Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Núm. 56878
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de gestión de residuos no peligrosos incluidos en el servicio público insularizado de gestión de residuos urbanos de la isla de Mallorca para la inclusión de la revisión de las tarifas del servicio para el ejercicio 2022
El 22 de noviembre de 2021, el Pleno del Consejo de Mallorca adoptó el acuerdo de aprobar con carácter inicial la modificación de la Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de gestión de residuos no peligrosos incluidos en el servicio público insularizado de gestión de residuos urbanos de la isla de Mallorca, para incluir la revisión de las tarifas del servicio para el ejercicio 2022.
Una vez transcurridos los plazos de información pública y alegaciones sin que se haya presentado ninguna alegación, reclamación o sugerimiento y de acuerdo con lo que disponía el punto resolutorio 13º del acuerdo del Pleno de día 22 de noviembre de 2021, deviene definitivo el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza. Todo ello de acuerdo con la siguiente redacción:
“Articulo 5. Cuantificación de las tarifas
1. La tarifa para la prestación del servicio de tratamiento de RSU es de 114,96 euros/tonelada, IVA no incluido.
2. La tarifa para la prestación del servicio de tratamiento de restos de animales muertos y de matadero que provienen del sector primario, incluyendo los MER, y también la industria cárnica en general es de 37,31 euros/tonelada, IVA no incluido.
3. La tarifa para la prestación del servicio de tratamiento de lodos procedentes de estaciones depuradoras de aguas residuales es de 98,33 euros/tonelada, IVA no incluido.”
Artículo 6. Exenciones y bonificaciones
1. No se concederán más exenciones o bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes y derivadas de la aplicación de los tratados internacionales.
2. De acuerdo con el artículo 17.4 de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, en el caso de instalaciones públicas de tratamiento conjunto con otros tipos de residuos, el precio aplicable al tratamiento de los restos de animales muertos y de matadero que provienen del sector primario, incluyendo los MER, como también la industria cárnica en general, ha de ser específico y reducido, i se aplicará una bonificación de hasta el 70% del precio general para los otros residuos. Se prevé una bonificación del 9% para el ejercicio 2022.
De todo ello se dará cuenta a todos los Ayuntamientos de la isla de Mallorca, a los productores de Lodos, así como al Pleno del Consejo de Mallorca en la próxima sesión que celebre.
Palma, 27 de enero de 2022
La vicepresidenta segunda y consejera ejecutiva
del Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente
Aurora Ribot Lacosta