tecnológicos.
2. La base 4 establece que los recursos económicos se concederán por orden de entrada (fecha y hora) de las solicitudes que reúnan los requisitos de esta convocatoria hasta agotar el crédito disponible, independientemente del programa.
3. Debido a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, el día 14 de marzo de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que disponía, entre otras medidas, la suspensión de los plazos administrativos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.
4. Esta suspensión de los plazos administrativos fue levantada con efectos desde el 1 de junio de 2020 por el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
5. Dado que el plazo para presentar las solicitudes previsto en la convocatoria finalizaba el día 30 de marzo de 2020, es decir, faltaban once días para su finalización en la fecha en que fue suspendido (día 14 de marzo de 2020); el plazo para presentar solicitudes se retomó día 1 de junio de 2020 y finalizó día 15 de junio de 2020 (once días hábiles después).
6. De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se les concederá a los interesados con deficiencias en la solicitud, la posibilidad de subsanar y de mejorar la solicitud presentada. Este es el caso de las entidades solicitantes que figuran en el anexo 1.
7. El artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la posibilidad de renuncia de los interesados respecto de su solicitud en un procedimiento. Estas entidades solicitantes figuran en el anexo 1.
8. De conformidad con lo que prevé el artículo 43 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, corresponde la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho, el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención. Las entidades solicitantes que están en esta situación figuran en el anexo 1.
9. El día 21 de diciembre de 2021, se reconoce la obligación y se propone el pago del último beneficiario de estas ayudas por finalización de crédito presupuestario. Es por ello que se deniega por falta de crédito presupuestario a las entidades solicitantes con orden de cumplimiento/entrada posterior. Las entidades solicitantes que están en esta situación figuran en el anexo 2.
10. Según el punto 8.4 del anexo 1 de las bases de la convocatoria, si se agotan los créditos destinados a la convocatoria, hay que suspender la concesión de nuevas ayudas mediante una resolución que se tiene que publicar.
Fundamentos de derecho
1. La ley 7/1997, de 20 de noviembre, de la Investigación y el Desarrollo Tecnológico.
2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).
4. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
7. La Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia de 26 de enero de 2010 (BOIB núm. 25, de 13 de febrero de 2010), por la que se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación.
8. El Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. El FEDER debe contribuir a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente sostenible e integrador, que permita garantizar así una mayor concentración de la ayuda del FEDER en las prioridades de la Unión.
9. La Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020 (BOE núm. 315, de 30 de diciembre de 2016). Las actuaciones subvencionables previstas en esta convocatoria están cofinanciadas en un 50 % con cargo a los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2014-2020 de las Illes Balears en el ámbito del eje prioritario 1: «Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación».
10. El Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
11. La Resolución de la consejera de Innovación, Investigación y Turismo de 8 de abril de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las PYME y ASAL de las Illes Balears mediante el instrumento de bonos tecnológicos (BOIB núm. 49, de 16 de abril de 2019).
12. La Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos por la que se amplía el crédito asignado a la convocatoria para conceder ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las PYME y ASAL de las Illes Balears mediante bonos tecnológicos (BOIB núm. 140, de 13 de agosto de 2020).
13. La Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos por la que se modifica la Resolución de la consejera de Innovación, Investigación y Turismo de 8 de abril de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las PYME y ASAL de las Illes Balears mediante el instrumento de bonos tecnológicos (BOIB núm. 158, de 12 de septiembre de 2020).
Conclusión
Por todo lo expuesto, se informa de que procede la denegación de la concesión de la subvención a las entidades que figuran en:
1. Anexo 1: de acuerdo con la motivación que en este anexo se expone.
2. Anexo 2: por falta de crédito presupuestario.
El jefe de Servicio de Innovación
Omar Beidas Soler
Por todo ello, se eleva a la consideración del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática la siguiente
Propuesta de Resolución
1. Revocar, aceptar la renuncia, tener por desistido o denegar la subvención a las entidades que figuran en el anexo 1, de acuerdo con la motivación que en este anexo se expone.
2. Denegar la concesión de la subvención a las entidades que figuran en el anexo 2, por agotamiento del crédito presupuestario.
3. Ordenar el archivo de los expedientes que figuran en los anexos 1 y 2.
4. Publicar esta propuesta de resolución en la página web http://dgin.caib.es y en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
La secretaria general
Paula Cristina de Juan Salvá
Por suplencia del director general de Innovación
(BOIB núm. 31, de 4 de marzo de 2021)
Conforme con la propuesta, dicto la siguiente
Resolución
1. Revocar, aceptar la renuncia, tener por desistido o denegar la subvención a las entidades que figuran en el anexo 1, de acuerdo la motivación que en este anexo se expone.
2. Denegar la concesión de la subvención a las entidades que figuran en el anexo 2, por agotamiento del crédito presupuestario.
