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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO

Núm. 83649
Decreto de encomienda de gestión del expediente de contratación de una nueva plataforma ofimática y correo electrónico, del Consorci Serra de Tramuntana al Consell de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La presidenta del Consorci Serra de Tramuntana, en fecha 19 de noviembre de 2021, dictó el siguiente decreto:

“Antecedentes

En fecha 21 de octubre, el director insular de Modernización y Transparencia del Consell de Mallorca comunicó al Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial la intención de iniciar un proyecto de revisión de la actual plataforma de correo electrónico y suite ofimática encomienda la gestión.

Consideraciones jurídicas

1. El Pleno del Consell de Mallorca, por acuerdo de fecha 9 de septiembre de 2010, aprobó los Estatutos del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial (BOIB núm. 58, de 19 de abril de 2011), que fueron modificados por acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de fecha 9 de mayo de 2019 (BOIB núm. 72 de 30 de mayo de 2019).

2. Según lo dispuesto en los Estatutos, el Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial es un organismo creado por el Gobierno de las Islas Baleares y por el Consell de Mallorca, que está adscrito a la institución insular, dotado de personalidad jurídica propia e independiente, y de plena capacidad para llevar a cabo el cumplimiento de sus finalidades y, por tanto, adquirir y poseer toda clase de bienes y derechos, permutar, donar y aceptar donaciones, y también puede contraer todo tipo de obligaciones.

3. El artículo 4 de los Estatutos dispone que el Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial tiene como finalidad primordial las propias que se deriven del régimen de declaración de la Serra de Tramuntana como Patrimoni Mundial.

4. El apartado u) del artículo 9 de los Estatutos dispone que el presidente es competente para ejercer las funciones que no estén atribuidas expresamente a ningún otro órgano del Consorci.

5. El artículo 11 (Encomienda de gestión) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, previsto que se puede encargar la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público a otros órganos o entidades de la misma administración o de otra diferente, por razones de eficacia.

Por todo ello, decreto:

Resolución

PRIMERO.- Encomendar la gestión de la tramitación del expediente de contratación del servicio de subscripción de una nueva plataforma ofimática y de correo electrónico para el Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial al Consell de Mallorca. De acuerdo con la propuesta de la Mesa de contratación del Consell de Mallorca cuando en el expediente de referencia, el órgano de contratación del Consorci Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial adjudicará el contrato y procederá a su formalización.

SEGUNDO.- Comunicar este acuerdo a la Dirección Insular de Modernización i Transparencia, a Intervención General del Consell de Mallorca i a la Intervención Delegada de la Llar de la Infancia.”

 

Palma, 16 de febrero de 2022

El jefe de servicio jurídico del Servicio de Gestión de Parajes Culturales (por ausencia de la secretaria delegada, BOIB núm. 131, de 25 de julio de 2020) Pere Josep Rosiñol Andreu