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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIOS FERROVIARIOS DE MALLORCA (SFM)

Núm. 77498
Resolución del director-gerente de Servicios Ferroviarios de Mallorca por la que se hace pública la convocatoria del concurso de traslados para el personal laboral de Servicios Ferroviarios de Mallorca

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 23 de diciembre de 2019 se acordó con el Comité de Empresa la oferta pública de empleo tanto de 2019 como de 2020, así como la relación de plazas incluidas en el concurso de traslados.

El concurso de traslados acordado con el Comité de Empresa incluía un total de diecisiete plazas de las categorías profesionales, según el Convenio colectivo de SFM, de maquinista principal y gestor/a estaciones/factor de circulación; concretamente, siete plazas de maquinista principal, una con residencia laboral en Inca y seis con residencia laboral en Manacor; y diez plazas de gestor/a de circulación, seis con residencia laboral en Palma, una en Inca, una en Son Rutlan y dos en Manacor.

2. El Decreto 44/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueban los nuevos Estatutos de la entidad pública empresarial Servicios Ferroviarios de Mallorca, estipula en su artículo 18.8 que corresponderá al Consejo de Administración la aprobación de la plantilla de personal de la empresa, así como los criterios de selección, admisión y retribución.

3. En la sesión del Consejo de Administración de Servicios Ferroviarios de Mallorca de 19 de enero de 2022 se aprobaron, previo informe favorable de la Dirección General de Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos, las bases de la convocatoria del concurso de traslados, así como el nombramiento de los miembros de la Comisión Técnica de Valoración según el punto 7.2 de las bases del concurso de traslados.

Fundamentos de derecho

1. Servicios Ferroviarios se rige, además de por sus Estatutos, por las disposiciones de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aplicables a las entidades públicas empresariales, y por el resto de disposiciones que le sean aplicables se somete a los principios de legalidad, servicio e interés general, eficacia, eficiencia, estabilidad y transparencia, y se tiene que ajustar al principio de instrumentalidad respecto de las finalidades y los objetivos que tiene asignados.

2. El artículo 30 del VII Convenio Laboral de Servicios Ferroviarios de Mallorca estipula las normas que tienen que regular el concurso de traslados del personal fijo de la empresa, las cuales han sido consensuadas con la representación de los trabajadores.

Por todo ello, en cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Administración de 19 de enero de 2022 de SFM y haciendo uso de mis atribuciones, dicto la siguiente

Resolución

1. Publicar la convocatoria del concurso de traslados y las bases específicas que deben regir esta convocatoria y proceso selectivo, en los términos establecidos en el anexo 1.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el programa de gestión Convoca y en la página web del ente.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución podrá interponerse una demanda ante la jurisdicción social de Palma, en el plazo de dos meses desde su publicación, de acuerdo con el artículo 10.4.a) y concordantes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Palma, en el día de la firma electrònica (14 de febrero de 2022)

El director-gerente de Servicios Ferroviarios de Mallorca

Mateu Capellà Ribot

    

ANEXO 1

Bases de la convocatoria del concurso de traslados

 

Primero

Normas generales

1.1. Se convoca un concurso de traslados voluntario para proveer plazas vacantes y de nueva creación especificadas en el anexo 3 de esta convocatoria. La convocatoria del concurso se anunciará mediante la publicación en el BOIB, en el programa de gestión Convoca y en el portal del empleado.

1.2. Las plazas están codificadas para que puedan ser identificadas (anexo 3). El trabajador deberá de realizar una solicitud para cada residencia laboral de su categoría a la que quiera concursar, sin afectar al nombramiento de la misma ni limitar las posibilidades de reorganización de conformidad con la normativa vigente.

Segundo

Forma de provisión

Las plazas serán asignadas por concurso de méritos.

Tercero

Requisitos de las personas aspirantes

3.1. Podrán participar en el presente concurso de traslados los trabajadores laborales fijos de Servicios Ferroviarios de Mallorca sea cual sea su situación administrativa — excepto los suspendidos firmes mientras se encuentren en esta situación— que no hayan obtenido plaza en los dos años anteriores, desde la fecha de su nombramiento hasta la fecha correspondiente al último día de presentación de instancias, y pertenezcan a la categoría laboral a la que se concurse indicada para cada puesto de trabajo en el anexo 3 de esta convocatoria.

3.2. Igualmente podrán participar los trabajadores en situación de excedencia voluntaria que hayan superado el periodo. Si obtuvieran plaza se pondrá fin a la excedencia.

Del mismo modo, también podrán participar los excedentes voluntarios por ocupación de cargos de alta dirección en el ámbito estatal, regional o provincial en los partidos políticos y sindicatos, así como los excedentes forzosos por nombramiento o elección por cargo del Estado, región, provincia, municipio o sindical, que podrán participar en este concurso en iguales condiciones que el personal activo.

