Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Núm. 69858
Resolución declarativa por la que se cierra el plazo para la presentación de solicitudes para participar en la segunda convocatoria de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderado por mujeres
Antecedentes
1. El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 8 de septiembre de 2021, acordó la aprobación del expediente de la segunda convocatoria pública de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres.
2. En fecha de 29 de diciembre del 2021, el Consejo Ejecutivo reunido en sesión ordinaria aprobó por acuerdo la concesión de la segunda convocatoria pública citada al punto anterior.
3. El procedimiento de concesión que ha regido la convocatoria es de concurrencia no competitiva, según el orden cronológico de presentación de solicitudes y de acuerdo con el punto 8.3 de la convocatoria se entenderá que la fecha de presentación sea la fecha en que se presenten las enmiendas según el requerimiento efectuado. Se han valorado 48 solicitudes con el siguiente resultado, 14 proyectos favorables, 14 desistimientos y 20 proyectos con resultado desfavorable.
4. Con carácter excepcional, y en consideración a que la segunda convocatoria incluye los mismos requisitos que la primera y a que quedaron pendientes de tramitar diferentes expedientes de ésta, se han resuelto los proyectos correspondientes a la primera convocatoria. Con motivo del agotamiento del crédito quedan sin resolver las 5 últimas de la primera convocatoria, así como también no se pueden valorar las 20 solicitudes actuales relativas al expediente de la segunda convocatoria, por ello, se ha de dictar la correspondiente resolución de finalización de plazo y publicarla en el BOIB.
5. Publicado el acuerdo de concesión, el crédito disponible en cuanto al Tramo no Reembolsable (partidas presupuestarias 00.23167.77980 y 00.23167.77900) es de 17.235,28€, en cuanto al Tramo Reembolsable (partida presupuestaria 00.23167.83100) es de 15.753,73€ importe insuficiente para incluir el proyecto de la siguiente persona de acuerdo con la orden de prelación definitivo, quien solicita una ayuda respecto del Tramo no Reembolsable de 28.026,80 €, y una ayuda respecto del Tramo Reembolsable de 42.040,20 €.
6. Por todo lo expuesto, y pese a que hay crédito por un importe de 17.235,28€ en el Tramo no Reembolsable, y de 15.753,73€ en el Tramo reembolsable, ambos resultan insuficientes para continuar con el procedimiento, y por eso, se ha llegado al límite de la concesión, por el agotamiento del crédito disponible.
Fundamentos
1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018) en la cual se establece el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Consejo Insular de Mallorca.
2. La segunda convocatoria pública de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social lideradas por mujeres aprobada por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 8 de septiembre de 2021 (BOIB nº. 129, de 18 de septiembre de 2021).
3. De acuerdo con el punto 7.1 de la convocatoria mencionada al punto anterior, el plazo para la presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.
Se mantendrá abierto el plazo hasta que se agote el crédito disponible y se dicte y se publique una resolución a este efecto.
Por todo ello,
RESUELVO
1. El cierre del plazo para presentar las solicitudes de la segunda convocatoria de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres.
2. Remitir al BOIB esta resolución para su publicación.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (4 de febrero de 2022)
El consejero ejecutivo de Presidencia
Javier de Juan Martín.