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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SELVA

Núm. 77711
Aprobación definitiva de la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa por la ejecución del «Proyecto de retirada de cañerías de saneamiento del torrente de Sa Mosquera de Caimari. Mejora del abastecimiento y drenaje en calles colindantes»

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Texto

Por Acuerdo del Pleno de 8 de febrero de 2022, se contestaron las alegaciones presentadas y se aprobó definitivamente la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa para la realización de las obras contenidas en el «Proyecto de retirada de cañerías de saneamiento del torrente de Sa Mosquera de Caimari. Mejora del abastecimiento y drenaje en calles colindantes» así como la designación nominal de los interesados con los cuales tienen que entenderse los sucesivos trámites, quedando declarada la necesidad de ocupación de estos, lo cual se publica a efectos del artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

ACUERDO

Primero.- Desestimar la alegación presentada por la Sra. Eloise Broughton, de acuerdo con el informe técnico, puesto que como se desprende del mismo, el almacén indicado se encuentra en la franja de servidumbre de tráfico del torrente, que como se puede ver son 5 metros a ambos lados del cajero del torrente.

Segundo.- Estimar parcialmente la alegación presentada por la Sra. Catalina *Reynés *Llompart y el Sr. Gabriel Reynés Villalonga, de acuerdo con el informe técnico, puesto que como se desprende del mismo: «La ubicación de la caseta responde a la necesidad de disponer de un grupo electrógeno para situaciones de emergencia que ante la falta de luz de línea se disponga de energía porque no se produzca un vertido de aguas residuales al torrente. Se ha considerado esta ubicación como la ideal. No es posible colocar la caseta en la zona de servidumbre de tráfico puesto que las construcciones solo se permiten en situaciones excepcionales en esta franja y entendemos que no es el caso según detalla el reglamento de ley de aguas. (atendido el arte. 7 de reglamento de la ley de aguas: 3. A todos los efectos no se podrá realizar ningún tipo de construcción en esta zona salvo que resulte conveniente o necesaria para el uso del dominio público hidráulico o para su conservación y restauración. Solo podrán autorizarse edificaciones en zona de servidumbre en casos muy justificados)

Se pueden expropiar 13 m², solo la parte necesaria de suelo para situar la caseta y se acceso, reajustando la situación de la escala de acceso por la parte posterior, incluyendo adicionalmente una *servidumbre de para mantenimiento y dejando un espacio suficiente de parcela porque disponga de aparcamiento para un vehículo. En esta expropiación se valorarán los bienes afectados: el tramo de muro de cierre frontal afectado por las obras y el arbolado (palmera, *platanera, parra y si hubiera algún más también) que se vea afectado, si bien considerar que se realizará el listado provisional de bienes afectados en el momento del acta de ocupación que será completado en el momento que acaben las obras.

Se incluye al Sr. Gabriel Reynés como usufructuario en el listado de propietarios

Por lo que respecta a la valoración del suelo y de la servidumbre, nos ratificamos en el importe que figura en proyecto, si bien en el acta de ocupación se fijará la superficie que el propietario solicite le sea ocupada, ya sea la del proyecto o una reducida acorde a la ocupación de la caseta del grupo y cuadro eléctrico. Después de fijado este justo precio se procederá al pago de la cantidad resultante en el plazo máximo de seis meses.»

Tercero.- Estimar la alegación presentada por la Sra. Antònia Mateu *Ordinas, de acuerdo con el informe técnico, puesto que como se desprende del mismo: «Se nos ha facilitado copia del testamento en el cual figura que Sra. Antònia Mateu Ordinas es propietaria de un piso y de una parte del corral con una cabida de 135 m².

En consecuencia, tenemos que rectificar la lista de propietarios para incluir a esta persona como propietaria de un tramo por el cual discurre la expropiación.»

Cuarto.- Aprobar con carácter definitivo la relación concreta, individualizada y valorada de los bienes y derechos a ocupar necesariamente para la ejecución de las obras, y que se expresan al final de este Acuerdo, así como la designación nominal de los interesados con los cuales tienen que entenderse los sucesivos trámites.

Quinto.- Considerar que, con el actuado, queda demostrada la necesidad de ocupación de los bienes y derechos a que se refiere este expediente, y, por lo tanto, acordar la necesidad de ocupación de estos, considerando que este Acuerdo inicia el expediente de expropiación.

Sexto.- Proceder a la publicación de este Acuerdo en la forma en que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia, con notificación personal a los interesados, invitándose a estos porque propongan un precio que propicie la adquisición por mutuo acuerdo.

Interposición de recursos

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

Selva, 15 de febrero de 2022

El alcalde Joan Rotger Seguí

 

ANEXO I RELACIÓN DE PROPIETARIOS Y BIENES AFECTADOS

— Descripción de la finca:

Referencia Catastral

Localización

DNI

Propietario

Titularidad

1624301DE9012N0001IO

C/FORNASSOS 15

373****85Q

Catalina Reynes Llompart

100%

1624302DE9012N0001JO

C/FORNASSOS 13

429****77M

Sebastian Perello Ramis

50%

782****30Y

MAGDALENA ALORDA MAYOL

50%

1624305DE9012N0001ZO

C/FORNASSOS 7

413****3S

Jaume Pons Rosselló

100%

1624306DE9012N0001UO

C/FORNASSOS 3

429****47L

Maria Magdalena Martorell Ordinas

100 %

1624306DE9012N0002IP

C/FORNASSOS 5

42****51M

Antònia Mateu Ordinas

100%

1624308DE9012N0001WO

C/NOSTRA SENYORA DE LLUC 57

B57****890

Els Arcs de Caimari, S.L.

