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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TRANSICIÓN, TURISMO Y DEPORTES

Núm. 54803
Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca de día 2 de febrero de 2022 relativo a la aprobación de la convocatoria de subvenciones dirigida a entidades sin ánimo de lucro, consistente en una ayuda económica para el desarrollo de la actividad deportiva en Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS:608912        

De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones dirigida a entidades sin ánimo de lucro, consistente en una ayuda económica para el desarrollo de la actividad deportiva en Mallorca, aprobada mediante Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 2 de febrero de 2022.

El texto completo de la convocatoria se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net). 

Beneficiarios                                                              

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las federaciones, los clubs deportivos, las fundaciones, las asociaciones de padres y madres y cualquier otra entidad sin ánimo de lucro que cumpla los requisitos siguientes:

a) Tener capacidad jurídica de actuar y estar legalmente constituidos.

b) Cumplir los requisitos previstos en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

c) Cumplir el resto de requisitos previstos en esta convocatoria y la normativa de subvenciones aplicable.

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, la Seguridad Social y con el Consejo de Mallorca y sus organismos autónomos dependientes. 

Objeto

El objeto de esta convocatoria es fomentar la práctica deportiva con la intención de impulsar hábitos de vida saludable, acercando el deporte a la sociedad mallorquina, y dando apoyo económico a las entidades involucradas en su promoción.

Son gastos subvencionables los derivados de actividades realizadas por<A[por|para]>:

  • A) Clubs deportivos y otras entidades sin ánimo de lucro que promocionen la práctica deportiva regular de niños y niñas en edad escolar dentro del ámbito federado, a través del apoyo a los gastos corrientes originados por la práctica deportiva en el período comprendido entre el 1/01/21 y el 31/12/21. Las facturas tienen que ser de fecha comprendida entre el 1/01/21 y el 31/12/21 y pagadas en el mismo periodo. No obstante, en el caso de facturas emitidas en la segunda quincena del mes de diciembre del 2021 se admitirá el pago realizado hasta el 10/01/2022.

  • B) Clubs deportivos y otras entidades sin ánimo de lucro que promocionen la práctica deportiva regular de niños y niñas en edad escolar dentro del programa Juegos Deportivos Escolares del Consejo de Mallorca, a través del apoyo a los gestos corrientes derivados en el período comprendido entre el 1/10/2021 y el 31/12/21. Las facturas tienen que ser de fecha comprendida entre el 1/10/21 y el 31/12/21 y pagadas en el mismo periodo. No obstante, en el caso de facturas emitidas en la segunda quincena del mes de diciembre del 2021 se admitirá el pago realizado hasta el 10/01/2022.

  • C) Clubs, federaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que faciliten la promoción de la práctica deportiva puntual mediante la celebración de acontecimientos deportivos en los que participen niños y niñas en edad escolar, a través del apoyo<A[apoyo|soporte]> a los gastos derivados de acontecimientos celebrados en el periodo comprendido entre el 1/10/2021 y el 31/12/2021. Las facturas tienen que ser de fecha comprendida entre el 1/10/21 y el 31/12/21 y pagadas en el mismo periodo. No obstante, en el caso de facturas emitidas en la segunda quincena del mes de diciembre del 2021 se admitirá el pago realizado hasta el 10/01/2022.

 

​​​​​​​Bases reguladoras

La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, aprobada por acuerdo plenario de fecha 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21 de 18/02/17), modificada por acuerdo plenario de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96 de 4/08/18) y el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto Refundido de la Ley de Subvenciones y supletoriamente se aplica la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Crédito presupuestario

Durante el ejercicio presupuestario 2022, se destina la cantidad de 350.000,00 € a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 30.34101.48901.

El procedimiento de concesión es mediante concurrencia no competitiva y por riguroso orden de entrada, de manera que serán subvencionables todas las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, y, por lo tanto, no es necesaria la comparación entre las solicitudes.

Se seguirá el orden de entrada de las solicitudes en el registro electrónico del Consejo de Mallorca, siempre que el expediente sea correcto y se aporten los documentos preceptivos, hasta agotar el total del crédito asignado a la convocatoria.

En este sentido, si se hace un requerimiento a la entidad solicitante, el orden de entrada que figurará en el registro será el del momento en que se presenta la documentación correcta y completa.

Las solicitudes se podrán resolver individualmente, aunque no haya finalizado el plazo de presentación de las mismas, a medida que éstas entren en el registro del Consejo de Mallorca. Si se agota el crédito destinado a la convocatoria antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se tiene que suspender la concesión de nuevas ayudas, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. 

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud, toda la documentación y los anexos que la acompañan es de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

El lugar<A[lugar|sitio]> para presentar la solicitud es la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).

La solicitud, así como los requerimientos y la aportación de documentación se tiene que hacer por medios Electrónicos (Sólo serán válidas las aportaciones de documentación que se hagan a través de la sede electrónica, por lo tanto, es necesario el certificado digital de la entidad solicitante o del representante legal para realizar los trámites). 

Justificación

Las entidades junto con la solicitud de la subvención tienen que presentar la documentación justificativa establecida en el punto 14 de esta convocatoria.

 

Palma, 3 de febrero de 2022

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes ​​​​​​​Andreu Serra Martínez