3.3. De acuerdo con la normativa vigente en materia de conocimientos de lengua catalana, las personas aspirantes, para participar en esta convocatoria, tendrán que acreditar que disponen, como mínimo, del nivel B2.

3.4. Las personas interesadas que tengan alguna discapacidad que ya esté reconocida ante Servicios Ferroviarios de Mallorca podrán instar, en la solicitud de puestos de trabajo vacantes, la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicitados que no suponga una modificación sustancial del contexto de la organización.

Servicios Ferroviarios de Mallorca pedirá a la persona interesada la información que crea necesaria, así como también el dictamen de los órganos técnicos de que dispone, sobre la procedencia de la adaptación y sobre la compatibilidad de la misma con las tareas y funciones del puesto en concreto.

En la resolución que ponga fin al concurso de méritos se resolverá, asimismo, sobre la adaptación solicitada del puesto o puestos de trabajo de que se trate. 

Cuarto

Solicitudes

4.1.La solicitud para tomar parte en este proceso selectivo se ajustará al modelo que se adjunta en formato de anexo (anexo 2), que también se puede descargar en la página web de Servicios Ferroviarios de Mallorca, https://trensfm.convoca.online, pudiéndose presentar telemáticamente siguiendo las instrucciones especificadas en la sede electrónica. En todo caso, será necesario presentar la solicitud en tiempo y forma de acuerdo con lo establecido en los siguientes apartados.

4.2. El formulario modelo también estará disponible en la sede de Servicios Ferroviarios de Mallorca, situada en el paseo de Cala Figuera n.º 8, Son Rutlan, de Palma, en horario de oficinas. Igualmente, este formulario estará a disposición de las personas aspirantes en el portal del empleado de SFM, así como los anexos. El Departamento de Recursos Humanos se pondrá en contacto con el personal que esté en situación de incapacidad temporal, vacaciones, excedencia voluntaria, etc.

4.3. Para acreditar los conocimientos de lengua, las personas candidatas, en el momento de presentar la solicitud de participación, presentarán el certificado correspondiente al nivel B2 de conocimiento de la lengua catalana, expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Dirección General de Política Lingüística, o bien expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.

4.4. El plazo para presentar las solicitudes será de diez días hábiles desde el día siguiente al del anuncio de esta convocatoria en el BOIB. Si el último día es inhábil, el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

4.5. Todas las solicitudes y el resto de documentación se podrán presentar, aparte de telemáticamente, dentro del plazo previsto, en el Registro Central de Servicios Ferroviarios de Mallorca ubicado en Son Rutlan o ante cualquier otro registro de los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se archivarán sin más trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo previsto.

4.6. Con el vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes caduca el plazo para renunciar a participar en el concurso o desistir.

Quinto

Acreditación de los requisitos y de los méritos

5.1. Los requisitos y los méritos de todas las personas candidatas estarán referidos al último día del plazo general de los diez días hábiles para presentar solicitudes, que se computa a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

5.2. Se valorarán los siguientes méritos:

a) Experiencia profesional en la categoría (en días).

b) En caso de empate se resolverá a favor del peticionario o peticionaria con mayor antigüedad en Servicios Ferroviarios de Mallorca.

c) De persistir el empate decidirá la mayor edad de la persona peticionaria.

 

Sexto

Listas de personas admitidas y excluidas

6.1. Al finalizar el plazo para presentar solicitudes, la Comisión Técnica de Valoración hará pública la lista provisional de personas admitidas y excluidas del concurso con expresión de la causa de exclusión para cada persona. Esta resolución se publicará en la página web de Servicios Ferroviarios de Mallorca https://trensfm.convoca.online, así como en el portal del empleado.

6.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de tres días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en la página web de Servicios Ferroviarios de Mallorca https://trensfm.convoca.online, así como en el portal del empleado, para subsanar las deficiencias detectadas y para aportar los documentos preceptivos.

6.3. La lista definitiva de personas admitidas y excluidas del concurso de traslados se notificará en el programa de gestión Convoca y en el portal del empleado, con expresión de las causas de exclusión.

Séptimo

Comisión Técnica de Valoración

7.1. Es el órgano encargado de valorar y elaborar la propuesta de adjudicación de las plazas vacantes a la vista de las solicitudes presentadas en función de los méritos acreditados por las personas aspirantes.

7.2. Habrá una única Comisión Técnica de Valoración cuya composición será la siguiente: un presidente o presidenta y un o una vocal designado por el Consejo de Administración de SFM, de entre el personal funcionario de la Consejería de adscripción de la entidad, y dos vocales elegidos por sorteo de entre el personal fijo de SFM (anexo 4).

Constituida la Comisión, esta designará a un secretario o secretaria de entre los miembros, persona que será la encargada de la realización de las actas de reunión.

