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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 72175
Decreto de la presidenta del Consejo Insular de Menorca núm. 21/2022 de 11 de febrero, relativo a la delegación de la presidencia de la Agencia Menorca Talayótica (Exp.0345-2022-000001)

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Texto

Visto el acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Menorca, adoptado en la sesión de carácter extraordinario de 31 de enero de 2022, por el que se aprobaron definitivamente la constitución y los estatutos de la Agencia Menorca Menorca Talayótica como organización especializada sin personalidad jurídica propia dependiente del Consejo Insular de Menorca;

Considerando que los Estatutos de la Agencia Menorca Menorca Talayótica establecen que ésta se estructura internamente en cinco órganos de carácter ejecutivo –la Presidencia, la Vicepresidencia, el Consejo Rector, la Comisión Ejecutiva y la Dirección– y dos órganos de carácter básicamente consultivo – el Consejo Social y el Consejo Científico–;

Considerando que el artículo 8, relativo a la Presidencia, establece que ésta corresponde a la persona que ocupe la Presidencia del Consejo Insular, quien podrá delegarla en el conseller ejecutivo que tenga atribuidas las competencias en materia de patrimonio histórico;

Dada la estructura departamental del Consejo Insular establecida por el Decreto de Presidencia núm. 421 de 9 de julio de 2019, de acuerdo con el que la competencia en materia de patrimonio corresponde al Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;

Visto, por otra parte, el nombramiento de los consejeros ejecutivos efectuado mediante el Decreto de Presidencia núm. 422 de 9 de julio de 2019;

De conformidad con las atribuciones que me confiere la normativa vigente y, en particular, la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares;

RESUELVO

Primero. Delegar en el señor Miquel Àngel Maria Ballester, consejero ejecutivo jefe del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, la presidencia la Agencia Talayótica.

De conformidad con el artículo 170 del Reglamento orgánico del Consejo Insular de Menorca, esta delegación se entenderá aceptada tácitamente si, dentro del plazo de los tres días siguientes a partir de aquél en que se notifique a la persona destinataria, ésta no la rechaza expresamente mediante escrito dirigido al órgano delegante o no ha hecho uso del mismo.

Segundo. Dar cuenta de este decreto al Pleno en su próxima sesión.

Tercero. Notificar este decreto a las personas interesadas y disponer su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, sin perjuicio de que tenga efectos desde la fecha en que se haya dictado.

 

Maó, 11 de febrero de 2022

Por delegación de la presidenta La secretaria

Rosa Salord Oleo

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)