3. Ordenar el archivo de los expedientes que figuran en los anexos 1 y 2.
4. Publicar esta propuesta de resolución en la página web http://dgin.caib.es y en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 10 de febrero de 2022
La secretaria general
Paula Cristina de Juan Salvá
Por delegación del consejero de Transición Energética,
Sectores Productivos y Memoria Democrática
(BOIB núm. 31, de 4 de marzo de 2021)
ANEXO 1
Expedientes a los que se deniega la subvención
Núm. exp. |
Nombre |
Observaciones |
3 |
ANTÒNIA BAUZÁ SANSÓ |
Revocación (justificantes de pago fuera del plazo executivo que prevé el apartado 2.2 del anexo 1 de la convocatoria) |
36 |
ONA I MAR SERVEIS MARÍTIMS, SL |
Desistimiento |
44 |
PALMA BAY MOTOR COMPANY, SL |
Revocación (justificantes de pago fuera del plazo executivo que prevé el apartado 2.2 del anexo 1 de la convocatoria) |
46 |
DITSMARKETING |
Desistimiento |
123 |
FUNDACIÓ PROJECTE JOVE |
Renuncia |
184B |
MAGDALENA TRIAY RIUDAVETS |
Desistimiento |
243 |
FERNANDO POURTAU SALAS |
Desistimiento |
245 |
CICLISMO MALLORCA, SL |
Renuncia |
246 |
GRAND BOATS, SL |
Renuncia |
247 |
PIXEL TRADE, SL |
Desistimiento |
250 |
LITTLE NICE, SL |
Desistimiento |
251 |
VENTS DE MIGJORN, SL |
Desistimiento |
252 |
NAUTIC BLUE EVENTS, SL |
Desistimiento |
252B |
MANDILEGO 2014, SL |
Desistimiento |
253 |
PANY ROVELLAT, SL |
Desistimiento |
254 |
RODERIK BUSINESS LAW, SL |
Desistimiento |
256 |
CALL AND RIDE, SL |
Desistimiento |
257 |
BONILLA MARTINEZ INVERSIONES, SL |
Renuncia |
258 |
SUNWATERSPA, SL |
Desistimiento |
259 |
COMPROPIEDAD 2006, SL |
Desistimiento |
260 |
METALURGICAS TORRENS, SA |
Desistimiento |
261 |
LABEL SISTEMAS DE CONTROL, SL |
Desistimiento |
262 |
TERESA BERGA ESPINOSA |
Desistimiento |
263 |
MARLEX CONSTRUCCIONES Y REFORMAS, SL |
Desistimiento |
264 |
RIUTORT OFICINA TÉCNICA Y PROYECTOS, SL |
Desistimiento |
265 |
CLINICA PORT D'ANDRATX-ALLMEDICA, SL |
Desistimiento |
266 |
CINNAMON, SC |
Desistimiento |
267 |
CASA JULIA, SA |
Desistimiento |
268 |
MON&MOM, ESPJ |
Desistimiento |
269 |
PICFOR, SL |
Desistimiento |
271 |
ALBERTO OJEDA PIERAS |
Renuncia |
272 |
ECCOWIN SERVICIOS REUNIDOS, SL |
Desistimiento |
273 |
LABEL INF, SL |
Desistimiento |
274 |
JUST RENT A CAR, SL |
Renuncia |
275 |
GARAU INGENIEROS, SL |
Renuncia |
276 |
INMOBILIARIA BELOV-AGUADO, SL |
Desistimiento |
277 |
ROMALUMIL, SL |
Desistimiento |
278 |
MOMENTS EVENTOS, SL |
Desistimiento |
279 |
INVERSIONES LOSER, SL |
Desistimiento |
280 |
ASSOCIACIÓ XARXA CINEMA |
Desistimiento |
281 |
FOR RENTING MARI IRIMIA, SL |
Desistimiento |
282 |
ANTONIO SASTRE BISQUERRA |
Desistimiento |
283 |
CASANOVA Y SOTO, SL |
Desistimiento |
285 |
IGNACIO JAVIER OROVAL SELFA |
Desistimiento |
287 |
ACUSTIC MENORCA, SL |
Desistimiento |
288 |
ROMAIN ERIC MYRIAM RETAILLEAU |
Desistimiento |
290 |
TUEX, SA |
Desistimiento |
291 |
MEDITERRÁNEA URBANAS Y TERRENOS, SL |
Desistimiento |
292 |
SYNTAX FOR SCIENCE |
Denegación (no cumple la base 1.2 de la convocatoria, ya que cada beneficiario solo podrá solicitar un programa). |
293 |
PROFESIONALES TRIBUTARIOS DEL MEDITERRANEO, SL |
Desistimiento |
294 |
CAMP MATE, CB |
Desistimiento |
295 |
BACTER CONTROL, SL |
Desistimiento |
296 |
VICENTE LUIS TERRASA DÍAZ |
Desistimiento |
298 |
HF INTERNATIONAL SERVICES FINANCES, SL |
Desistimiento |
300 |
O2 MARKETING & DESIGN, SL |
Desistimiento |
301 |
GATELL TOURS, SL |
Desistimiento |
302 |
FEDERACIÓ D'EMPRESARIS DE COMERÇ DE LES BALEARS, AFEDECO |
Desistimiento |
303 |
CONTRATAS GAUDI, SL |
Desistimiento |
305 |
INSTALADORA CARDELL, SA |
Desistimiento |
306 |
NOGALES SOLUCIONES EMPRESARIALES, SL |
Desistimiento |
307 |
EULALIA GARCÍA DOMINGO |
Desistimiento |
308 |
FORMULA TOURS, SL |
Desistimiento |
310 |
ULLI BEL DECORACION, SL |
Desistimiento |
310B |
ALL THEY WANT INCOMING SERVICES, SL |
Desistimiento |
311 |
HOSTED EVENTS MALLORCA, SL |
Desistimiento |
312 |
GRUP LINIA 1992, SL |
Desistimiento |
314 |
MENORCA FRESC I BO, SL |
Desistimiento |
315 |
OBRAS Y PAVIMENTACIONES MAN, SA |
Desistimiento |
319 |
GESTION DE REINTEGRACIÓN Y RECUPERACIÓN DE ACTIVOS, SL |
Desistimiento |
320 |