Se nombra a un o una suplente para cada puesto de la Comisión Técnica de Valoración, siguiendo el mismo sistema de elección aplicado para la elección de los miembros titulares. La identificación de los miembros suplentes se especifica también en el anexo 4.

7.3. Las personas integrantes de la Comisión deberán abstenerse de formar parte de la misma si concurren los motivos de abstención previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Igualmente, tampoco podrán formar parte de la misma los cargos de naturaleza política, el personal eventual de la Administración ni los funcionarios interinos, de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

7.4. Para que la Comisión Técnica de Valoración se constituya válidamente, a efectos de llevar a cabo las sesiones, las deliberaciones, las valoraciones, las puntuaciones y la toma de acuerdos, se requerirá siempre la presencia del presidente o presidenta y de la persona que realice las funciones de secretario o secretaria.

7.5. Las personas integrantes de la Comisión Técnica de Valoración aplicarán los méritos de conformidad a lo dispuesto en la base 5. La persona que realice las funciones de secretario o secretaria de la Comisión firmará las hojas de baremación, si bien todos los integrantes presentes deberán dar el visto bueno al acta a la que se adjunten. Se extenderá un acta de todas las reuniones de la Comisión que, al acabar la sesión o antes de empezar la siguiente, tienen que firmar todos los presentes que hayan asistido. Las decisiones se tomarán por mayoría simple y en caso de empate decidirá el voto de calidad del presidente o presidenta.

Si alguna persona de la Comisión no quiere firmar el acta, se dejará constancia en la misma, la cual se dará por válida sin su firma y sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra esta persona.

Cuando a la Comisión le resulte necesario aplicar criterios de interpretación de las bases para valorar determinados méritos, en aplicación de la denominada discrecionalidad técnica, estos criterios se indicarán claramente en el acta de la sesión en que se hayan acordado.

Los integrantes de la Comisión podrán hacer constar en el acta su voto contrario al acuerdo y los motivos que lo justifican, e incluso el sentido de su voto favorable.

Octavo

Resolución

8.1. El plazo para resolver el concurso será de diez días hábiles desde el día en que se publique la lista definitiva de excluidos y admitidos en el concurso de traslados.

8.2. Cinco días antes, como mínimo, del cumplimiento del plazo máximo para resolver previsto en el punto anterior, la Comisión publicará en la página web de Servicios Ferroviarios de Mallorca https://trensfm.convoca.online, así como en el portal del empleado, la propuesta provisional de adjudicación de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.

8.3. Dada la propuesta provisional mencionada, las personas interesadas podrán formular observaciones o reclamaciones en el plazo de tres días hábiles desde el día siguiente al de la exposición pública de la lista en la página web de Servicios Ferroviarios de Mallorca https://trensfm.convoca.online, así como en el portal del empleado.

8.4. Tras haber examinado las observaciones y las reclamaciones presentadas dentro del plazo y, si se considera conveniente, de haber escuchado a las personas afectadas por la propuesta, la Comisión elevará a definitiva la propuesta de adjudicación de los puestos de trabajo, que podrá incluir, en todo caso, los cambios que sean consecuencia de las observaciones y reclamaciones antes mencionadas.

Así mismo la propuesta definitiva podrá incluir, respecto de la provisional, la subsanación de oficio de los errores detectados.

Se dará a la propuesta definitiva de adjudicación de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria la misma publicidad que a la propuesta provisional.

8.5. La Comisión remitirá la lista definitiva a la Dirección-Gerencia de Servicios Ferroviarios de Mallorca para dictar la correspondiente resolución, que será anunciada mediante su publicación en el BOIB, en la página web de Servicios Ferroviarios de Mallorca https://trensfm.convoca.online, así como en el portal del empleado.

Noveno

Adjudicación de destinos

9.1. La adjudicación del nuevo destino se hará efectiva en el plazo máximo de veinte días hábiles desde que se dicte la resolución a que se refiere el apartado 8.5.

9.2. Sin embargo, cuando las circunstancias del servicio lo aconsejen, por razones debidamente justificadas, el órgano competente de Servicios Ferroviarios de Mallorca se reserva la facultad de posponer el traslado del trabajador o trabajadora que haya obtenido un nuevo destino hasta el momento en que quede asegurada la prestación del servicio en los destinos afectados. A tal efecto el trabajador o trabajadora tendrá que seguir ocupando el puesto desde el que se concursa hasta que se le comunique el cambio efectivo y mientras permanezca en esta situación no podrá reclamar ningún tipo de indemnización y/o compensación económica.

