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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
Núm. 56100
Extracto de la convocatoria de subvenciones 2022 para asociaciones para actividades culturales
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/609045)
1. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 BOIB núm. 21, de 18.02.2017-, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB núm. 96, de 04.08.2018).
2. Objeto
La finalidad de esta convocatoria es apoyar a las asociaciones de la isla al desarrollo y organización de actividades culturales cuyo objeto no esté incluida en ninguna de las otras convocatorias gestionadas por este departamento (festivales de música, organización de festivales , ferias, muestras o certámenes de artes escénicas de carácter profesional, edición de libros, fonogramas y audiovisuales) dirigidas a entidades sin ánimo de lucro. Con estas ayudas se pretende fomentar y dinamizar la cultura de la isla.
Con esta convocatoria se pretende subvencionar los proyectos culturales que se desarrollen o desarrollados en Mallorca entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de agosto de 2022.
3. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro que reúnan estos requisitos:
1. Estar legalmente y definitivamente constituidas y encontrarse inscritas en el registro pertinente.
2. Tener el domicilio social, el establecimiento principal, una sucursal o una delegación en Mallorca.
3. Tener como objeto/finalidad social el fomento y dinamización de la cultura.
4. Desarrollar un proyecto cultural en el plazo señalado en el punto 2 de la convocatoria.
5. Que el proyecto presentado llegue en su evaluación a la puntuación mínima prevista en el punto 19 de esta convocatoria.
6. Que el proyecto para el que se solicita la subvención no haya sido subvencionado en convocatorias anteriores cuyo objeto coincida con ésta.
No pueden tener la condición de beneficiarias de esta convocatoria, las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro del ámbito educativo, ni las asociaciones o federaciones de vecinos, las de la tercera edad y las deportivas.
4. Dotación presupuestaria
El crédito asignado a esta convocatoria es de 150.000,00 €, con cargo al presupuesto del ejercicio 2022 y a la aplicación presupuestaria 20.33430.48905.
5. Presentación de solicitudes
El plazo para presentar solicitudes comienza el primer día hábil siguiente a que hayan transcurrido 15 días naturales desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOIB. Por tanto, si el extracto se publica en el BOIB el día 3, el plazo para presentar solicitudes comenzaría el día 19 (si éste fuera hábil).
El plazo para presentar solicitudes finaliza el 31 de julio de 2022. En caso de que antes de finalizar el plazo de solicitud se agote el crédito destinado a esta convocatoria, se publicará este hecho en la sede electrónica del Consell de Mallorca y en el BOIB. En caso de agotar el crédito se denegarán las solicitudes por este hecho.
6. Otros datos
El texto completo de la convocatoria, así como los anexos se pueden descargar en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca(https://seu.conselldemallorca.net/).
Palma, 3 de febrero de 2022
El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística
Josep Mallol Vicens
(Por delegación de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística. Resolución de 07/23/2019. BOIB núm. 109 de 08/08/2019)