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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Núm. 56878
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de gestión de residuos no peligrosos incluidos en el servicio público insularizado de gestión de residuos urbanos de la isla de Mallorca para la inclusión de la revisión de las tarifas del servicio para el ejercicio 2022

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Texto

El 22 de noviembre de 2021, el Pleno  del Consejo de Mallorca  adoptó  el acuerdo de aprobar con carácter inicial  la modificación de la Ordenanza  Reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio  de gestión de residuos no peligrosos incluidos en el servicio público insularizado de gestión de residuos urbanos de la isla de Mallorca, para incluir la revisión de las tarifas del servicio para el ejercicio 2022.

Una vez  transcurridos los plazos de información pública y alegaciones sin que se haya presentado ninguna alegación, reclamación o sugerimiento y de acuerdo con lo que disponía  el punto resolutorio  13º  del acuerdo del Pleno de día 22 de noviembre de 2021,  deviene  definitivo el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza. Todo ello de acuerdo con la siguiente redacción: 

“Articulo 5. Cuantificación de las tarifas

1. La tarifa para la prestación del servicio de tratamiento de RSU es de 114,96 euros/tonelada, IVA no incluido.

2. La tarifa para la prestación del servicio de tratamiento de restos de animales muertos y de matadero que provienen del sector primario, incluyendo los MER, y también la industria cárnica en general es de 37,31 euros/tonelada, IVA no incluido.

3. La tarifa para la prestación del servicio de tratamiento de lodos procedentes de estaciones depuradoras de aguas residuales es de 98,33 euros/tonelada, IVA no incluido.”

Artículo 6. Exenciones y bonificaciones  

1. No se concederán más exenciones o bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes y derivadas de la aplicación de los tratados internacionales.

2. De acuerdo con el artículo 17.4 de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, en el caso de instalaciones públicas de tratamiento conjunto con otros tipos de residuos,  el precio  aplicable al tratamiento  de los restos de animales  muertos y de matadero que provienen del sector primario, incluyendo los  MER, como también  la industria cárnica en general, ha de ser específico y reducido, i se aplicará una bonificación de hasta el  70% del precio general para los otros residuos. Se prevé una bonificación del 9% para el ejercicio  2022.

De todo ello se dará cuenta a todos los Ayuntamientos de la isla de Mallorca, a los productores de Lodos, así como al Pleno del Consejo de Mallorca en la próxima sesión que  celebre.

 

Palma, 27 de enero de 2022

La vicepresidenta segunda y consejera ejecutiva  

del Departamento de Sostenibilidad y Medio Ambiente

Aurora Ribot Lacosta