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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 82051
Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito y se modifica la financiación de la convocatoria de las ayudas destinadas al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica para los años 2021 y 2022

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Texto

El Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears, para el período 2014-2020 (PDR), aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión de Ejecución de día 18 de noviembre de 2015, contempla una serie de medidas de ayuda destinadas al sector agrario, según el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo.

Con fecha de 26 de febrero de 2015, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 29 la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020.

El Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, en su artículo 2 a) establece que el FOGAIBA tiene por objeto ejecutar la política de la consejería competente en materia de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero, incluyendo las derivadas de la Política Agrícola Común y de los fondos procedentes del Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca, de las medidas de desarrollo rural y de otros regímenes de ayudas previstos por la normativa de la Unión Europea.

De conformidad con la normativa citada, en fecha 22 de febrero de 2021, la Presidenta del FOGAIBA dictó la Resolución por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica para los años 2021 y 2022, publicada en el BOIB núm. 27 de 25 de febrero de 2021.

La convocatoria indicada se publicó con una dotación presupuestaria de mil euros (1.000,00 €)a cargo de los presupuestos del FOGAIBA del año 2021, quedando el posible incremento sujeto a la existencia de crédito en el presupuesto del año 2022, y con los siguientes porcentajes de cofinanciación: 41% a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), 4,10%  a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y  54.90% a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB).

Visto el elevado número de solicitudes que ha tenido esta medida y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, se considera conveniente incrementar la cuantía inicialmente destinada a esta convocatoria.  

Por otra parte, en fecha 28 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2020/2220, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013, (UE) núm. 1306/2013 y (UE) núm. 1307/2013, por lo que se refiere a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022. Dicho Reglamento, entre otras medidas, establece recursos adicionales para la recuperación del sector agrícola y las zonas rurales de la Unión.

De acuerdo con lo anterior, en la última modificación del PDR, aprobada por Decisión de la Comisión C (2021) 8540, de 19 de noviembre, se introduce un cambio en la financiación de determinadas medidas, por lo que corresponde asimismo modificar los porcentajes de financiación previstos en la citada resolución.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del Director Gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Se modifica el apartado segundo de la Resolución de la presidenta del  Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de les Illes Balears (FOGAIBA), de 22 de febrero de 2021, publicada en el BOIB núm. 27, de 25 de febrero de 2021, que queda redactado de la siguiente forma:

“Segundo

Importe máximo de la convocatoria y financiación

1. Para la presente convocatoria se destina un importe máximo de un millón quinientos veinte mil euros (1.520.000,00 euros), a cargo de los presupuestos del FOGAIBA del año 2022.

Dicha cuantía podrá ampliarse con fondos destinados a la misma finalidad.

2. Las ayudas mencionadas serán financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 100%.”

Segundo

La presente Resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y ha de publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 16 de febrero de 2022

La presidenta del FOGAIBA

María Asunción Jacoba Pía de la Concha García Mauriño