  

 

ANEXO 2

Concurso de traslados. Modelo de solicitud de participación

 

DNI/NIE

 

Nombre

 

Apellido 1

 

Apellido 2

 

Fecha de nacimiento

 

Núm. carné ferroviario

 

Domicilio

 

Localidad

 

CP

 

Teléfono móvil

 

Correo electrónico

 

Padece algún tipo de discapacidad (marcar con una cruz la opción que corresponda)

No

< 33%

> 33%

Nivel de catalán que acredita (marcar con una cruz la opción/las opciones que correspondan)

Nivel B2

Nivel C1

Nivel C2

Nivel LA

Categoría profesional

 

Residencia laboral actual

 

Antigüedad en la categoría

 

Residencia laboral en la que quiere concursar

 

La convocatoria del presente concurso de traslados ha sido anunciada mediante su publicación en el BOIB, igualmente existe una copia de las bases de participación para su consulta en las oficinas de Son Rutlan y en la página web de Servicios Ferroviarios de Mallorca, así como en el portal del empleado.

La persona solicitante en este concurso de traslados declara que reúne los requisitos establecidos en esta convocatoria. La participación en este concurso voluntario de traslados implica la aceptación de las bases.

Cualquier inexactitud o falsedad que la Comisión Técnica de Valoración pudiera detectar en los datos facilitados por la persona interesada supondrá la expulsión automática, definitiva y sin más trámite del proceso del concurso de traslados. En consecuencia, el trabajador o trabajadora se responsabiliza de la veracidad y exactitud de los datos y méritos alegados.

A los efectos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que en este documento se solicitan algunos datos personales a los únicos efectos de llevar a cabo correctamente la gestión y formación del personal, la gestión de estadísticas internas, la promoción, la selección y el traslado de personal, y la prevención de riesgos laborales.

El/la abajo firmante autoriza el tratamiento automatizado de los datos personales que voluntariamente suministra y que son necesarios para la participación en las pruebas selectivas por promoción interna, para incluirlos en los ficheros automatizados del Área de Recursos Humanos titularidad de Servicios Ferroviarios de Mallorca.

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de estos datos se podrán ejercer en el Área de Recursos Humanos en los términos estipulados en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.

Son Rutlan,             d                        de 2022                     

El trabajador/La trabajadora

[Firma]

   

 

ANEXO 3

Concurso de traslados. Oferta de plazas

 

CATEGORÍA: FACTOR CIRCULACIÓN / GESTOR/A DE ESTACIONES

N.º total

Código identificativo

Residencia

Observaciones

 

L0196000G-9

Palma

 

L0196000G-10

Palma

 

L0196000G-15

Palma

 

L0196000G-19

Palma

 

L0196000G-20

Palma

 

L0196000G-21

Palma

 

L0196000J-5

Inca

 

L0196000P-2

Son Rutlan

 

L0196000M-4

Manacor

 

L0196000M-5

Manacor

 

10

-

-

 

 

CATEGORÍA: MAQUINISTA PRINCIPAL

N.º total

Código identificativo

Residencia

Observaciones

 

L0196000E-1

Inca

 

L0196000F-1

Manacor

 

L0196000F-2

Manacor

 

L0196000F-5

Manacor

 

L0196000F-6

Manacor

 

L0196000F-7

Manacor

 

L0196000F-8

Manacor

 

7

-

-

 

 

 

 

​​​​​​​ANEXO 4

Concurso de traslados. Composición de la Comisión Técnica de Valoración

 

CATEGORÍA: FACTOR CIRCULACIÓN / GESTOR/A DE ESTACIONES

Titulares:

Presidenta: Vilaret González, Catalina (jefa de Administración de Personal)

Vocal 1: Coll Galindo, Sebastià (jefe del Negociado VI/UGE)

Vocal 2: Garcias Fuster, Pere (maquinista principal)

Vocal 3: González Peris, Olga (maquinista principal)      

Suplentes:

Presidenta: Gayà Batle, Catalina (informática)    

Vocal 1:  Nadal Lázaro, Sebastián (jefe de la Sección II/UGE)    

Vocal 2: Juaneda Ortiz, Jaime (maquinista principal)      

Vocal 3: Adrover Ballester, Micaela (interventora principal)

CATEGORÍA: MAQUINISTA PRINCIPAL

Titulares:

Presidenta: Villalonga Zaforteza, Francisca (jefa de la Sección XXIII)

Vocal 1: Fernández López, Alejandro (jefa del Negociado VII)

Vocal 2: Bermúdez del Cerro, J. Jesús (gestor de estaciones)

Vocal 3: Matamalas Madrid, Margarita (maquinista principal) 

Suplentes:

Presidente: Coll Galindo, Sebastià (jefe del Negociado VI/UGE)

Vocal 1: Moreno Cantallops, Maria Isabel (jefa del Negociado II)        

Vocal 2: Calafat Fernández, Sebastián (maquinista principal)   

Vocal 3: Ferriol Ferriol, Margalida (interventora principal)