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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 62438
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de febrero de 2022 por el que se declara a la Fundación Universidad-Empresa de las Illes Balears MP (FUEIB) como medio propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

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Texto

La Fundación Universidad-Empresa de las Illes Balears (en adelante, FUEIB) es una fundación cultural de carácter permanente, constituida por la Universidad de las Illes Balears (en adelante, UIB) y promovida mediante un acuerdo de la Junta de Gobierno de la UIB de 26 de febrero de 1996 y un acuerdo del Consejo Social de la UIB de 29 de febrero de 1996. Tiene como objetivo fomentar, promover y llevar a cabo actividades dirigidas, de forma genérica, al fomento de la cultura, la educación y la investigación en todos los aspectos de la vida económica y social que puedan contribuir a mejorar la sociedad en la que se enmarca la FUEIB.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 bis de sus estatutos, la FUEIB es un medio propio de la UIB. En virtud de esta condición, la UIB le encomienda diferentes tareas, entre otras, la organización y desarrollo de la docencia de los títulos propios, según las previsiones de los artículos 2.2.g) y 31.2.b) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, así como la transferencia de tecnología y conocimiento y la realización de actividades de apoyo a la innovación.

La Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (en adelante, CAIB) también manifiesta su interés para que la FUEIB pueda realizar, como medio propio, entre otras tareas, las correspondientes a la transferencia de conocimiento, así como las de organización y gestión de enseñanzas de títulos propios universitarios, la formación en los cuales sea de especial pertinencia para el desarrollo de políticas propias de la CAIB.

La regulación de los llamados encargos a medios propios personificados se recoge en el artículo 32 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (en adelante, LCSP), que prevé, expresamente, la posibilidad de disfrutar de esta consideración con respecto a una pluralidad de poderes adjudicadores.

Como consecuencia del interés de la CAIB, el 10 de junio de 2020, la Abogacía de la Comunidad Autónoma emitió un informe jurídico favorable en relación con la posibilidad de que la FUEIB pueda actuar, además de como medio propio de la UIB, también como medio propio de la CAIB. En este informe, la Abogacía enumera los requisitos previos que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la LCSP, deben cumplirse para poder adquirir esta condición respecto de la CAIB.

El 2 de octubre de 2020, el rector de la UIB, en calidad de presidente del Patronato de la FUEIB, solicitó (con número de registro de entrada 6201/2020) la autorización de la Fundación como medio propio de la CAIB para poder iniciar las tareas de modificación de sus estatutos.

El día 22 de marzo de 2021 el Consell de Govern otorgó la conformidad previa exigida en el punto primero de la apartado d) del artículo 32.2 de la LCSP, para que la Fundación Universidad-Empresa de las Illes Balears (FUEIB) pudiese llevar a cabo las actuaciones necesarias para hacer efectiva la condición de medio propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y autorizó al consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura para llevar a cabo las actuaciones necesarias por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para hacer efectiva esta condición.

Una vez llevadas a cabo las modificaciones de los estatutos de la Fundación a las que hace referencia el informe de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de 10 de junio de 2020, el día 27 de diciembre de 2021, el rector de la UIB, en calidad de presidente del Patronato de la FUEIB, aportó una memoria acreditativa del cumplimiento de los requisitos del artículo 32.4 de la LCSP para ser declarada medio propio de la CAIB (registro de entrada GOIBE628385/2021).

La memoria mencionada sigue el modelo establecido en la Instrucción de la Intervención General del Estado de 16 de mayo de 2019 y acredita, entre otras circunstancias, que existe conformidad del poder adjudicador del que depende el medio propio; que la FUEIB cuenta con los medios personales y materiales apropiados para la realización de los encargos que se pretenden realizar; que los estatutos de la Fundación incluyen el reconocimiento de la condición de medio propio, identifican las entidades respecto de las cuales tiene esta condición y regulan el régimen de los encargos a medios propios; que los poderes adjudicadores respecto de los cuales la Fundación propone ser medio propio ejercen control efectivo sobre la entidad y que la figura del encargo de gestión a la FUEIB como medio propio es una opción más eficiente que la contratación pública y que resulta sostenible y eficaz, con criterios de rentabilidad económica.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la LCSP, la declaración de la consideración de medio propio requiere la conformidad o autorización expresa del poder adjudicador respecto del cual tenga que ser medio propio.

El 31 de enero de 2022 la secretaria general de la Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura emitió un informe relativo al cumplimiento de los requisitos de la Fundación para obtener la condición de medio propio de la CAIB.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en la sesión del día 7 de febrero de 2022, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Otorgar la declaración exigida en el punto primero del apartado d) del artículo 32.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, para que la Fundación Universidad-Empresa de las Illes Balears MP (FUEIB) tenga la condición de medio propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Segundo. Autorizar al consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura para que apruebe las tarifas que debe percibir la FUEIB como contraprestación por razón de los encargos de gestión que reciba de la CAIB como medio propio, las cuales tienen que calcularse en función de los costes reales imputables a la ejecución de los proyectos, teniendo en cuenta especialmente la información que, a tal efecto, aporte la Fundación.

Tercero. Notificar este Acuerdo a la Fundación Universidad-Empresa de las Illes Balears MP.

Cuarto. Notificar este Acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.

Quinto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 7 de febrero de 2022

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez