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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 81571
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se modifica la convocatoria de ayudas a los deportistas y a los clubes de las Islas Baleares para facilitarles los desplazamientos a la Península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios oficiales

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Texto

Hechos

1. En fecha 29 de octubre de 2019 se publicó, en el BOIB núm. 147, la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 22 de octubre de 2019, por la que se convocan ayudas a los deportistas y a los clubes deportivos de las Islas Baleares para facilitarles los desplazamientos a la Península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios oficiales.

2. El objeto de la convocatoria es ayudar a los deportistas y a los clubes deportivos de las Islas Baleares para poder participar en las ligas de ámbito estatal y en las competiciones concretas nacionales e internacionales del calendario oficial y obligatorio, siempre que éstas no sean de carácter profesional, mediante subvenciones para los desplazamientos a la Península, a las islas Canarias, Ceuta y a Melilla de los clubes y deportistas inscritos y, concretamente, se subvencionan los desplazamientos realizados entre el 12 de octubre de 2019 y el 31 de octubre de 2023.

3. La convocatoria no incluye el traslado a concentraciones de las respectivas federaciones españolas a la Península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla, por tanto, se considera necesario ampliar el objeto de la convocatoria para ayudar a los deportistas y a los clubs deportivos de las Islas Baleares para el desplazamiento a dichas concentraciones.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, 31/12/2005).

3. La Orden del consejero de Turismo i Deportes, de 18 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras pera conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 03/01/2013).

4. La Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 22 de octubre de 2021, por la que se convocan ayudas a los deportistas y a los clubes deportivos de las Islas Baleares para facilitarles los desplazamientos a la Península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios oficiales (BOIB núm. 147, de 29/10/2019).

Por todo ello, vista la propuesta de resolución del director general de Deportes, dicto la siguiente:

Resolución

1. Modificar el apartado 1.2 de la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 22 de octubre de 2019, por la que se convocan ayudas a los deportistas y a los clubes deportivos de las Islas Baleares para facilitarles los desplazamientos a la Península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios oficiales, en el siguiente sentido:

Donde dice:

1.2 Son objeto de esta convocatoria los desplazamientos a la Península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla, para participar en los campeonatos o ligas de los calendarios oficiales establecidos por las siguientes entidades:

  • Federaciones deportivas de España reconocidas por el Consejo Superior de Deportes.

  • Federaciones internacionales (Anexo 3)

  • Consejo Superior de Deportes: Campeonatos de España Universitarios.

Debe decir:

1.2 Son objeto de esta convocatoria los desplazamientos a la Península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla, para participar en los campeonatos o ligas de los calendarios oficiales y en las convocatorias de concentraciones de selecciones españolas (entrenamientos o convocatorias internacionales para campeonatos de Europa, del Mundo y Olimpíadas) establecidos por las siguientes entidades:

  • Federaciones deportivas de España reconocidas por el Consejo Superior de Deportes.

  • Federaciones internacionales (Anexo 3)

  • Consejo Superior de Deportes: Campeonatos de España Universitarios.

2. Ordenar la publicación en el BOIB de esta resolución.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente que se haya publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 8 de febrero de 2022

La consejera de Asuntos Sociales y Deportes

Fina Santiago Rodríguez