MARTÍN HERNÁNDEZ Y SAURINA ABOGADOS, CB |
Desistimiento |
321 |
ILLA TÉRMICA SOLAR, SL |
Desistimiento |
322 |
PEDRO RAMON PORTAU FERNÁNDEZ SEGADE |
Desistimiento |
323 |
CUEVAS DEL DRACH, SA |
Desistimiento |
324 |
MARÍA JOSÉ FERRI VIZCAÍNO |
Desistimiento |
ANEXO 2
Expedientes denegados por insuficiencia de crédito
Núm. exp. |
Nombre |
Observaciones |
249 |
VIURE MENORCA PALMER, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
297 |
AL-MAYURQY, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
299 |
TRADE FORCE BRANDS, SLU |
Denegar por insuficiencia de crédito |
304 |
AGROPECUARIA SON VICH DE SUPERNA, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
309 |
BRUNET AGUILAR ASESORES, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
313 |
RULLAN NAVARRO DOS, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
316 |
PERFIL ASESOR, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
317 |
CARRETILLAS PALMA, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
318 |
DYNAMIC MASTERMINDING, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
326 |
HERMANAS BUADES, SA |
Denegar por insuficiencia de crédito |
327 |
ROBOTIX BALEARS, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
328 |
ERNESTO ANGEL MARTIN TENA |
Denegar por insuficiencia de crédito |
329 |
IBEST CONTROLLER, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
330 |
RESTAURANT MOLI D'EN PAU, CB |
Denegar por insuficiencia de crédito |
332 |
HAPPYMALLORCA RENTALS, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
333 |
DEEJAYSGRUP, SLU |
Denegar por insuficiencia de crédito |
334 |
BON GUST PRODUCCIONES, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
335 |
JAIME JUAN SAURINA CASTELL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
336 |
ALIMENTARIA DEL MIGJORN, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
337 |
JUAN JOSE CALDENTEY VANRELL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
338 |
MIGUEL MIR MULET |
Denegar por insuficiencia de crédito |
339 |
AMER E HIJOS, SA |
Denegar por insuficiencia de crédito |
340 |
JUAN PABLO MAZA CORREA |
Denegar por insuficiencia de crédito |
341 |
FRANCISCO MARTORELL DURAN |
Denegar por insuficiencia de crédito |
342 |
JORGE SASTRE MIR |
Denegar por insuficiencia de crédito |
343 |
GRUPO DAPHNIA SERVICIOS AMBIENTALES, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
344 |
FORN G I D, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
345 |
POLLENTIA PROPERTIES NORTH MALLORCA REAL ESTATE, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
346 |
SANDRA AERTKEN |
Denegar por insuficiencia de crédito |
347 |
GABINETE MARTORELL CRU, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
348 |
MOTECO ELECTRICS, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
349 |
CUROLLA SPACE, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
350 |
IDEAS CONSULTORA DE FORMACION, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
351 |
TALLERES CARRERAS, SA |
Denegar por insuficiencia de crédito |
352 |
JOSE GUILLERMO BERMELL SERRANO |
Denegar por insuficiencia de crédito |
353 |
SASGA YACHTS, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
353B |
INSTALACIONES IBKLIMA 2008, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
354 |
ASSOCIACIÓ ACIRKAOS |
Denegar por insuficiencia de crédito |
355 |
GUILLERMO BONET PUIGSERVER |
Denegar por insuficiencia de crédito |
356 |
FAMILY FRUIT, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
357 |
DANIEL GÓMEZ OLIVES |
Denegar por insuficiencia de crédito |
358 |
GESTORIA ADMINISTRATIVA GARCIA GARRIGA, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
359 |
MAJORCA PALMA PEARLS, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
360 |
JOSE MARIA BEDMAR SÁNCHEZ |
Denegar por insuficiencia de crédito |
361 |
ESPIRAL PRODUCCIONES TV, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
362 |
ESSENTIALLY MALLORCA |
Denegar por insuficiencia de crédito |
363 |
DECORACIONES EGEA, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
364 |
EDIFICAM ILLES, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |
365 |
CATORCENO PRODUCCIONS, SL |
Denegar por insuficiencia de crédito |