100%

1624309DE9012N0001AO

NOSTRA SENYORA DE LLUC, 55

25****47N

Juan Lijarcio Carmona

50%

34****02K

María de los Ángeles Lijarcio Buades

50%

1624310DE9012N0001HO

NOSTRA SENYORA DE LLUC 51

41****5R

(Hereus de) José Mira Calvache

100%

1624311DE9012N0001WO

NOSTRA SENYORA DE LLUC 49

43****3M

María del Pilar Salas Amengual

100%

1624312DE9012N0001AO

Calle Nostra Senyora de Lluc, 47

431****77J

Maria Magdalena Caimari Solivellas

100%

1624313DE9012N0001BO

Calle Nostra Senyora de Lluc, 45

429****7Q

FRANCISCO DARDER MARTORELL

100%

1624314DE9012N0001YO

Carrr Nostra Senyora de Lluc, 43

413****3A

PEDRO CAIMARI GARAU

50%

43****48A

Antònia Solivellas Estrany

50%

1624316DE9012S0001QJ

Calle Nostra Senyora de Lluc, 39

78****84R

FRANCISCA BUSQUETS PERICAS

100%

1624322DE9012S0001TJ

Calle Nostra Senyora de Lluc, 21

78****89Z

(Hereus de) Margarita Marroig Vives

100%

1624323DE9012S0001FJ

Calle Nostra Senyora de Lluc, 19

42****5W

José Antonio Mir Mir

100%

1624324DE9012S0001MJ

Calle NOSTRA SENYORA DE LLUC 17

A07****17

OBRAS Y PROMOCIONES COMAS SA

100%

1624325DE9012S0001OJ

Calle NOSTRA SENYORA DE LLUC 15

78****97Z

Ana Bennassar Mateu

100%

1624326DE9012S0001KJ

Calle Nostra Senyora de Lluc, 13

43****22T

Guillermo Monjo Pizà

100%

1624327DE9012S0001RJ

Calle Nostra Senyora de Lluc, 11

Y63****96C

Eloise Broughton

100%

1624328DE9012S0001DJ

Calle Nostra Senyora de Lluc, 3

****

Bernardino Solivellas Grau

100%

1624329DE9012S0001XJ

Calle Nostra Senyora de Lluc, 1

42****27H

Jaume Solivellas Estrany

100%

— Tipo de afección:

 

Ref. Catastral

Expropiación m2

Ocupación temporal m2

Servidumbre de paso m2

1

1624301DE9012N0001IO

13

25

7,5

2

1624302DE9012N0001JO

0

6

0

3

1624305DE9012N0001ZO

2,25

94

64

4

1624306DE9012N0001UO

2,25

31

18,5

4 bis

1624306DE9012N0002IP

0

31

18,5

5

1624308DE9012N0001WO

0

36

23

6

1624309DE9012N0001AO

0

31

18

7

1624310DE9012N0001HO

0

39

23

8

1624311DE9012N0001WO

0

29

17

9

1624312DE9012N0001AO

2,25

31

17

10

1624313DE9012N0001BO

0

29

17

11

1624314DE9012N0001YO

0

63

39

12

1624316DE9012S0001QJ

6,75

630

261

13

1624322DE9012S0001TJ

0

71

3

14

1624323DE9012S0001FJ

0

50

29

15

1624324DE9012S0001MJ

2,25

54

32

16

1624325DE9012S0001OJ

0

48

29

17

1624326DE9012S0001KJ

0

62

43

18

1624327DE9012S0001RJ

0

147

81

19

1624328DE9012S0001DJ

2,25

66

39

20

1624329DE9012S0001XJ

0

227

139

— Valoración:

De acuerdo con la valoración que el técnico redactor propone en el proyecto, se valora la expropiación por un importe de 50,00.-€/m², el valor de la ocupación temporal por un importe de 0,40.-€/m² y l a servidumbre de por un importe de 1,00.-€/m²

 

Ref. Catastral

Expropiación m2

Ocupación temporal m2

Servidumbre de paso m2

Valoración inicial

1

1624301DE9012N0001IO

13

25

7,5

667,50.-€

2

1624302DE9012N0001JO

0

6

0

2,42.-€

3

1624305DE9012N0001ZO

2,25

94

64

214,12.-€

4

1624306DE9012N0001UO

2,25

31

18,5

143,10.-€

4 bis

1624306DE9012N0002IP

0

31

18,5

30,90.-€

5

1624308DE9012N0001WO

0

39

23

38,68.-€

6

1624309DE9012N0001AO

0

31

18

30,06.-€

7

1624310DE9012N0001HO

0

39

23

38,61.-€

8

1624311DE9012N0001WO

0

29

17

28,62.-€

9

1624312DE9012N0001AO

2,25

31

17

141,93.-€

10

1624313DE9012N0001BO

0

29

17

28,62.-€

11

1624314DE9012N0001YO

0

63

39

64,21.-€

12

1624316DE9012S0001QJ

6,75

630

261

850,51.-€

13

1624322DE9012S0001TJ

0

71

3

31,42.-€

14

1624323DE9012S0001FJ

0

50

29

49,02.-€

15

1624324DE9012S0001MJ

2,25

54

32

166,10.-€

16

1624325DE9012S0001OJ

0

48

29

48,21.-€

17

1624326DE9012S0001KJ

0

62

43

67,81.-€

18

1624327DE9012S0001RJ

0

147

81

139,80.-€

19

1624328DE9012S0001DJ

2,25

66

39

177,91.-€

20

1624329DE9012S0001XJ

0

227

139

229,82.-€

Total:

3.189,68.-€