Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 76888
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 4 de febrero de 2022 por la que se autoriza la modificación de la configuración del Centro Concertado con Enseñanzas de Régimen General La Salle, de Palma, mediante la autorización en turno de tarde de una unidad del ciclo correspondiente al título de técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico
Antecedentes
1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 3 de junio de 2021 (BOIB núm. 77, de 10 de junio) se autorizó la modificación de la configuración del Centro Concertado con Enseñanzas de Régimen General (CC) La Salle, de Palma, con la transformación de una unidad de educación infantil en una unidad de educación primaria y con la autorización en turno de tarde de tres unidades de formación profesional, correspondientes a los títulos de técnico en Farmacia y Parafarmacia, de técnico en Curas Auxiliares de Enfermería y de técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia. Como consecuencia de estas modificaciones, el centro quedó configurado de la manera siguiente:
Ciclos formativos de la familia profesional de Sanidad (SAN):
- CFGM Técnico en Farmacia y Parafarmacia (SAN22): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares, de las cuales 1 unidad (2 grupos) es de turno de mañana y 1 unidad (2 grupos) es de turno de tarde.
- CFGM Técnico en Curas Auxiliares de Enfermería (SAN23) (título LOGSE): 2 unidades y 60 plazas escolares, de las cuales 1 unidad (1 grupo) es de turno de mañana y 1 unidad (1 grupo) es de turno de tarde
- CFGS Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico (SAN31): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares. Turno de mañana.
- CFGS Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico (SAN36): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares. Turno de mañana.
Ciclos formativos de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC):
- CFGM Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia (SSC21): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares, de las cuales 1 unidad (2 grupos) es de turno de mañana y 1 unidad (2 grupos) es de turno de tarde
- CFGS Técnico superior en Educación Infantil (SSC31): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares. Turno de mañana.
Ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):
- CFGM Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares. Turno de mañana.
- CFGS Técnico superior en Acondicionamiento Físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares. Turno de mañana.
Todos los ciclos formativos autorizados derivan de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), y tienen una duración de dos años, excepto el de Curas Auxiliares de Enfermería, que corresponde a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) y tiene una duración de un año.
2. El 29 de septiembre de 2021 (GOIBE447169/2021), la representante de la entidad titular del CC La Salle, de Palma, presentó una solicitud de modificación de la configuración del centro, en la que pedía que se autorizase el turno de tarde del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico (SAN 36), de la familia profesional de Sanidad. Lo justificaba por la demanda que ha tenido este ciclo y por la posibilidad de aprovechar los espacios que ya han sido autorizados y que se utilizan en el turno de mañana.
3. El 2 de febrero de 2021, la jefa de Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro mencionado, con la autorización en turno de tarde de una unidad del ciclo correspondiente al título de técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico.
4. El 3 de febrero de 2022, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución por la que se autoriza la modificación de la configuración del CC La Salle, de Palma, mediante la implantación de una unidad en turno de tarde del ciclo correspondiente al título de técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE núm. 182, de 30 de julio).
5. El Real Decreto 771/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título de técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 241, de 4 de octubre).
6. La Orden ECD/1541/2015, de 21 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico (BOE núm. 180, de 29 de julio).
7. Las Instrucciones del jefe del Departamento de Planificación y Centros (NRS 175/2014, de 6 de marzo) referentes a la normativa de mínimos aplicable para la autorización de centros privados de FP, aplicación del principio de especialidad.
8. El Estatuto de Autonomía de las Illes Baleares, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
9. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Baleares (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 3 de febrero de 2022, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2021-2022, la modificación de la configuración del Centro Concertado con Enseñanzas de Régimen General La Salle, de Palma, mediante la autorización en turno de tarde de una unidad del CFGS correspondiente al título de técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico, de la familia profesional de Sanidad.
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07004333
Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general
Denominación específica: La Salle
Titular: Hermanos de las Escuelas Cristianas
Domicilio: camino de Son Rapinya, 29
Localidad: Son Rapinya
Municipio: Palma
Código postal: 07013
Enseñanzas autorizadas:
Ciclos formativos de la familia profesional de Sanidad (SAN):
- CFGM Técnico en Farmacia y Parafarmacia (SAN22): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares, de las cuales 1 unidad (2 grupos) es de turno de mañana y 1 unidad (2 grupos) es de turno de tarde.
- CFGM Técnico en Curas Auxiliares de Enfermería (SAN23) (título LOGSE): 2 unidades y 60 plazas escolares, de las cuales 1 unidad (1 grupo) es de turno de mañana y 1 unidad (1 grupo) es de turno de tarde.
- CFGS Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico (SAN31): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares. Turno de mañana.
- CFGS Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico (SAN36): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares, de las cuales 1 unidad (2 grupos) es de turno de mañana y 1 unidad (2 grupos) es de turno de tarde.
Ciclos formativos de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad (SSC):
- CFGM Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia (SSC21): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares, de las cuales 1 unidad (2 grupos) es de turno de mañana y 1 unidad (2 grupos) es de turno de tarde.
- CFGS Técnico superior en Educación Infantil (SSC31): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares. Turno de mañana.
Ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):
- CFGM Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares. Turno de mañana.
- CFGS Técnico superior en Acondicionamiento Físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares. Turno de mañana.
Todos los ciclos formativos autorizados corresponden a la LOE y tienen una duración de dos años, excepto el de Curas Auxiliares de Enfermería, que deriva de la LOGSE y tiene una duración de un año.
Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato, de las diferentes modalidades autorizadas, y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Guillem Sagrera, de Palma (código 07006512).
3. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 4 de febrero de 2022
El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà